NARCOTRÁFICO

El fiscal pidió 14 años de prisión para Airaldi y el decomiso de un campo

19/06/2026

El fiscal José Ignacio Candioti consideró que el productor agropecuario operaba desde sus campos, donde funcionaba una pista clandestina para avionetas que descargaban cocaína y desde los que partían lanchas destinadas a su distribución. Airaldi es además investigado por el presunto plan para cometer atentados contra un juez federal, un fiscal y un ministro provincial.

El fiscal pidió 14 años de prisión para Airaldi y el decomiso de un campo

De la Redacción de Página Judicial

 

El fiscal general José Ignacio Candioti solicitó que se condene a catorce años de prisión al productor agropecuario Leonardo Roberto Airaldi, ex presidente de la Sociedad Rural de Diamante, acusado de haber organizado y financiado maniobras de narcotráfico entre junio de 2019 y marzo de 2024 en Paraná y Diamante.

Al fundamentar el pedido de 14 años de prisión como presunto organizador y financista de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes, el fiscal señaló como agravantes la cantidad, variedad y calidad de estupefacientes involucrados en las maniobras investigadas, la utilización de aeronaves para el tráfico transnacional de estupefacientes, los medios violentos que, según la acusación, Airaldi desplegó para sostener el funcionamiento de la organización, y la posibilidad cierta que tenía de ganarse la vida por vías lícitas, por su actividad agropecuaria.

Asimismo, el fiscal Candioti solicitó el decomiso de su estancia El Mirador, al considerar que fue utilizada “como un instrumento para la comisión de este delito”, en razón de su extensión, su ubicación estratégica sobre la costa del río –que permitía enlazar distintos centros poblacionales– y las dificultades de acceso al lugar.

Airaldi presenció el alegato fiscal conectado por vía remota desde el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, donde se encuentra alojado desde febrero de 2026 bajo el régimen del Sistema Integral para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo, debido a que es investigado en otra causa en la que se analiza su presunta participación en la planificación de atentados contra el juez federal Leandro Ríos, el propio fiscal general Candioti y el ministro de Seguridad de la provincia de Entre Ríos y ex jefe de la Policía Federal, Néstor Roncaglia.

El jefe de la banda

Al exponer los fundamentos del pedido de condena, el fiscal general José Ignacio Candioti sostuvo que “Airaldi dirigía una organización dedicada al comercio de estupefacientes integrada por una pluralidad de personas”.

Según dijo, la investigación se inició en 2019, cuando el Juzgado Federal de Paraná encomendó a la Prefectura Naval Argentina la realización de tareas de inteligencia a partir de denuncias de vecinos que vinculaban a Airaldi con actividades de narcotráfico en un campo de su propiedad.

“Los vecinos fueron concretos diciendo que había una pista de aterrizaje clandestina y ahí llegaba el estupefaciente”, indicó Candioti. Agregó que esa información fue posteriormente corroborada mediante registros obtenidos con drones, que permitieron identificar un camino aplanado de entre 200 y 250 metros dentro del predio, y por fotografías que documentaron movimientos de aeronaves en el lugar.

Candioti señaló además que, en paralelo, Airaldi también fue investigado por la Policía de Entre Ríos, cuyos agentes recogieron testimonios coincidentes sobre “movimientos raros por la noche”, la salida de embarcaciones y la existencia de una pista clandestina.

El fiscal también hizo referencia a la presunta “cobertura policial” con la que contaba el acusado, algo que fue reconocido por integrantes de la fuerza.

Dijo además que la Policía Federal también dio por probado que Airaldi dirigía una organización dedicada al narcotráfico en una causa acumulada tramitada en la justicia federal de Santa Fe por el hallazgo de 29 kilos de cocaína en Puerto Gaboto. Al respecto, indicó que el productor agropecuario tenía “una cobertura de ciertas áreas de fuerzas policiales en la zona de Diamante que le permitían desplazarse a lo largo de muchos tramos ruteros, sin riesgo de ser detenido” y agregó: “Hubo dos sólidas investigaciones, una realizada por la justicia federal de Paraná y otra por la justicia federal de Santa Fe, con la intervención de distintas fuerzas de seguridad, y ambas llegaban a la misma conclusión y vinculaban a Airaldi con una organización dedicada al comercio de estupefacientes”.

Por su parte, el fiscal coadyuvante de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Martín Uriona sostuvo que la prueba producida a lo largo del debate permitió acreditar que Airaldi impartía directivas para el desarrollo de la actividad, ejercía control territorial y recurría a mecanismos violentos para sostener el funcionamiento de la banda.

En esa línea, señaló que una de las manifestaciones concretas de ese rol de organización y financiamiento fue su intervención en el almacenamiento de una partida de 29,5 kilos de cocaína hallada en una vivienda de la localidad santafesina de Puerto Gaboto, episodio que consideró una muestra del funcionamiento de una estructura criminal que se mantuvo activa durante varios años.

El lenguaje codificado

Los fiscales Candioti y Uriona y el auxiliar fiscal Juan Podhainy también destacaron el valor de las intervenciones telefónicas ordenadas durante la investigación y de los mensajes recuperados de los teléfonos celulares secuestrados a los imputados. Según sostuvieron, esas comunicaciones permitieron reconstruir el funcionamiento de la organización, los distintos roles desempeñados por los acusados y el lenguaje codificado que utilizaban para referirse a las operaciones de narcotráfico.

Al referirse a esa evidencia, Uriona sostuvo que las conversaciones y mensajes exhibidos durante el juicio resultaron “elocuentes y demostrativos de la actividad que realizó Airaldi”. Explicó que los integrantes de la organización utilizaban expresiones vinculadas con actividades lícitas para encubrir referencias al tráfico de estupefacientes y evitar ser identificados en caso de que las comunicaciones fueran interceptadas.

“Lo que ocurre en todas las investigaciones de narcotráfico es que se utilizan palabras que tienen una finalidad obvia de confundir ante eventuales investigaciones e intervenciones telefónicas”, afirmó el fiscal, y afirmó que, dada la actividad agropecuaria desarrollada por los acusados, en las conversaciones aparecían términos como “lomo”, “carne”, “novillito”, “maple”, “maple con pelo” y “huevos”, utilizados como parte de un lenguaje previamente acordado entre los interlocutores.

En ese marco, los fiscales mencionaron conversaciones en las que se hacía referencia a que “los maples van a llegar a Gaboto”, que los investigadores atribuyeron a un traslado de droga. También señalaron intercambios en los que se hablaba de un “novillito lastimado”, término que, según explicaron durante el alegato, era utilizado para referirse a un ladrillo de cocaína que había llegado dañado que incluso fue fotografiado.

Uriona sostuvo además que del análisis de las comunicaciones también surgía con claridad el rol que ocupaba Airaldi dentro de la organización: “Era el que daba las directivas, dijo.

Los pedidos de pena

Candioti y Podhainy desarrollaron los fundamentos vinculados con la responsabilidad atribuida al resto de las personas juzgadas en el debate y valoraron la prueba que permitió acreditar su intervención, con distintos grados de participación, en maniobras de transporte, distribución y comercialización de estupefacientes.

En ese marco, solicitaron que sean condenados como coautores Juan Andrés Erbes, a siete años de prisión; Sebastián Agustín Armocida, a seis años y cuatro meses; y Roberto Fabián Coronel, a seis años de cárcel.

En tanto, pidieron cuatro años y seis meses para Joel Schonfeld y tres años y tres meses para María Soledad Touzet, ambos considerados partícipes secundarios. Respecto de Touzet, los fiscales señalaron que tuvieron en cuenta su situación desde una perspectiva de género, a partir de la declaración que brindó durante el debate.

Por último, solicitaron que Walter Olivero sea condenado a tres años y dos meses de prisión; mientras que para Cristian Sánchez y Marino Martínez pidieron tres años de ejecución condicional. Los tres fueron considerados como los “eslabones más débiles” de la estructura criminal.