JUSTICIA Y POLÍTICA

Rechazaron apartar a los fiscales en la causa de los contratos truchos

18/08/2021

La jueza Marina Barbagelata rechazó la recusación de los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry en la causa donde se investigan contrataciones irregulares en la Legislatura. “La decisión de llevar a juicio solo a quienes han logrado ser identificados, de ningún modo puede ser valorado como una falta de objetividad”, sostuvo la magistrada.

Rechazaron apartar a los fiscales en la causa de los contratos truchos

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

La jueza Marina Barbagelata rechazó el planteo de recusación y confirmó a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry al frente de la causa en la que se investigan contrataciones irregulares en la Legislatura entre 2008 y 2018.

Los abogados defensores de algunos imputados habían recusado a los fiscales por una pérdida de objetividad y/o por la violación al deber de objetividad que, según dijeron, se evidencia en el requerimiento de elevación de la causa a juicio, donde no aparecen los nombres de diputados, senadores ni autoridades legislativas en la nómina de imputados.

Sin embargo, la jueza consideró que “no pudieron individualizar ningún elemento que pusiera de relieve la alegada existencia de un interés diverso del propio ejercicio de la persecución penal inherente a la función del Ministerio Público Fiscal” y agregó que la recusación obedecía más bien a “la disconformidad con las conclusiones que expresaron los fiscales en el requerimiento de elevación a juicio”, donde sostienen una acusación contra 32 personas a las que acusan de integrar una asociación ilícita que habría sustraído 1.111.871.715 pesos a través de contrataciones truchas en la Legislatura.

Del mismo modo, la magistrada rechazó la recusación del procurador Jorge Amílcar Luciano García, por haber adelantado en los medios que produciría un recorte en la investigación; y de la fiscal coordinadora Mónica Carmona.

Si bien esta resolución abre la posibilidad de continuar con la tramitación de la causa con la remisión a juicio, como pretenden hacer los fiscales Yedro y Aramberry, los defensores podrían recurrir ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), buscando ganar tiempo hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva un incidente de competencia suscitado entre la justicia federal y los tribunales provinciales.

Como se dijo, los fiscales habían sido recusados bajo el argumento de que habían violado el deber de objetividad que debe regir en cualquier investigación penal, es decir, se les cuestionaba el hecho de no haber hecho un análisis objetivo de todas las pruebas que les permitirían aproximarse al descubrimiento de la verdad.

“Cuando se omiten líneas investigativas que permitirían la verdad o eximir de responsabilidad a algún imputado, se producen por circunstancias que ponen en evidencia que el fiscal ha perdido el juicio crítico, que actúa arbitrariamente o que lo anima un interés distinto al bien común y de la correcta aplicación de la ley penal”, explicó la jueza, previo a concluir que eso no ha ocurrido en la investigación de los contratos truchos.

La magistrada aseguró que la decisión de los fiscales de remitir a juicio la causa “contra quienes han logrado ser identificados” y desdoblar la investigación respecto de aquellas personas contra quienes no tienen pruebas contundentes, según dicen (léase los diputados, senadores y autoridades legislativas), “de ningún modo puede ser cuestionado como una falta de objetividad” y resaltó que “nada le impide a la fiscalía llevar a juicio a personas imputadas por delitos cuya materialidad, autoría o participación está en condiciones de probar, aun cuando haya aspectos que no puede probar, y tampoco le impide continuar la investigación respecto de otros posibles intervinientes en el hecho”.

Del mismo modo rechazó la aseveración que han hecho los abogados defensores en el sentido que la prueba que se produzca en el juicio “pueda ser utilizada para una condena en un segundo juicio porque la única prueba válida es la que se produce en un juicio en el que la persona es juzgada por un tribunal imparcial” y ni los legisladores ni las autoridades legislativas estarán siendo juzgadas, precisamente por el recorte en la investigación.

“La crítica formulada a la actuación de los fiscales responde a una diferente valoración de la prueba colectada en la investigación penal preparatoria”, insistió Barbagelata.