LEY ÓMNIBUS

Milei quiere un juicio por jurados con jueces vestidos de toga y martillo

28/12/2023

La ley ómnibus propone establecer los juicios por jurados en forma obligatoria para todos los delitos federales cuya pena en expectativa sea superior a los cinco años de prisión. Uno de los aspectos más llamativos del proyecto es que los jueces utilicen esa indumentaria, tal como puede verse en muchas producciones de cine o televisión.

Milei quiere un juicio por jurados con jueces vestidos de toga y martillo

De la Redacción de Página Judicial

 

El proyecto de ley ómnibus impulsado por el gobierno de Javier Milei dedica un capítulo al sistema judicial, con un punto que prevé la implementación del juicio por jurados en materia penal.

El colectivo de leyes de Milei, denominado pomposamente como Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos, del mismo modo que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), implican la aplicación de políticas de ajuste y recorte de derechos. Entre tantas cosas, plantea eliminar el Inadi, reformar el código electoral, modificar impuestos, blanquear capitales y restringir el derecho a la protesta y limitar las reuniones públicas de más de tres personas.

También prevé reformas en el sistema judicial, como el divorcio exprés, sin intervención de abogados; y la implementación del juicio por jurados en materia penal, algo que había sido esbozado por Milei durante la campaña.

El proyecto busca establecer el juicio por jurados en el sistema federal, es decir, la participación de ciudadanos comunes que deberán determinar la culpabilidad o no de una persona que ha sido acusada de un delito.

La iniciativa contempla, como una muestra hilarante de penetración cultural, que los jueces que presidan las audiencias deberán vestir una toga negra y utilizar un martillo para abrir y cerrar las sesiones o cada vez que deban resolver alguna incidencia, como una reminiscencia a ciertas raíces imperiales.

El sistema de juicio por jurados que se pretende instrumentar en el ámbito de la administración de la Justicia Federal parece tomado del modelo estadounidense, aunque se trata de un modo de juzgamiento establecido en la Constitución Nacional de 1853. Por ejemplo, en la disposición en la sala de audiencias, los testigos se sentarán al costado del juez y de cara al público, a diferencia de lo que ocurre en cualquier juicio, donde los declarantes se ubican de espaldas al público y frente al juez.

El proyecto detalla que “serán obligatoriamente juzgados por jurados todos los delitos que en el Código Penal y las leyes complementarias tengan prevista una pena máxima en abstracto mayor a los cinco años de prisión o reclusión”.

El jurado estará integrado en todos los casos por doce miembros titulares y, como mínimo, por dos suplentes, aunque se contempla que el juez podrá ordenar que haya más suplentes de acuerdo a la complejidad del caso; el panel de jurados titulares y suplentes deberá estar obligatoriamente integrado por mujeres y hombres en partes iguales, quienes deberán residir en el distrito judicial donde se produjo el hecho. Desde la audiencia de selección, los jurados gozarán de inmunidad, similar al sistema de fueros que protege a los legisladores.

Según el texto, “la actuación de los juicios criminales ordinarios (…) se hará en la misma jurisdicción donde se hubiere cometido el delito” y “el debate será dirigido por el juez que resulte designado, quien ejercerá todas las facultades de dirección, policía y disciplina del Código Procesal Penal Federal”.

El jurado deberá deliberar sobre la prueba y determinar “la culpabilidad o no culpabilidad, o la no culpabilidad por razón de inimputabilidad del acusado”, dará el veredicto “según su leal saber y entender” y no fundamentará su decisión.

El veredicto debe ser unánime; si el jurado no alcanzare la unanimidad en un plazo racional de deliberación, el juicio se declarará estancado y podrá juzgarse nuevamente ante otro jurado. Si el segundo jurado también se declarase estancado, el juez absolverá al acusado. En tanto, un veredicto de no culpabilidad será irrecurrible.

Entre Ríos se unió al grupo de jurisdicciones argentinas que instauraron el juicio por jurados en 2019. Desde entonces se han realizado 77 juicios con intervención de jurados populares en los 17 departamentos. Un detalle que dio a conocer hace algunas semanas el Servicio de Información y Comunicación del Poder Judicial muestra que se conocieron 75 veredictos unánimes, con 66 de culpabilidad; y 3 juicios que se declararon estancados, de los cuales uno volvió a desarrollarse y el imputado fue encontrado culpable.

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