CORRUPCIÓN

Se cayó el acuerdo de Allende

22/10/2020

El ex diputado está imputado en cuatro delitos, uno de ellos por enriquecimiento ilícito por una cifra que supera el millón de dólares. El tribunal puso dudas sobre las pericias en el marco del juicio abreviado y rechazó el acuerdo por unanimidad. Rechazó la calificación legal en el punto sobre la violencia de género.

Se cayó el acuerdo de Allende

De la Redacción de Página Judicial

 

El tribunal integrado por José María Chémez, Carolina Castagno y Alejandro Cánepa rechazó el acuerdo en la causa que lo tiene al ex diputado justicialista, José Ángel Allende imputado por cuatro delitos: negociaciones incompatibles, enriquecimiento ilícito, violencia de género y amenazas.

Fue un hecho inusual. En primer lugar, porque un juicio contra un ex funcionario a quien se le imputan graves delitos se haya resuelto en esta instancia de abreviado, pese a haber transcurrido un largo período y cuando el tiempo ya dejó de ser un capital a salvar. En segundo lugar, llamó la atención que la resolución del mismo no haya sido en una sola audiencia.

El acuerdo al que se había llegado implicaba una condena de dos años y ocho meses de prisión condicional para Allende; el decomiso de su casa del Parque Urquiza valuada en 720.922 dólares y otra ubicada en el centro de Paraná que tiene un valor de 378.289 dólares; y el pago de una multa de 3 millones de pesos. Todo eso por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; un enriquecimiento patrimonial no justificado de 1.069.841,19 dólares a valores históricos –calculado en pesos sería de 4.983.146,14–, por haber hostigado durante mucho tiempo a la ministra de Salud, Sonia Velázquez; y por las amenazas al periodista Martín Carboni. En este último caso, el fiscal Álvaro Piérola ya había elevado la causa a juicio y adelantado que pediría una pena de dos años de prisión condicional.

“Los jueces no deben aceptar cualquier acuerdo sino que deben revisar si se ajustan a derecho”, adelantó el juez Chémez, en un anticipo de la decisión unánime del tribunal de rechazar el acuerdo de juicio abreviado.

En el primer acto, la semana pasada, el tribunal marcó punto por punto las dudas que tenía sobre el acuerdo realizado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa del ex legislador, representada por Leopoldo Lambruschini, Julio Federik y Marcos Rodríguez Allende.

Se cuestionó buena parte de las pericias. Las diferencias que había entre los diferentes peritos, las dudas que le generaba que se fijara un crecimiento patrimonial no justificado de 1.069.841,19 dólares y que la multa se estableciera en 3 millones de pesos, lo que constituye un porcentaje relativamente menor a lo que corresponde, ya que la ley establece que se debe estimar entre el 50 por ciento y el 100 por ciento del monto total del enriquecimiento.

También se reveló, la semana pasada, la existencia de un departamento que no estaba en el patrimonio de Allende.

El otro punto que se puso en duda fue la calificación en la causa por violencia de género contra la ministra, por amenazas simples. El tribunal, luego de escuchar el relato y las evidencias recolectadas por el fiscal Leandro Dato, preguntó si los hechos allí narrados no encuadrarían en coacción agravada, cuya pena es más alta. Aquí el paso a paso de las dudas.

La defensa

Fue Lambruschini quien se encargó este jueves de dar el punto de vista de la defensa a las dudas manifestadas por el tribunal. La Fiscalía, integrada por Dato, Piérola y Laura Cattáneo, no hizo uso de la palabra.

El defensor pidió hacer algunas aclaraciones a las dudas planteadas por el tribunal una semana atrás. Dijo que “no se trata de un acuerdo espurio y negociado” respecto de la cuantificación del enriquecimiento y recalcó que la investigación tuvo “enormes contratiempos”, entre los que enumeró las dificultades para realizar una pericia contable sobre el enriquecimiento patrimonial del ex legislador e incluso remarcó que una primera pericia “lo sugería pero no lo cuantificaba”.

También dijo que la decisión de establecer un corte en la investigación en el enriquecimiento registrado hasta el año 2016 forma parte de una facultad del Ministerio Público Fiscal y que se hizo de ese modo por una cuestión “pragmática”: “Hubiese resultado imposible avanzar en el proceso si Allende continuaba siendo funcionario público porque eso implicaría renovar la prueba para su actualización conforme irían pasando los meses mientras seguía ocupando su cargo. Eso haría imposible llevar un proceso en esas condiciones porque significaría hacer una indagatoria cada vez que se renovara la acusación para pedirle una justificación patrimonial”, explicó.

Sin embargo, aclaró que la investigación podría renovarse respecto de otros períodos no comprendidos en la acusación sin que eso viole la garantía de no ser juzgado dos veces por un mismo delito.

Del mismo modo, aseguró la inocencia de los hijos, la ex esposa y la actual pareja de Allende, que también habían sido imputados inicialmente. En el acuerdo de juicio abreviado se insta al sobreseimiento, pero Lambruschini afirmó que “no es competencia del tribunal juzgar la situación de los coimputados, sino que solo debe expedirse sobre la situación de Allende, y será el juez de instrucción el que resuelva la situación procesal de los partícipes”. No obstante, resaltó que “Allende ha admitido que los otros imputados actuaron como meros instrumentos y que desconocían la ilicitud del origen de los fondos que dan lugar al incremento injustificado del patrimonio y nunca se encontró sospecha suficiente respecto de ellos para imputarlos y citarlos a indagatoria”.

En cuanto al monto de la multa de 3 millones de pesos que debería pagar Allende en caso de ser condenado, el defensor afirmó que “no tiene antecedentes en la historia judicial entrerriana”. Dijo además que el enriquecimiento ilícito se calculó en dólares “al solo efecto de tener una referencia o equivalencia en una moneda dura en relación con la depreciación del peso y para cuantificar el decomiso; pero el enriquecimiento fue en pesos y la multa debe ser aplicada en pesos”.

El tribunal rechazó el acuerdo luego hacer una crónica de todo el proceso y citar jurisprudencia. Criticó en duros términos al Ministerio Público Fiscal, repasó una serie extensa de hechos y bienes que no se tuvieron en cuenta al momento de realizar el acuerdo (un departamento registrado a nombre de Julio Allende, hijo del ex legislador, caballos pura sangre, embarcaciones) y que hubiesen importado un mayor incremento patrimonial no justificado.

A criterio del tribunal, el acuerdo de juicio abreviado no se ajusta a una solución judicial en esa instancia. Lo mismo con la multa aplicada. Por unanimidad, los jueces rechazaron la ecuación explicitada en el acuerdo y la escala aplicada.

El tribunal también cuestionó el modo en que el Ministerio Público Fiscal pretendía desincriminar a los hijos, ex esposa y a la actual pareja del ex diputado Allende en la causa por enriquecimiento ilícito. El planteo de la fiscal Cattáneo era que si prosperaba el juicio abreviado se decretaría su sobreseimiento. El tribunal señaló que si existía una certeza de que no tenían responsabilidad en el hecho debieron solicitar el sobreseimiento en el mismo acuerdo o hacerlo independientemente del resultado del mismo.

En la causa por violencia de género, Chémez repasó la reconstrucción del hecho efectuada por el fiscal Dato y aseguró que, claramente, se estaba ante un delito de coacción agravada, y no amenazas simples, como había sido caratulada en el acuerdo.

Ahora las causas volverían a los organismos judiciales de origen y el Ministerio Público Fiscal podrá realizar un nuevo acuerdo de juicio abreviado, reformulando los aspectos que considere necesarios, y presentarlo ante un nuevo tribunal.