Colegio de la Abogacía

El STJ resolvió en favor de la oposición y hay elecciones

26/03/2021

El Superior Tribunal de Justicia anuló las resoluciones del Tribunal Electoral del Colegio de la Abogacía y dio luz verde para el continúe el proceso eleccionario. La sentencia.

El STJ resolvió en favor de la oposición y hay elecciones

De la Redacción de Página Judicial

 

Sorpresa. Un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) le dio razón a la lista Azul y Blanca y en el Colegio de la Abogacía, finalmente, habrá elecciones.  El oficialismo, enrolado en la lista Celeste y Blanca, cantó victoria luego del fallo de la jueza Marcela Davite que había rechazado el planteo de la oposición. El Tribunal Electoral, que había rechazado los modelos de boleta presentados por la propuesta encabezaba por Analía Coria,  proclamó a Alejandro Canavesio como presidente de la entidad.

El STJ resolvió este viernes establecer que no existe nulidad y revocó la sentencia del 11 de marzo pasado.

El reclamo surgió luego de que el organismo electoral rechazara la nómina de candidatos de la lista Azul y Blanca para la categoría de Junta de Delegados en algunos departamentos, por haber sido presentada fuera de término. El plazo vencía el 26 de febrero a las 13 y se presentó a sus candidatos a las 13.35, según la determinación del órgano de control, por lo que solo se homologó la nómina de postulantes al Consejo Directivo. La aposición cuestionó que “mediante actos inútilmente formales se pretende conculcar el derecho de la Lista Azul y Blanca a competir electoralmente en las elecciones”.

A partir de allí, la lista de Coria interpuso un amparo, pero la jueza Davite consideró que no se daban los requisitos esenciales admitir una acción de amparo, “ya que las resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, cuya nulidad se pretende por medio de esta acción, no surgen como manifiestamente arbitrarias e ilegítimas”.

Lo cierto es que el alto cuerpo judicial resolvió admitir la acción de amparo y declaró nulas las resoluciones 4/2021, 6/2021, 7/2021 y 9/2021 del Tribunal Electoral y mandó “a continuar el trámite eleccionario según su estado, en plazo y condiciones razonables que garanticen la real posibilidad de participación”.

Las elecciones debían ser, precisamente, hoy. “Somos respetuosos de las instituciones y estábamos seguro que la justicia nos diera la razón”, sostuvo Coria en diálogo con Página Judicial. Y agregó: “Pensábamos que estábamos ante un proceso participativo, que lo fue en la letra, pero en la práctica fue excluyente, violando todas las normas que habilitaban nuestra participación. Pero bueno, queremos transmitirles a los colegas que nuestras convicciones siguen intactas”. Las elecciones eran precisamente hoy, pero el proceso se deberá reprogramar.

El fallo de los vocales Bernanrdo Salduna, Miguel Ángel Giorgio y Germán Carlomagno.

Sentencia Colegio de la Abogacía