Contratos truchos

Casal pide incorporar elementos de la Cámara Nacional Electoral

01/11/2022

Para el procurador general de la Nación la Cámara Nacional Electoral introdujo “nuevos argumentos” en la causa y solicita que sean valorados por el tribunal de origen, en la provincia.

Casal pide incorporar elementos de la Cámara Nacional Electoral

Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial

 

La causa sobre los contratos truchos en la Legislatura, durante el 2008 y 2018, suma otro capítulo inquietante. El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, evitó resolver su posición luego de que la Cámara Nacional Electoral incorpore a la trama la posibilidad de que se esté ante delitos de carácter electoral. Para eso, remitió un dictamen en el que solicita que lo determinado por la CNE sea evaluado por la jueza de garantías de Paraná, Marina Barbagelata, a cargo de la causa.

“En la medida en que en ese pronunciamiento de la Cámara Nacional Electoral fueron introducidos nuevos argumentos de interpretación del régimen legal modificado, que no integraron los que fueron sustento de la inhibitoria del juez federal, entiendo que, para una adecuada valoración de la cuestión, corresponde al tribunal de origen ponerlos en conocimiento del juzgado de garantías provincial para su debida consideración y, sólo ante la eventualidad de que ambos órganos mantengan su criterio, se (des)trabe debidamente el conflicto”, dice el dictamen al que tuvo acceso Página Judicial.

En su sentencia del 15 de septiembre pasado, si bien rechazó la queja, la Cámara sostuvo que con la sanción de la le y 27.504 se incorporaron precisiones relativas a la competencia en materia penal del fuero nacional electoral. Señaló, al respecto, que esa ley incorporó al Código Nacional Electoral el artículo 146 duovicies, que prescribe que ‘si en el marco de los procesos previstos en las leyes electorales, se evidenciara o fuese denunciada la posible comisión de un delito tipificado en el Código Penal o sus leyes complementarias, su investigación estará a cargo del juez federal con competencia electoral (…) cuando dichas conductas se cometan en ámbitos regulados por las normas electorales nacionales”, reproduce Casal. Y subraya, citando a la CNE, “la importancia de fortalecer la excepcionalidad y la especialidad de la jurisdicción electoral en lo referente al conocimiento de faltas y delitos electorales y su relación con el financiamiento de los partidos políticos, conforme las leyes 26.215, 26.571 y complementarias”.

La causa se elevó a juicio cuando el juez federal de Paraná, Daniel Alonso, hizo lugar a la petición de abogados defensores y declaró la competencia para su jurisdicción. Esa decisión fue apelada por el entonces fiscal Carlos García Escalada que, ante el rechazo de Alonso, se fue en queja ante la CNE. Mientras tanto el expediente llegó a la Corte Suprema de Justicia, que le corrió vista a Casal. El procurador general de la Nación decidió esperar que resuelva la CNE. Éste organismo; integrado por Daniel Bejas, Alberto Dalla Vía y Santiago Hernán Corcuera; expresó en una resolución la posibilidad de estar ante una infracción electoral, objetivo que buscan los abogados defensores que hicieron el planteo para sacar el legajo de la jurisdicción provincial, donde las penas son extremadamente más duras.

Para los jueces electorales, “deviene insoslayable señalar que, el texto legal referido confiere competencia al fuero electoral para investigar y juzgar las conductas tipificadas en el Código Penal y en las leyes penales complementarias, cuando dichas conductas típicas se cometan en ámbitos regulados por las normas electorales nacionales”.

La investigación de los contratos truchos, donde se presume que se sustrajeron según una pericia oficial, 1.111.871.715 entre 2008 y 2018 a través de una asociación ilícita, está en un momento crucial.

DICTAMEN PGN by Página Judicial on Scribd