CORRUPCIÓN

La Corte Suprema confirmó la condena a Urribarri y podría quedar detenido

03/09/2026

El máximo tribunal rechazó el recurso extraordinario federal que había presentado el ex gobernador y, en consecuencia, dejó firme la condena de ocho años de prisión que le dictara un tribunal provincial por el desvío de fondos públicos para promocionar su candidatura presidencial en 2015.

La Corte Suprema confirmó la condena a Urribarri y podría quedar detenido

De la Redacción de Página Judicial

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena del ex gobernador Sergio Urribarri por delitos de negociaciones incompatible con la función pública, peculado y defraudación a la administración pública en cinco causas relacionadas con el desvío de fondos públicos para promocionar su fallida candidatura presidencial en 2015.

También fueron rechazados los recursos presentados por el ex ministro Pedro Báez y por Juan Pablo Aguilera, cuñado del ex gobernador, que deberán purgar penas de seis años y medio de prisión.

Los supremos rechazaron por inadmisible el recurso extraordinario que habían presentado los abogados del ex gobernador Urribarri apelando al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que le concede facultades discrecionales para impugnar el tratamiento de un expediente.

Ricardo Lorenzetti se explayó argumentando que “a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”.

El 7 de abril de 2022, el tribunal integrado por los jueces José María Chémez, Elvio Garzón y Carolina Castagno condenó al ex gobernador entrerriano a ocho años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

El tribunal consideró que Urribarri y Báez, en acuerdo con Juan Pablo Aguilera, pergeñaron un plan para desviar fondos públicos a través de diversas contrataciones de publicidad en la vía pública y en distintos medios de comunicación, la elaboración de productos de imprenta, la publicación de una solicitada en medios nacionales contra los fondos buitres, la difusión de spots con el declamado interés de promocionar a la ciudad de Paraná en el marco de la Cumbre del Mercosur y la instalación de un parador turístico en Mar del Plata.

El desfalco a la administración pública se calculó en una suma cercana a los 70 millones de pesos, que representaban unos 9 millones de dólares de aquel tiempo. Gran parte de ese dinero habría sido desviado para la promoción de la figura de Urribarri como candidato presidencial, lo que se dio en llamar el sueño entrerriano.

Esta decisión de la Corte Suprema abre la puerta para la detención de Urribarri. Previamente deberá comunicarse el fallo a los tribunales provinciales, aunque desde el Ministerio Público Fiscal pedirán la inmediata detención y alojamiento en cárcel común para el ex gobernador, que permanece en libertad, aunque con algunas restricciones; por ejemplo, tiene prohibido salir de la ciudad de Concordia.

El mismo tribunal se declaró igualmente culpables al ex funcionario Gustavo Tamay; a la contadora Corina Cargnel, Luciana Belén Almada (pareja de Aguilera), al diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi, señalado como testaferro en la empresa TEP SRL; el pizzero Germán Buffa y al empresario Gerardo Caruso, dueño de El juego en que andamos, la firma que tuvo a su cargo la instalación del parador en la playa de Mar del Plata que se utilizó para promocionar la figura de Urribarri en el verano de 2015. Sus planteos también fueron desestimados por la Corte Suprema.

La sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación Penal el 31 de mayo de 2023, que a su vez denegó la impugnación extraordinaria; y el 17 de abril de 2024 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de queja.