Jury

“No existen precedentes de juzgamiento por no haberse inhibido”

06/05/2022

Lo dijo el defensor Lambruschini en referencia a la acusación de la relación comercial que mantenían Goyeneche y el imputado en dos propiedades, además de la amistad de su esposo. Cuestionamientos a todo el proceso e integración del Jurado de Enjuiciamiento.

“No existen precedentes de juzgamiento por no haberse inhibido”

De la Redacción de Página Judicial 

 

Leopoldo Lambruschini fue quien dio el punta pie inicial en el alegato por parte de la defensa. El abogado cuestionó las decisiones y la integración del Jurado de Enjuiciamiento en todo el proceso, en el que también coló el “acotado” tiempo que se destinó para los alegatos. Todos los cuestionamientos quedaron reservados al caso federal.

El representante de Cecilia Goyeneche suscribió todo lo expuesto el miércoles pasado por el procurador general, Jorge García, en lo que “respecta al apartamiento del debido proceso” por parte del jury al correr al Ministerio Público Fiscal para que sea quien acuse a la procuradora adjunta.

“El acusador no hace más que explicitar lo que ya alertáramos en nuestros alegatos de apertura, más allá que la acusación no alcance satisfacer la motivación del artículo 151. Para decirlo más claramente, en lo que respecta a la doctrina sobre la arbitrariedad de la Corte”, dijo.

Entre las causales que se le achacan a la fiscal aparece una relación comercial con el contador Pedro Opromolla, imputado en la causa conocida como “contratos truchos”. Goyeneche y el imputado aparecieron, durante la investigación, como propietarios en dos departamentos.

Lambruschini explicó por qué su defendida no ocultó la relación con Opromolla, imputado en la causa “contratos truchos” y que tuvo en suerte en quedar excluido de las prisiones preventivas. Lambruschini cuestionó que el acusador Gastón Justet evaluara como una misma cosa “ocultamiento y negación”, ya que respecto a este último término justificó que no existió porque en el mismo fideicomiso aparecen la mismísima procuradora y el imputado.

Para el defensor, “no existe una norma administrativa que de alguna manera defina estas prohibiciones”, sostuvo en referencia a las causales por las que se llevó a la fiscal a sentarse en el banquillo de los acusados.

“Estos tipos disciplinarios, lejos de definir conductas susceptibles de motivar sustitución, se limitan a regular calificaciones jurídicas y no qué conducta pública o privada puede ser incompatible con el ejercicio del cargo o qué faltas definen un mal desempeño”, apuntó.

Y agregó: “No existen precedentes de juzgamiento por no haberse inhibido. Lo absurdo de este planteo implicaría que cada vez que prosperara una recusación sería susceptible por mal desempeño o por conducta incompatible con su labor”.

Contra todos

Enrique Pita, el otro defensor de Goyeneche, se enfocó en enumerar cuestiones de índole societarias, para explicar que entre su defendida y el imputado Opromolla no había una relación comercial.

El final quedó para Goyeneche. Cargó en duros términos contra el Jurado de Enjuiciamiento y Justet. Remitió a la falta de legitimidad del jury y leyó parte del informe publicado en Clarín en que supuestamente la ONU se interesó por el caso.

Efectuó una crítica a la formulación de cargos, dijo desconocer la acusación y criticó duramente la posición de “afectar la imagen de la justicia”, sostenido en su alegato por Justet.

Se refirió  nuevamente a que todo surge como corolario de la investigación llevada a cabo en la causa “contratos” y remarcó que “no existe un decálogo de códigos morales que destaquen que tenía que excusarme” ya que sostuvo: “tampoco hay anclaje normativo que me obligue a hacerlo”.

Efectuó una analogía con “el viejo testamento” de la biblia, donde aseguró: “Me remití el fin de semana para tratar de encontrar esos mandatos morales que me obligaban a apartarme”.

Por último justifico las fotos familiares con Omoprolla sosteniendo que fue “casual” y en el marco de un acto académico.

La jornada cerró con cerrado aplausos, de pie, por parte de los fiscales presentes que acompañaron a su superior durante toda la audiencia.