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El STJ le hace un guiño a la abogacía para cubrir cargos vacantes

21/10/2026

La Sala Penal apeló a un extravagante mecanismo para la cobertura de sillas en el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná. La convocatoria pública a que abogadas y abogados de a pie hizo ruido en tribunales. Pero los nombres que suenan provocarían algo más que asombro e incredulidad. Crónica de una nueva disputa de poder que guía las decisiones supremas.

El STJ le hace un guiño a la abogacía para cubrir cargos vacantes

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) abrió una convocatoria para que abogadas y abogados se postulen para ocupar cargos vacantes en el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná y, eventualmente, podrían ser elegidos. Pero este giro novedoso provocó un ruido tan inesperado como la convocatoria misma.

Las postulaciones deberán ser remitidas por correo electrónico a la Sala Penal, se anunció desde el área de comunicación del Poder Judicial, y la convocatoria está abierta hasta el 23 de octubre. Hasta ahí la información oficial.

Los magistrados y funcionarios judiciales son nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado, previo concurso ante el Consejo de la Magistratura; pero la Constitución Provincial establece que toda vacante que se produzca en el Poder Judicial deberá ser cubierta dentro del término de treinta días de producida y, en caso contrario, el STJ tiene facultadas para la designación en carácter provisorio de los jueces (artículo 202), así como el Procurador General designará a los fiscales y el Defensor General hará lo propio con los defensores (artículo 207).

El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná tiene nueve integrantes, pero su composición quedó reducida a siete por las jubilaciones de Alejandro Grippo (titular) y Mauricio Mayer (interino), que suplía a Gustavo Pimentel, que actualmente cubre una vacante en la Cámara de Casación Penal.

Es usual que los nombres surjan de una baraja que manejan los superiores. Es tan habitual como que el afortunado emerja de las entrañas de tribunales y aparezcan las críticas de la abogacía de a pie por no ser tenida en cuenta.

Hace unos días se reunieron los vocales de la Sala Penal y tiraron algunos nombres sobre la mesa. Nadie confirmará si un fiscal recibió una propuesta y la rechazó. Tampoco que Claudia Mizawak sugirió a otro integrante de esas huestes y Miguel Ángel Giorgio propuso a un magistrado que ya ha ocupado el tribunal. Y menos que Daniel Carubia lanzó la granada de abrir el juego a la abogacía.

Maledicentes de pasillo dicen que en esa reunión se acordó cubrir las vacantes con alguien de las entrañas de tribunales y un abogado de la matrícula. Tal vez sean habladurías. Los nombres que suenan provocarían asombro e incredulidad, por decir lo menos. ¿Quién gana? Carubia, neutralizando a Giorgio. Inquietante.

El vacío

El Consejo de la Magistratura vino a establecer un límite a la discrecionalidad del gobernador de turno a través de concursos. Pero no existen condicionamientos en torno a las facultades del Poder Judicial para la cobertura de cargos en forma provisoria.

El organismo asesor en la selección de jueces, fiscales y defensores tiene para resolver 112 vacantes en la provincia, de las cuales el 68 por ciento está con concursos en marcha.

La vacante que deja Alejandro Grippo en el Tribunal de Juicio y Apelaciones podrá concursarse una vez que sea notificada al Consejo de la Magistratura. No ocurre lo mismo con la silla de Mauricio Mayer, ya que le pertenece a Gustavo Pimentel, que volverá a ocuparla una vez que concluya el concurso en marcha para cubrir la vacante que dejó Hugo Daniel Perotti en la Cámara de Casación Penal de Paraná.

En la provincia existe un vacío normativo respecto de la cobertura transitoria (sin concurso) de las vacantes definitivas o por licencia mayor a treinta días que se producen en cargos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial.

En los últimos años hubo algunos intentos por reglamentar el mecanismo de designación interina de magistrados, principalmente como una forma de menguar el poder del STJ.

Con matices, Jorge Monge (2016) y Esteban Vitor (2023) promovieron proyectos que prevén que para la cobertura transitoria de los cargos de jueces, fiscales y defensores públicos se elaboren listados de candidatos entre aquellos que hayan concursado ante el Consejo de la Magistratura para el mismo cargo y en la misma jurisdicción.

Vitor proponía que el Consejo de la Magistratura debía elaborar las nóminas de aspirantes para la cobertura interina de cargos en caso de vacancia, con un orden de mérito, teniendo en cuenta los concursos realizados para cada cargo u otro concurso equivalente en razón del grado y la materia. El listado debía tener no menos de tres postulantes y no más de cinco, entre aquellos que hubieran integrado las ternas y no accedieron a los cargos, y los concursantes con puntaje más alto.

Monje aportaba otro factor. Si no existía un listado de candidatos para cubrir transitoriamente un cargo, debía convocarse a magistrados o funcionarios jubilados que hubieran sido nombrados con acuerdo del Senado y la designación sería por sorteo.

La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial, el gremio de los jueces, acompañaba la idea de Vitor en esos términos. Pero objetaba que los magistrados que fueran designados interinamente debían recibir acuerdo del Senado.

La Sala Penal, en cambio, puso el grito en el cielo. No aludió al proyecto, sino que advirtió sobre una supuesta influencia de la Procuración General en los sorteos de jurados para los concursos ante el Consejo de la Magistratura.

Pasó el tiempo y las internas en los tribunales siguen igual. El panorama entonces es sombrío y el futuro es incierto.