JUSTICIA Y POLÍTICA

García recusó a cuatro integrantes del jury y podría denunciarlos penalmente

03/12/2021

El procurador general recusó a Daniel Carubia, Claudia Mizawak, Martín Carbonell y Sonia Rondoni por su decisión de apartar al Ministerio Público Fiscal del proceso contra Cecilia Goyeneche. Dijo que incurrieron en prejuzgamiento, falta de imparcialidad y eventualmente en algún delito penal. Pero también los acusó de tener “una insólita vocación destituyente”.

García recusó a cuatro integrantes del jury y podría denunciarlos penalmente

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

La guerra está declarada: el Jurado de Enjuiciamiento dispuso la apertura de una causa contra la procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche; y el procurador general, Jorge García recusó a cuatro miembros del tribunal y advirtió que podría haber cometido un delito al apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador.

El procurador presentó su recusación este jueves a las 13.10, seis horas antes de que se notificara la resolución del Jurado de Enjuiciamiento, pero ante la certeza de que Goyeneche sería sometida a un jury por mal desempeño, falta de idoneidad moral e incumplimiento de los deberes a su cargo.

De hecho, dijo haberse dado por notificado de la resolución del Jurado de Enjuiciamiento porque conocía “a ciencia cierta de lo resuelto hace varios días” y denunció que se le negó el derecho a una notificación formal.

En su contraataque, García recusó a Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Martín Carbonell, representantes del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el jury; y a Sonia Rondoni, que integra el tribunal en representación del Colegio de la Abogacía, a quienes les atribuyó “una insólita vocación destituyente por fuera de toda garantía institucional”. El motivo de la recusación está fundado en su decisión de separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal y convocar a un fiscal ad-hoc para que intervenga en el proceso contra Goyeneche. Por haberse anticipado a la resolución, el procurador no incluyó en su planteo al senador Armando Gay, que resolvió en el mismo sentido que los recusados.

García fundamentó la recusación en una “pérdida grosera de imparcialidad”; interés en el resultado del proceso, lo que sería un tácito prejuzgamiento; y “la inexplicable reticencia” a notificarlos de la resolución que dijo conocer desde hacía algunos días. Advirtió además que los cuatro integrantes del Jurado de Enjuiciamiento podrían incurrir “en probable delito penal que revela un manifiesto interés en el resultado perjudicial” hacia Goyeneche.

Del mismo modo, aseveró que “igual ilicitud se realizaría en la hipótesis de nombramiento y aceptación de funciones” por parte de un conjuez que ejercería como fiscal ad-hoc, de acuerdo con la resolución del tribunal, puesto que, “carece de legitimidad formal y sustancial”.

La decisión de apartar al Ministerio Público Fiscal de su rol de acusador en el proceso contra Cecilia Goyeneche constituye el aspecto más controvertido de la resolución del Jurado de Enjuiciamiento. Si la decisión de iniciar un proceso contra la procuradora adjunta le provocó a García “incredulidad y asombro institucional”, aseguró haber recibido “aún con mayor estupor la decisión de desplazar al Ministerio Público Fiscal de su rol institucional insustituible” que es ejercer la acusación.

El procurador aseguró que “en términos simples, la intervención del Ministerio Público Fiscal en el jury es esencial, y su ausencia o, peor aún, su ilegal integración afectan de modo insanable la validez del acto”.

En su presentación dijo además que “en el lamentable yerro que ha cometido el jurado no se ha percatado que en su propio obrar existe una autocontradicción flagrante, ya que el propio Jurado de Enjuiciamiento se declara incompetente para juzgar el rol del Procurador General –extensible al Defensor General– los que como cabezas institucionales del Ministerio Público deben ser enjuiciados por el sistema de juicio político. Si este jurado es incompetente, la figura del Procurador General permanece incólume en tanto él no se aparta por excusación”.

Pero aún para el caso de que el propio García no pudiera intervenir, explica, la ley establece que debe ser reemplazado por el Procurador Adjunto más antiguo en el cargo o por los fiscales de coordinación. García incluso considera que eventualmente podría intervenir cualquier fiscal porque no son “ciborgs jurídicos carentes de autonomía y decisión propia”, sino que cualquiera que le tocara ejercer el rol de acusador “ejercerá su rol con total autonomía, solo guiados por el valor justicia”.

Lo cierto es que esta instancia abre un nuevo capítulo en el proceso contra la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche. Es probable que ella misma intente el mismo camino que García, según lo ha adelantado su representante legal en el proceso, y otros actores intervengan antes de iniciar el juicio propiamente dicho.

García Recusa by Página Judicial on Scribd