MEDIO AMBIENTE
Dos empresarios quedaron a un paso del juicio oral por un desastre ambiental
27/11/2024
Dos empresarios rosarinos, padre e hijo, están procesados por desobediencias reiteradas, al realizar fiestas electrónicas en un parador, en la zona de islas en el Delta, y por haber hecho modificaciones del curso de agua natural mediante una serie de terraplenes o desvíos que impiden el flujo natural del río.
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó el procesamiento y dejó a un paso del juicio oral a los empresarios rosarinos Enzo Federico Vignale, de 75 años, y su hijo Federico Andrés Vignale, de 46 años, acusados de infringir en múltiples ocasiones la medida judicial que dispone la prohibición absoluta de cometer acciones que alteren al ambiente en el Delta, en su caso por la realización de fiestas en las islas y por haber realizado movimientos de tierra para la construcción de terraplenes o diques.
Los empresarios están acusados por haber realizado seis fiestas en el parador Wakeland, en una isla cercana al puente Victoria-Rosario, cuyo propietario es Enzo Vignale y el organizador de los eventos recreativos es su hijo entre 2023 y 2024; y por la realización de movimientos de suelo y/o desmontes con maquinaria pesada en tres ocasiones. El delito por el cual están acusados es desobediencia judicial, debido que, a sabiendas, incumplieron reiteradamente con una medida cautelar que dispone “la prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el medio ambiente”. Por ese motivo, además, el juez federal Federico Martín se les trabó un embargo sobre sus bienes por 1,5 millones de pesos y podrían recibir penas de hasta nueve años de prisión.
Inicialmente también estaba bajo sospecha Mónica Elisa Cisneros, la esposa de Enzo y madre de Federico Vignale, como titular de un permiso de uso provisorio para el expendio de comida y bebidas en el parador, aunque recibió una falta de mérito.
El abogado Mauro Rodríguez, defensor de los empresarios y paradójicamente ex coordinador del Plan Provincial de Manejo del Fuego durante la gestión de Gustavo Bordet, alegó que las fiestas que se realizaron en las islas eran legales y no provocaron ningún daño ambiental y deslizó que los movimientos de tierra pudieron haber sido realizados con anterioridad a que se dictara la medida cautelar.
Sin embargo, el tribunal integrado por Beatriz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia Gómez replicó que los hechos fueron corroborados por agentes públicos y testigos que participaron de los procedimientos, como también por documentos y fotografías.
En 2021 la justicia había rechazado una solicitud al propio Federico Vignale para la realización de un complejo recreativo y turístico en el lugar, como lo hizo notar el fiscal general Ricardo Álvarez en la audiencia ante la Cámara Federal de Apelaciones, y les advirtió a padre e hijo que “cualquier obra a realizarse sobre el sector debe venir precedida de una evaluación de impacto ambiental (…) quedando expresamente prohibida la realización de cualquier proyecto de obra o actividad que pueda causar alteraciones al ambiente en el corto, mediano y largo plazo”.
Las autoridades constataron seis fiestas de asistencia masiva que se realizaron el 1 de enero, 22 de enero, 11 de febrero, 11 de marzo y 15 de julio de 2023. El último evento se desarrolló entre el 3 y 4 de febrero de 2024 y se constató la presencia de unas 2 mil personas en el lugar. Cuando los inspectores municipales llegaron a la isla, una persona se presentó como encargada y dio datos falsos, demorando el procedimiento.
Un informe elaborado por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos en tiempos en que el abogado defensor de Enzo y Federico era funcionario, hizo notar que “la concurrencia masiva de personas al predio, la compactación del suelo por la actividad humana y vehicular, los sonidos de decibeles elevados, y la discontinuidad/fragmentación del ámbito, son algunos ejemplos que afectan a las plantas, reduciendo la diversidad”; y la Dirección de Áreas Naturales Protegidas advirtió que “la música tiene un efecto momentáneo, cuando está sonando, sobre la fauna, especialmente sobre aves y murciélagos” y la basura que se produce en esos eventos masivos ,“si no se limpia adecuadamente, puede causar problemas a mediano y largo plazo”.
El delito por el cual quedaron procesados los empresarios ganaderos rosarinos es el incumplimiento de una medida cautelar vigente desde el 1 de julio de 2020, que dispone “prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el medio ambiente”, en el marco de una investigación por los incendios en el Delta.
En ese expediente, Enzo Vignale resultó sobreseído por el juez federal Edgardo Daniel Alonso, el mismo que había dictado la medida cautelar.
Hace unos meses, el juez federal de Victoria, Federico Martín, procesó a Enzo y Federico Vignale y advirtió que “toda orden judicial, y en el particular la medida cautelar, fue dispuesta en aras de velar por intereses de índole general, además de preservar la conservación del orden y proteger el derecho colectivo” y agregó que “el incumplimiento verificado por parte de los mencionados constituye una clara afectación a ello y particularmente al bien jurídico protegido por la figura legal de desobediencia, esto es el normal desenvolvimiento de la administración de justicia”.