JUSTICIA Y POLÍTICA
Gastón Justet aceptó intervenir como fiscal en el jury a Goyeneche
30/12/2021
El abogado oriundo de Gualeguay aceptó intervenir como fiscal ad-hoc en el jury a la procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche. El nombre de Justet surge de la lista de conjueces del STJ, a raíz del apartamiento del Ministerio Público Fiscal del proceso. Las perlitas en el currículum y los próximos pasos.
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
La noticia sacude el fin de año judicial: el abogado Gastón Justet aceptó intervenir como fiscal ad-hoc en el jury a la procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche, y este jueves prestará juramento ante el Jurado de Enjuiciamiento.
Justet mandó el escrito de aceptación del cargo el martes y recibió el respaldo institucional del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, sobre todo por la presión tácita que representa la amenaza vertida por el procurador general Jorge Amílcar Luciano García de que denunciaría a todo aquel que aceptara oficiar como fiscal ad-hoc. Así las cosas, el juramento será este jueves ante el Jurado de Enjuiciamiento para comenzar a intervenir en el proceso contra Goyeneche por haber tenido, presuntamente, una conducta incompatible con las funciones a su cargo y mal desempeño.
El nombre de Justet, abogado oriundo de Gualeguay, surge de la lista de conjueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ), a la que echó mano el Jurado de Enjuiciamiento en virtud del apartamiento del Ministerio Público Fiscal del proceso.
De hecho, el año pasado, intervino en un tribunal que convalidó la constitucionalidad de la ley de emergencia solidaria promovida por el gobierno, ante un reclamo efectuado por jubilados del Poder Judicial contra el aumento de los aportes previsionales y la suspensión de la movilidad jubilatoria.
Gastón Alberto Justet es un abogado de 42 años, egresado de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y ex presidente de la Sección Gualeguay del Colegio de la Abogacía entre 2018 y 2020. También tiene un recorrido político, ya que fue tesorero de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Municipalidad de Gualeguay, secretario de Gobierno y Asuntos Sociales y secretario de Hacienda de la Municipalidad de Gualeguay, representante legal del Instituto del Seguro, asesor legal de Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y concejal entre 2011 y 2015.
En 2014 fue propuesto para ocupar un cargo al frente del Juzgado Laboral de Gualeguay, pero no alcanzó a asumir por disputas políticas e internas con el entonces intendente Luis Erro. Es que Justet lo había denunciado en 2009 por el uso de un medidor de luz del municipio para proveer energía eléctrica a un local partidario para un acto político, generando un consumo energético de 101,99 pesos que fue abonado por la comuna. Erro fue condenado en esa causa, pero luego el STJ dictó su absolución.
Ahora, el Jurado de Enjuiciamiento convocó a Justet para que intervenga como fiscal ad-hoc en el proceso iniciado a la procuradora adjunta en virtud de la decisión de “separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal” por considerar que carecerían de objetividad.
La ley que regula el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento prevé que el Procurador General tiene, entre los diversos deberes y atribuciones, la de “formular la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento” y que no la puede delegar, salvo por excusación o recusación.
La abogada Sonia Rondoni, representante del Colegio de la Abogacía, consideró que el hecho de que García fuera “superior jerárquico” de Goyeneche” y que también fuera denunciado en la presentación efectuada por los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet “afecta gravemente el principio de objetividad, motivo por el cual el Procurador General debe ser recusado para intervenir en la etapa de acusación formal”.
Daniel Carubia, vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), afirmó que “dada la estructura piramidal y de autoridad vertical que ostenta este Ministerio Público, resultan incontrastables los evidentes impedimentos que pesan sobre la totalidad de los integrantes del mismo” y Rondoni agregó que “tampoco es posible designar a uno de los funcionarios de inferior jerarquía que integran el Ministerio Público Fiscal (…) puesto que la denunciada es la encargada de controlar su desempeño y de impartirle las instrucciones que considere convenientes para el ejercicio de la función”.
Esto motivó al jury a “encontrar una pretoriana solución (…) que permita llevar a cabo el proceso con absoluto respeto de las garantías de los magistrados o funcionarios que resulten enjuiciados”, en palabras de Carubia. Esa solución apareció en la lista de conjueces del STJ, designados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, integrada por abogados que cumplen con los requisitos para ser procurador.
El nombre de Justet surgió siguiendo el orden de la lista de conjueces y luego de que once de los integrantes de esa nómina rechazaran intervenir en el proceso. El argumento principal, que se repitió en casi todas las excusaciones, fue que designación que habían aceptado era solo para intervenir en reemplazo de los vocales del STJ.
Hubo también una amenaza explícita del procurador general, Jorge Amílcar Luciano García, hacia cualquiera que aceptara ocupar el rol de fiscal ad-hoc: dijo que el Jurado de Enjuiciamiento “carece de potestad para desplazar a un órgano esencial de la estructura de enjuiciamiento constitucional, y menos aún de tomar decisiones que usurpan la competencia legislativa para modificar a puro arbitrio discrecional las normas que establecen la acusación por el Ministerio Público Fiscal” y agregó: “La decisión entonces podría configurar ilícito penal al contrariar frontalmente con la ley y con la Constitución Provincial, sin perjuicio de otras figuras penales” e “igual ilicitud se realizaría en la hipótesis de nombramiento y aceptación de funciones para las que se carece de legitimidad formal y sustancial”.