NARCOTRÁFICO

El TOF rechazó la excarcelación de Varisco

20/02/2020

El ex intendente continuará detenido ya que el Tribunal Oral Federal rechazó la excarcelación que solicitaron sus defensores tras la condena por sus vinculaciones con el narcotráfico. La resolución apela a la doctrina que lleva el nombre de un juez y justifica la detención preventiva de ex funcionarios públicos por esa especie de poder residual.

El TOF rechazó la excarcelación de Varisco

De la Redacción de Página Judicial

 

El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó la excarcelación del ex intendente Sergio Varisco, recientemente condenado por delitos de narcotráfico, por considerar que existe un peligro real de fuga.

La resolución, no exenta de polémica, apela a la cuestionada doctrina que lleva el nombre de un juez y justifica la detención preventiva de ex funcionarios públicos ante el riesgo de que por sus contactos, lazos o las relaciones creadas en el ejercicio del poder puedan entorpecer el avance de una causa o, en este caso, favorecer la fuga del condenado ex intendente.

El 30 de diciembre Varisco fue condenado a seis años y seis meses de prisión como partícipe de actividades de comercio de estupefacientes en complicidad con la organización que encabezaba Daniel Andrés Celis. En ese momento el tribunal decidió revocar su excarcelación y el ex intendente quedó detenido bajo arresto domiciliario, tal como había solicitado el fiscal José Ignacio Candioti en los alegatos.

Sus abogados Rubén Pagliotto y Miguel Cullen apelaron la medida, por considerarla “innecesaria, exorbitante, injusta y destemplada”; dijeron que no existe peligro de fuga porque Varisco es una persona con arraigo en Paraná, con trabajo estable y público, posee familia en la ciudad y viviría con su hija o con su madre; y advirtieron que la prisión preventiva constituye, en su caso, “adelanto de pena”.

Pero el tribunal rechazó la excarcelación y confirmó la prisión preventiva domiciliaria de Varisco.

“Pese a que la sentencia no se encuentra firme, posee los presupuestos propios que la tornan un acto republicano. Se encuentra fundada en las pruebas incorporadas al contradictorio oral y público, lo que autoriza a sostener una mayor certeza de la intervención del imputado (…) respecto del cual se dispuso una pena de seis años y seis meses de prisión”, sostuvo el tribunal integrado por Noemí Berros, Lilia Carnero y Roberto López Arango.

En cuanto a los fundamentos que sostienen la prisión preventiva, dijo el tribunal que “el marco procesal, por sí mismo, permite inferir que existe peligro de fuga del imputado condenado con una sanción punitiva tan grave”, sumado a esa especie de poder residual que se le atribuye a Varisco por haber sido intendente: “La gravedad del reproche penal formulado a Varisco es inobjetable y que tuvo y sigue teniendo poder territorial, medios, estructuras materiales y humanas que pueden favorecer su extrañamiento del proceso”.

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