VIOLENCIA INSTITUCIONAL

Crónica de una muerte evitable

19/02/2024

La muerte de Ariel Goyeneche en un procedimiento policial expone la necesidad de que haya plena implementación de la Ley de Salud Mental para que las personas que atraviesan una crisis de salud mental o derivada de un consumo problemático de sustancias reciban la atención adecuada.

Crónica de una muerte evitable

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

Ariel Alejandro Goyeneche, 38 años, fue detenido el 12 de febrero, alrededor de las cinco de la mañana, a pocos metros de su casa, en Paraná. La Policía intervino después de que un vecino alertara sobre la presencia de una persona en los techos. Lo pararon cuando bajó. Gritaba que lo perseguían para matarlo. Los efectivos intentaron identificarlo y, según la versión oficial, estaba “exaltado y nervioso”, por lo que decidieron trasladarlo hasta la Comisaría Segunda para el procedimiento de identificación. Los policías subieron al joven al móvil y cuando estaban llegando a la dependencia, siempre según su versión de los hechos, comenzó a gritar que lo perseguían, rompió una ventanilla del patrullero de una patada, logró salir y, cuando los efectivos intentaron “sujetarlo”, el joven se descompensó y comenzó a despedir un líquido por la boca.

Este es un episodio que expone los abordajes violentos que tienen las fuerzas de seguridad hacia personas con problemas de salud cuando son puestas a cumplir un rol para el que no están preparadas.

Sospechado de un delito en flagrancia, Ariel fue trasladado en un patrullero hasta la Comisaría Segunda, esposado; es decir, para su identificación, la respuesta fue el encierro, lo que no hizo más que agravar el problema. Según la versión policial, al llegar a la dependencia, el joven empezó a gritar desde el patrullero, rompió una ventanilla de una patada y logró salir del vehículo; y cuando los efectivos intentaron “sujetarlo”, se descompensó y comenzó a despedir un líquido por la boca. Los mismos agentes le realizaron maniobras de reanimación cardiopulmonar hasta que llegó una ambulancia que lo trasladó al Hospital San Martín, donde se constató el fallecimiento.

Pasadas las cinco y media de la mañana, el fiscal en turno recibió una llamada en la que le avisaban de la muerte de Goyeneche. Inmediatamente decidió apartar a la Policía de Entre Ríos y asignar la investigación a Gendarmería Nacional.

El informe preliminar de la autopsia reveló que la muerte se produjo por asfixia. Los videos registrados por vecinos de la Comisaría Segunda muestran que Ariel estuvo durante varios minutos en el piso, boca abajo y esposado; con un policía sosteniéndolo de las piernas y otro encima presionándolo, mientras gritaba pidiendo ayuda: “Por favor, ya está, basta”, se lo escucha.

Hasta el momento no se han tomado medidas respecto de los policías que intervinieron en el hecho, aunque los agentes que patrullaban e hicieron el traslado aquella madrugada designaron un abogado defensor en la fiscalía. A nivel administrativo, se abrió un sumario a cargo de la Dirección Asuntos Internos, pero el jefe de policía, Claudio González, aclaró que los agentes continúan en servicio activo.

Tras el episodio que devino en la muerte de Ariel Goyeneche se pudo reconstruir un accionar policial que no contempló la situación crítica en que se encontraba. Su familia ha admitido que el joven tenía una adicción y atravesaba una recaída en el consumo problemático de sustancias; y considera que si los policías hubiesen actuado aplicando los protocolos de salud mental el joven estaría vivo.

El hecho, más allá de la responsabilidad penal que pudiera caber sobre los policías, expone la necesidad de que haya una plena implementación de la Ley de Salud Mental para que esas personas reciban la atención adecuada.

Pero también renueva el debate sobre la naturalización de una práctica policial que consiste en detener o demorar a personas por contravenciones o delitos leves, como ocurrió con Ariel Goyeneche.

En 2021, Vicky Núñez, una joven trans paranaense de 27 años, falleció en circunstancias que, como en el caso de Ariel, involucran a la Policía de Entre Ríos. El 21 de julio, la Policía acudió a un llamado de la madre de la joven que solicitaba asistencia ante una crisis de salud mental. A la casa de Vicky llegaron tres patrulleros, los policías irrumpieron agresivamente en la casa donde vivía con su pareja, la esposaron en el suelo, boca abajo, y la redujeron entre varios. En ese contexto, la joven se descompensó y falleció unos minutos después en el Hospital San Martín.

La incapacidad para tratar estos casos no es solo responsabilidad policial, sino también de sectores políticos y sociales que cargan las tintas sobre el endurecimiento del castigo como única respuesta estatal a la conflictividad.

El Estado es responsable de la integridad de las personas que detiene. En casos de personas con padecimientos de salud mental, el abordaje debería pasar por ámbitos de atención de la salud, no por la intervención penal.

La Ley de Salud Mental, sancionada el 25 de noviembre de 2010, establece que la intervención en una situación de crisis debe hacerse a través de un procedimiento en el que intervenga personal de salud y que, de ser necesario, pueda contar con el auxilio de las fuerzas de seguridad, que también deben estar capacitadas. La formación ayuda a garantizar los derechos de las personas con padecimientos de salud mental y también cuida a quienes intervienen. La norma determina que en situaciones de urgencias es posible realizar una internación y brinda herramientas para resguardar los derechos de la persona y sus familiares hasta que el momento de crisis haya pasado.

Entre Ríos adhirió a la ley nacional y estableció instancias de capacitación a las fuerzas policiales para adecuar sus prácticas ante situaciones que involucran a personas con crisis de salud mental o con consumos problemáticos de sustancias.

A nivel nacional existe un protocolo que establece, entre otros lineamientos, que “las fuerzas policiales y de seguridad federales tienen el deber de dar intervención inmediata a los organismos con competencia primaria en materia de salud mental y de trabajar articuladamente con las agencias de salud estatales que correspondan a la jurisdicción en la que se encuentre”. La provincia, sin embargo, carece de un protocolo de actuación.

Ello no es óbice para que un procedimiento establecido para resguardar los derechos de las personas y de quienes las rodean terminen con alguien herido o muerto, como en los casos de Vicky Núñez o Ariel Goyeneche.

Estas situaciones ponen en evidencia la necesidad de trabajar para la plena implementación de la Ley de Salud Mental, a fin de garantizar todos los recursos que necesitan las personas con padecimientos de salud mental para recibir la atención adecuada y evitar que hechos de estas características continúen sucediendo.