JUSTICIA Y POLÍTICA
Alonso declaró la competencia federal de la causa de los contratos
09/06/2021
El magistrado hizo lugar al planteo de las defensas y decretó que la justicia provincial debe inhibirse de seguir interviniendo en la causa por las contrataciones irregulares en la Legislatura. La resolución se basa en que el dinero sustraído se habría utilizado para el financiamiento de campañas electorales. Los fiscales provinciales rechazarán la resolución y continuarán con el procedimiento para elevar la causa a juicio.
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
El juez federal Daniel Edgardo Alonso hizo lugar a la inhibitoria planteada por un grupo de abogados defensores en la causa donde se investigan contrataciones irregulares en la Legislatura de Entre Ríos entre los años 2008 y 2018.
La novedad significa que el magistrado reclama la competencia para investigar los hechos ante la posibilidad de que el dinero sustraído de la Legislatura haya sido utilizado para financiar campañas electorales. Por eso es que solicitó a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio L. M. Aramberry que le remitan el expediente para continuar con la investigación en el fuero federal.
El planteo había sido efectuado por los abogados Emilio Fouces, José Velázquez, Miguel Ángel Cullen, Damián Petenatti e Iván Vernengo, quienes argumentaban que la sustracción de 1.111.871.715 (¡mil cien millones de pesos!) a través de contratos truchos tenía como objetivo el financiamiento de campañas electorales de las agrupaciones políticas que participaron en comicios celebrados en Entre Ríos en el período que se investiga.
El planteo al que esta vez le hicieron lugar no es novedoso sino que ya había sido rechazado en 2018 por el juez Leandro Ríos, a quien luego la Cámara Nacional Electoral apartó ante la reedición de la postura defensista en una extraña maniobra que tuvo como artífice y principal operado al ex senador nacional peronista y ex candidato a vicepresidente de Juntos por el Cambio, Miguel Ángel Pichetto, como lo contó Página Judicial.
Esta vez los defensores invocaron como “hecho nuevo” la aparición de una caja en la puerta del estudio del abogado Milton Urrutia en la que había, entre otros elementos, “anotaciones manuales, donde se habría llevado una especie de rendición de aportes y destino de los mismos” con diferentes nombres de personas que retirarían el dinero a los fines de hacer frente a gastos de campañas políticas.
Al juez Alonso le pareció que esa circunstancia aportaba elementos que hacían mutar “en forma absoluta” las razones por las cuales se había rechazado en su momento la competencia federal. Un criterio diferente al que había tenido el fiscal federal Carlos García Escalada, que hace unos días rechazó esa posibilidad. Esa documental, dice Alonso, “sugiere, con elevado grado de probabilidad” que la sustracción de dineros públicos de la Legislatura tenía como objetivo “la financiación de los partidos políticos en su intervención en diversas campañas” electorales.
Esa caja que apareció sugestivamente en la puerta de un estudio jurídico, dice Alonso, contiene prueba suficiente de “que el posible destino y/o la aplicación del producto o provecho del delito investigado, habría sido derivado a la actividad político-partidaria para su aplicación a las campañas llevadas a cabo en forma conjunta por la jurisdicción nacional y provincial (elección de autoridades nacionales y provinciales)”, lo que supone una infracción a la ley de financiamiento de los partidos políticos y por eso debe intervenir el fuero federal. Incluso a pesar de que la justicia ha aprobado las rendiciones de cuentas presentada por los partidos porque, según dice, “tal aprobación lejos está de hacer desaparecer los delitos en que eventualmente se hubiere incurrido”.
Esta decisión del juez Alonso supone la apertura de un conflicto de competencia que tendría que resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en caso de que la justicia provincial, como todo hace suponer, rechace la inhibitoria.
Sin embargo, desde la Procuración General dejaron trascender que no obstaculizará el proceso de remisión de la causa a juicio que hace unos días presentaron los fiscales Yedro y Aramberry e incluso tampoco inhabilitaría la realización del debate oral y público. Recordaron, por ejemplo, que la Corte Suprema tiene pendiente de tratamiento un planteo sobre la prescripción de las acusaciones por corrupción de menores contra Justo José Ilarraz y eso no impidió que el sacerdote fuera juzgado y condenado ni que la sentencia fuera confirmada por la Cámara de Casación Penal y por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
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