MEDIO AMBIENTE

Ambientalistas apelarán el fallo que habilita las fumigaciones

01/11/2019

Las organizaciones ambientalistas cuestionaron el fallo del STJ que habilitó las fumigaciones con agroquímicos y adelantaron que apelarán ante la Corte Suprema y que podrían llegar hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ambientalistas apelarán el fallo que habilita las fumigaciones

De la Redacción de Página Judicial

 

Organizaciones ambientalistas adelantaron que apelarán ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, eventualmente, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el fallo que habilita las fumigaciones en cercanías de escuelas rurales.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) consideró que “no existe nulidad” del Decreto Número 2.239, que establece áreas de restricción y plantea la creación de unidades centinelas y de control en escuelas rurales y agrotécnicas para la aplicación de plaguicidas; aunque confirmó la inconstitucionalidad de las denominadas “zonas de exclusión” de hasta 500 metros que empezaban a contarse desde el centro del casco de cada escuela y determinó que esa distancia debe medirse a partir de una “barrera vegetal” que deberá estar a 150 metros del establecimiento educativo.

La abogada María Fernández Benetti, que integra el colectivo ambiental Basta es Basta, admitió que el fallo generó “decepción” y “perplejidad” y adelantó que antes del 11 de noviembre se presentará un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.

“Vamos a seguir todos los canales que abra nuestro ordenamiento para seguir con la causa. Esto no se cierra en el amparo, es un reclamo mucho más complejo porque hay un daño genético probado en niños que habitan en zonas rurales: hablamos de temas de salud, es un derecho colectivo porque se presentaron trabajos en territorio, hechos en el departamento Uruguay, y es muy contundente el material probatorio que presentamos”, sostuvo la abogada en diálogo con el programa 5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná.

La letrada cuestionó también la “reforma express” que se hizo de la Ley de Procedimientos Constitucionales, específicamente, en el proceso de amparos. “Antes, los amparos ambientales eran definidos por la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal y ahora, con esta reforma, pasan a un pleno de cinco miembros, es decir, nos sacan de nuestros jueces naturales y cambian el trámite de los amparos porque da la posibilidad de abrir a prueba y eso desvirtúa el proceso”, sostuvo.

También criticó además al STJ porque “la sentencia no hace ningún desarrollo de lo expresado por el comité científico”, un grupo de expertos que hizo consideraciones sobre el impacto que tiene el uso de agroquímicos en la salud de la población.

“El Estado ofreció científicos que trabajan para las empresas, y por supuesto que aquellos que venden los agroquímicos estarán a favor de su inocuidad; nosotros en cambio ofrecimos científicos de la universidad pública y del Conicet, es decir, absolutamente imparciales. Pero el STJ la sentencia no hace un desarrollo del trabajo de este comité científico, no dice nada”, resaltó la abogada.

En ese sentido, la abogada Fernández Benetti insistió en que “el fallo es regresivo, completamente arbitrario y que no hace un desarrollo de las pruebas” producidas durante el proceso.

Por último, recordó que el juez Oscar Benedetto había establecido restricciones de 1.000 y 3.000 metros para realizar fumigaciones terrestres y aéreas, respectivamente, pero esas distancias eran “provisorias y hasta tanto se ponga en marcha un mecanismo que garantice la seguridad de inocuidad (de los agroquímicos) a la población infantil”, por lo que instó a sostener “un debate legislativo serio” que contemple “el cambio de modelo productivo, con una reducción de la escala de uso de venenos en el campo”.