PERIODISMO RESPONSABLE

El periodista que acusó a un intendente de esconder datos sobre el Covid-19

12/07/2023

Jorge Valdez, dueño de una FM de Concordia, resultó sobreseído en una causa por intimidación pública por haber acusado a las autoridades municipales de ocultar datos sobre la pandemia de Covid-19. La historia de un periodista marginal que agredió a un gobernador y bordea los límites de la legalidad en el ejercicio de la profesión. Escuchalo en Audionoticias.

El periodista que acusó a un intendente de esconder datos sobre el Covid-19

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

La pandemia volvió a poner al periodismo ante el desafío de acentuar su tarea fundamental, cual es obtener y transmitir información fiable, que haya sido verificada y que sea accesible para la sociedad.

¿Cómo verificar la información errónea sobre el Covid-19? ¿Cómo es que todo tipo de falsedades ampliamente difundidas perjudican a las sociedades y constituyen una amenaza a la salud pública? ¿Qué herramientas tienen a mano los periodistas para informar correctamente sobre una pandemia sin precedentes?

Son algunas preguntas que interpelan a los periodistas al momento de dar información sobre el Covid-19 para brindar a las audiencias información precisa y ayudarlos a tomar decisiones informadas.

El protagonista de esta historia es Jorge Luis Valdez, dueño de FM Record’s de Concordia y referente del Frente Social de Desocupados de Entre Ríos, tal su presentación.

Valdez tiene un historial que es necesario repasar antes de ingresar en aquello que lo convirtió en noticia en estos días. En 2009 agredió al entonces intendente de Concordia, Gustavo Bordet, durante un acto público y el actual gobernador lo denunció por amenazas y extorsión ya que, según dijo, Valdez habría recurrido a planteos intimidatorios para solicitar publicidad oficial para su radio y organizó un grupo de desocupados a través del cual solicitó subsidios. En 2016 fue condenado a prisión condicional por haber prendido fuego una moto en un procedimiento en el que, además, amenazó de muerte a los policías que lo llevaban a cabo. Luego tuvo otra causa por resistencia a la autoridad en el que fue condenado en primera instancia y luego sobreseído por la Cámara de Casación Penal en otro operativo de control vehicular en el que le habían secuestrado una moto a su hijo porque circulaba sin la documentación.

Hace unos días, el mismo Valdez fue sobreseído en un proceso penal que lo tenía imputado por el delito intimidación pública a raíz de haber acusado a la Municipalidad de Concordia de ocultar datos sobre el Covid-19.

El hecho que motivó la acusación contra Valdez ocurrió el de 2 mayo de 2020, en los primeros meses de pandemia, durante una transmisión radial en la que el periodista –acaso sea una generosidad llamar periodista al dueño de la radio– dijo que el municipio ocultaba la existencia de pacientes cursando el Covid-19, en el Sanatorio Concordia y acusó directamente al intendente Alfredo Francolini.

“Francolini, ¿por qué tenés tanto hermetismo si en Concordia no hay coronavirus? Yo dije: ¿por qué no abrís para que la pobre gente venga a buscar remedios? Usted tendría que haber hecho una conferencia de prensa y nos tendría que haber dicho a todos los ciudadanos de Concordia. ¿O miento? Hágame juicio. El único medio en Concordia que está diciendo que murió una persona con coronavirus y que hay una persona de sexo femenino grave en el mismo estado es Valdez. Usted señor Francolini tiene todo el poder de mandarme en cana, pero yo tengo papelito. A ver quién de los dos gana, porque yo tengo papelito, y usted le está mintiendo a la gente. El 30 de abril, en el Sanatorio Concordia, una persona de poco más de 60 años afiliada al Pami, sexo masculino que murió; hay una señora internada que está grave, pero me lo guardo para mí. Haceme juicio, Francolini, te lo pido por favor. Te llevo puesto, papito”, disparó Valdez desde el micrófono de su radio.

Como hecho accesorio se advirtió sobre la falsedad de los datos expuestos por Valdez, ya que el resultado del análisis de laboratorio que se conoció al día siguiente respecto del hombre a quien se había referido el dueño de la radio dio negativo para Covid-19, aunque en ese momento no podía saberlo, a pesar de la temeridad de sus afirmaciones.

Tres años después, y habiéndose decretado ya el fin de la pandemia, la jueza Mariela Emilce Rojas, del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, dictó el sobreseimiento de Valdez, haciendo lugar a los planteos de la defensora oficial Julieta Elizalde y de la fiscal Milagros Squivo.

El delito de intimidación pública implicó, en este caso, por haber dado “voces de alarma” a través de los medios de comunicación para infundir un temor o suscitar tumultos o desórdenes.

Pero la defensora oficial señaló que las manifestaciones de Valdez, en el tenor en que fueron realizadas y por el contenido en el que se expresaron, no podrían haber provocado un temor en la sociedad porque la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya había decretado la pandemia a nivel mundial e incluso había sido reconocida por el gobierno argentino. De hecho, al 2 de mayo ya se habían registrado 229 muertos reconocidos por el Ministerio de Salud de la Nación como víctimas del Covid-19.

“Si lo que se exige es que una persona genere un temor sobre un riesgo que no existe, no se cumple ese requisito, porque el riesgo era real y existente, es decir, el temor generalizado por la pandemia se encontraba acreditado”, sostuvo la defensora pública.

Por su parte, la fiscal introdujo un elemento interesante al debate: dijo que “la Constitución Nacional garantiza una amplia protección a la libertad de expresión” e incluso advirtió que en aquellos primeros meses de aislamiento “primó la ligereza” y, en el caso de los comunicadores sociales, “no obstante el deber de verificar la información antes de divulgarla, tal vez en un clima de confusión social, en muchas ocasiones difundían información inexacta”. No obstante, agregó, “el acceso a la información pública debe primar ante el riesgo del error sobre la divulgación de ciertos hechos”.

La jueza tomó ambos argumentos y resaltó que “este hecho, puesto en contexto, aparece como una más de las noticias que circularon en ese entonces por los medios masivos de comunicación, en muchos casos omitiéndose la verificación de la fuente informativa y su comprobación”. Dijo además que “en esta situación aparecen en escena la desinformación y los rumores, junto con la manipulación de la información con intenciones dudosas”.

Sin embargo, aclaró que “las noticias impartidas por Valdez no resultaron idóneas para generar el temor público porque el contexto de la pandemia ya había puesto a la población en una situación de temerosidad” y dejó en claro además que “la información brindada por los medios masivos de comunicación encuentra resguardo en la amplia garantía que nuestra Constitución le da a la libertad de expresión”.

Valdez resultó sobreseído. Sin embargo, el caso es una invitación al debate sobre el ejercicio periodístico y el rol de los medios de comunicación en un contexto de alarma social en el que abundaron ejemplos de desinformación, falsos rumores, fake news y manipulación de la información con intenciones dudosas.

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