OPINIÓN

Una ley que dará más transparencia a la selección de las mejores personas para el Poder Judicial

08/09/2022

El diputado Ángel Giano destacó la aprobación de la nueva ley para el funcionamiento del Consejo de la Magistratura. En esta columna de opinión, el presidente de la Cámara de Diputados sostuvo que las reformas establecidas por la Legislatura buscan generar una evolución en la calidad institucional y mejorar los procesos de selección de magistrados.

Una ley que dará más transparencia a la selección de las mejores personas para el Poder Judicial

Ángel Giano (*)

 

La Cámara de Senadores de Entre Ríos dio sanción definitiva al proyecto de ley que modifica y ordena en un texto único las cinco leyes que rigen el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, organismo en el cual se evalúan y seleccionan las mejores personas para integrar el Poder Judicial.

Los Consejos de la Magistratura deben ir evolucionando y mejorando sus procesos para poder seleccionar a las juezas, jueces, funcionarias y funcionarios de los Ministerios Públicos. Tienen un funcionamiento muy dinámico ya que, para ir perfeccionando sus sistemas de selección, sus normas deben ir cambiando y adaptándose a los nuevos contextos sociales con el objetivo de solucionar fallas que, con el paso del tiempo, se han ido detectando. Por ello deben mejorarse continuamente sus funcionamientos, siempre para dotarlos de mayor transparencia y agilidad.

La ley permite mejorar el proceso de selección y dota de más transparencia al organismo constitucional, corrigiendo debilidades surgidas en los casi veinte años de funcionamiento. Todas las leyes y organismos constitucionales tienen que ser revisados, con el propósito de fortalecer y generar los cambios necesarios para optimizar el funcionamiento.

Esta ley no solo enriquece, transparenta e imprime celeridad al trámite de los concursos, sino que pone en pie de igualdad en todas las instancias a las y los concursantes.

Quienes más sugerencias aportaron fueron la Asociación de la Magistratura –en tres oportunidades concurrió a la Cámara de Diputados su presidente para expresarse– y el Colegio de la Abogacía –en cuatro oportunidades lo hizo su presidente–. De los treinta aportes realizados por esas instituciones, fueron incorporados a la ley veintidós. Eso demuestra que nuestra forma de trabajar el proyecto fue absolutamente participativa y amplia, dando voz a cada una de las instituciones, escuchando sus sugerencias.

La reforma perfecciona el sistema, dándole más institucionalidad, representación y pertinencia a toda la Provincia. Se garantiza la paridad de género y se otorga celeridad a los concursos públicos. A su vez se incorporan las universidades públicas con sede en Entre Ríos y se promueve la transparencia en la elección y participación de los representantes de las organizaciones sociales con personería jurídica o gremial, cuyo objeto social sea la defensa del sistema democrático y los derechos humanos y el sistema republicano de gobierno, porque eso es lo que exige la Constitución expresamente.

Toda institución de la democracia y plasmada en la Constitución Provincial debe ser revisada, retomando el concepto inicial de la participación ciudadana y diversa que es menester preservar, con el propósito de afianzar su fortaleza. Por ello, si en la práctica se advirtieron fallas y la necesidad de mejorar su funcionamiento, la nueva norma recoge las propuestas, aportes y experiencias para poder mejorarlo, en una muestra de maduración institucional y democrática, participativa y plural.

Sin dudas, la incorporación de miembros de reconocida trayectoria en el ámbito académico y científico pertenecientes a las Universidades con sede en Entre Ríos (UNER, Uader, UCA y UCU) y el perfeccionamiento de la elección de representantes de las organizaciones sociales, contribuirá a ese fortalecimiento, además del Banco de Casos público y las nuevas causales de recusación y excusación, evitarán procesos en los que se afecte el anonimato, la transparencia y la objetividad. También la intervención del Superior Tribunal de Justicia al establecerse la necesidad de requerirle informes, que aporten casos y jurados a los estamentos que conforman el Consejo de la Magistratura y la celeridad en la solución de los conflictos que agilizará las discusiones administrativas y judiciales que planteen postulantes.

(*) Presidente de la Cámara de Diputados de Entre Ríos.