JUSTICIA Y POLÍTICA

El fiscal ad-hoc acusó formalmente a Goyeneche ante el jury

18/03/2022

Gastón Justet presentó la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento y dejó entrever que la procuradora adjunta tenía “intereses extraprocesales y extrajurídicos” en la causa donde se investigan las contrataciones irregulares en la Legislatura. Dijo que Cecilia Goyeneche tenía una relación de amistad con uno de los imputados, que luego se trasladó “al ámbito de los negocios comunes”. Dos fiscales fueron ofrecidos como testigos. El tribunal se apresta a fijar fecha para el debate.

El fiscal ad-hoc acusó formalmente a Goyeneche ante el jury

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

El Jurado de Enjuiciamiento retomó su actividad en el proceso que se le sigue a Cecilia Goyeneche y hace unos días el fiscal ad-hoc acusó formalmente a la procuradora adjunta en un escrito en el que advirtió que hay una presunción de que tenía “intereses extraprocesales y extrajurídicos” en la causa de los contratos truchos de la Legislatura.

Gastón Justet, el abogado de Gualeguay que interviene como fiscal ad-hoc en el jury, presentó una durísima acusación contra Goyeneche por presunto mal desempeño y por haber tenido una conducta incompatible con las funciones a su cargo, en el marco de las denuncias formuladas por Carlos Guillermo Reggiardo, por un lado, y Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, por otro.

En el escrito determinó los hechos que constituyen la acusación y dijo que Goyeneche tenía una relación personal con una persona a la que estaba investigando por las contrataciones irregulares en la Legislatura y que esa amistad “habría afectado las decisiones que fueron tomadas en el marco de dicha causa”. Entonces, pidió que se incorpore como prueba el legajo completo de la causa de los contratos truchos y que se cite como testigos a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry, que tenían a su cargo la investigación, que ya fue elevada a juicio y el trámite está suspendido a la espera de que la Corte Suprema resuelva un conflicto de competencia planteado por un grupo de defensores de las personas imputadas.

El fiscal ad-hoc también pidió al Poder Judicial que remita la declaración jurada patrimonial de Goyeneche y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la de su esposo, que además debería declarar como testigo, al igual que el contador que compartía propiedades con la procuradora adjunta.

A partir de que Justet presentó formalmente la acusación, empezó a correr un plazo de quince días hábiles para que Goyeneche y su abogado, Enrique Pita, se expidan sobre la pretensión fiscal y ofrezcan la prueba de su parte.

Mientras tanto, deberá jurar Gonzalo García Garro como integrante del tribunal que juzgará la conducta de Goyeneche, tras el apartamiento de Luis Leissa por haber adelantado opinión sobre el proceso, tal como informó Página Judicial.

Primero amigos, después socios

Las causales de la acusación contra Goyeneche giran en torno a la relación comercial y de amistad con el contador Pedro Opromolla, del estudio Integral Asesoría, que realizaba la gestión impositiva de los falsos contratistas y, posiblemente, también reclutaba a los prestanombres del esquema ilegal que funcionó en la Legislatura entre 2008 y 2018.

Durante la investigación surgió el dato que el contador investigado (Opromolla) y la coordinadora de la investigación (Goyeneche) eran socios en un fideicomiso. La procuradora adjunta lo negó. Pero luego se supo que ambos compartían un segundo fideicomiso, cuando los fiscales a cargo de la investigación dispusieron un embargo sobre los bienes de Opromolla y entre los inmuebles embargados había un departamento que tenía como copropietaria a Goyeneche. Recién entonces la procuradora adjunta dio un paso al costado de la causa. Debe mencionarse que aquella relación tenía otra que la precedía: Sebastián Orlando Bertozzi, esposo de Goyeneche y también contador, había integrado el estudio contable investigado en la causa de los contratos truchos.

El segundo hecho que se le imputa a Goyeneche es haber instruido a los fiscales Yedro y Aramberry para que solicitaran autorización para “el allanamiento, requisa procesal y secuestro de su teléfono celular” de un testigo que había identificado al contador Orlando entre las personas que frecuentaban y trabajaban en el estudio contable.

Esas circunstancias, dice Justet en su acusación, “habrían derivado en la exteriorización de un interés extrajurídico y/o extraprocesal (de parte de Goyeneche) en la investigación de aquella causa”.

En los fundamentos de la acusación, el fiscal ad-hoc repasó los orígenes de una relación de amistad entre Goyeneche y Orlando y el contador imputado, que luego se trasladó “al ámbito de los negocios comunes entre la acusada y Opromolla, ya que eran socios en sendos contratos de fideicomiso en razón de los cuales compartían –en calidad de condóminos– tres propiedades inmuebles”, y agregó que en uno de ellos “existía un contrato de locación en favor de terceros vigente desde el 1 de julio de 2017, cuyo canon se repartía entre la acusada y Opromolla, y el cual era abonado en el estudio contable de este último, lo que implicaba –presumiblemente– que tanto la enjuiciada como su marido (sabían) de aquel contrato de alquiler”.

Goyeneche ha dicho que antes de que estallara la causa de los contratos truchos había suscripto un boleto de compra y venta de un departamento que compartía con Opromolla. Pero cuando se produjo el allanamiento en el estudio contable Integral Asesoría ese boleto no se había inscripto en el Registro del Notariado, por lo que aún figuraba registralmente a nombre de ambos. “Recién un mes después de solicitar (y realizar) el allanamiento en el estudio de Opromolla, la acusada cedió gratuitamente su parte en aquel inmueble a su sobrina, quien continuó la relación contractual con Opromolla, dado que el contrato de locación vigente vencía recién el 30 de junio de 2019”, aseveró el fiscal ad-hoc.

Siguiendo el razonamiento, advirtió que hubo “un claro intento de la doctora Goyeneche de hacer desaparecer todo vínculo con Opromolla a los fines de continuar, ella misma, a cargo de la investigación, puesto que de antemano (…) era consciente de la relación comercial y/o contractual que los unía” y agregó: “La cesión de sus derechos de condómina sobre el inmueble luce entonces –a priori– como una manera deliberada de ocultar la relación comercial, contractual, societaria y/o de comunidad de intereses con aquel imputado, puesto que como ella reconoce, estaba además en el entendimiento y convencimiento de que ya nada la unía contractualmente con aquel, no contando aun que figuraba como titular registral de otras dos propiedades”.

Un hecho que llamó la atención al fiscal ad-hoc es que “conociendo Goyeneche otros bienes de propiedad de Opromolla (y ella misma), incluido el que en un 50 por ciento compartía con su sobrina y del cual, primero ella y luego esta se beneficiaban de los frutos de un contrato de alquiler, no fueran identificados ni solicitado su embargo mientras la enjuiciada estuvo a cargo de la investigación”.

Enseguida Justet vincula el allanamiento y secuestro del teléfono celular de un testigo que había mencionado al esposo de Goyeneche en una declaración: lo describió “con pelos y señales”, dijo Justet, aunque el contador tuviera una calvicie pronunciada.

Esa situación “expondría los intereses extraprocesales y extrajurídicos” de la procuradora adjunta, dijo Justet, y aseguró que construyó una sospecha “de forma caprichosa” y “sin basamento en ninguna constancia de la causa”. El joven, que trabajaba como cadete y hacía trámites para el estudio, también fue ofrecido como testigo para que declare ante el Jurado de Enjuiciamiento.

El fiscal ad-hoc concluyó que había evidencias para que Goyeneche se apartara de la causa de los contratos truchos; ahora el jury deberá echar luz sobre por qué no lo hizo sino hasta que los fiscales dispusieron un embargo sobre los bienes de Opromolla, y de ella misma; “si, efectivamente, el tozudo intento de continuar en la coordinación y en la investigación de la causa se debió al intento de ocultar su relación personal, familiar y patrimonial con uno de los imputados en esta causa que no sufrió prisión preventiva –como los demás–, ni se le secuestró su teléfono celular (…) y con ello, a la pérdida de objetividad en la misma al perseguir fines extraprocesales”.