JUSTICIA Y POLÍTICA
Rechazan reclamo salarial del juez que tiene en ascuas a trabajadores de El Diario
14/05/2026
El Poder Ejecutivo emitió un decreto rechazando una recomposición salarial que pretendía el juez Ángel Moia por montos no percibidos durante la pandemia, en que estuvo suspendida la ley de enganche.
De la Redacción de Página Judicial
El Poder Ejecutivo rechazó un reclamo de Ángel Moia, juez de concursos y quiebras, que pretendía una recomposición salarial por las detracciones que se le habían impuesto durante la pandemia, cuando rigió una Ley de Emergencia Solidaria que suspendía la denominada ley de enganche.
Era previsible, en virtud de los antecedentes de otros magistrados, funcionarios y empleados del judiciales a quienes ya les habían rechazado planteos similares y que motivó a algunos de ellos a trasladar sus reclamos a los tribunales.
El rechazo, en este caso, se extiende a un secretario del Juzgado Civil y Comercial Número 9, Luciano José Tochetti, que también solicitado la “devolución” de aumentos no otorgados durante la vigencia de la Ley de Emergencia Solidaria.
El reclamo administrativo quedó resuelto a través del Decreto Número 965, fechado el 13 de abril, en el que se consignó que “el Estado provincial no tiene obligación o deber legal de devolver el porcentaje de 25,57 por ciento pretendido por los reclamantes, habida cuenta que el sistema de actualización automática de los haberes del Poder Judicial (…) estuvo suspendido durante la vigencia de la Ley Número 10.806, desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021 y porque en numerosas causas la judicatura local rechazó las acciones de inconstitucionalidad de la citada ley de emergencia”.
Entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, en plena pandemia de Covid-19, rigió en la provincia una emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, sanitaria, administrativa y previsional, con objetivo de asegurar el cumplimiento de las funciones inherentes al Estado en materia sanitaria.
La norma, aprobada por la Legislatura y validada en los tribunales, entre otros aspectos, suspendía la denominada “ley de enganche”, por la que se rige la actualización salarial del Poder Judicial y aplica en forma automática todo incremento que por cualquier concepto disponga la Corte Suprema.
En el período de vigencia la ley de emergencia, la Corte Suprema se auto-concedió cinco aumentos salariales, que representaban un 55,96 por ciento; mientras que la Provincia otorgó un 24,2 por ciento al Poder Judicial.
En ese marco, hubo distintos reclamos que se canalizaron a través del STJ, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial y los sindicatos que representan a los empleados que pretendían la “devolución” de la diferencia.
El diferendo fue saldado a partir de la decisión del Poder Ejecutivo de otorgar un incremento total y remunerativo, que se liquidó en forma escalonada en un 8 por ciento con los haberes de octubre de 2023, 16 por ciento con los haberes de noviembre de 2023 y 24 por ciento con los haberes de diciembre de 2023 para todos los magistrados, funcionarios y empleados judiciales; y donde se explicitó que no se trataba de una “devolución” de lo que no se había abonado durante la vigencia de la ley de emergencia, sino de una “decisión voluntaria del Poder Ejecutivo”. Hay quienes no lo aceptaron y aún litigan en tribunales. Moia podría escoger ese camino.
La constitucionalidad de la Ley de Emergencia Solidaria fue refrendada por pronunciamientos judiciales que ratificaron que “la detracción que sufrieron los haberes no resultó confiscatoria ni desproporcionada (…) ni ha conculcado las garantías y derechos constitucionales”.
Fuente: Entre Ríos Ahora.