ESCÁNDALO

El error que hizo caer el juicio a Torner

06/10/2021

El juez Daniel Edgardo Alonso dispuso el sobreseimiento de Marcos Benito Torner, hermano de la ex concejal del radicalismo de Paraná, en la causa que enfrentaba por los delitos de venta de medicamentos sin autorización y ejercicio de la actividad farmacéutica sin estar habilitado. El proceso se cayó porque el Ministerio Público Fiscal no presentó las pruebas para hacer el juicio.

El error que hizo caer el juicio a Torner

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

Marcos Benito Torner, hermano de la concejal que se hizo famosa por sus delirantes proyectos, fue sobreseído en la causa que enfrentaba por acopio y venta de medicamentos sin autorización. No fue declarado inocente. Apenas sobreseído porque el Ministerio Público Fiscal omitió la presentación de las pruebas para el juicio.

El juez Daniel Edgardo Alonso decretó el sobreseimiento de Torner “en función de la omisión o inactividad desplegada por el Ministerio Público Fiscal durante el plazo de ofrecimiento de prueba”, es decir, porque no se había presentado en tiempo y forma la nómina de testigos que debían declarar en el juicio, los documentos, informes y evidencias que se le ofrecerían al juez para que analizara el caso.

Fuentes del Ministerio Público Fiscal consultadas por Página Judicial asumieron el error y lo atribuyeron a un error en el sistema informático; lo cierto es que la consecuencia es la impunidad de un delito grave contra la salud pública, que además echa por tierra el trabajo de investigación de cuatro años.

Torner estaba acusado por los delitos de venta sin autorización de medicamentos que requieren receta médica para su comercialización y por el ejercicio de la actividad farmacéutica sin tener título o habilitación especial para hacerlo.

La investigación había surgido en 2017, a raíz de un monitoreo fiscal y financiero de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el que se detectaron operaciones de compra de medicamentos por montos muy elevados, pese a que el Ministerio de Salud de la provincia había decretado primero la suspensión y luego el cierre definitivo de la “Droguería Marcos Benito Torner”, propiedad del hermano de la ex concejal del radicalismo paranaense, a partir del 11 de noviembre de 2014.

En un cruce de datos fiscales y movimientos financieros durante los años posteriores al cierre definitivo de la droguería se detectaron importantes diferencias entre lo declarado por Torner –que no tenía actividad declarada ante el fisco– y lo informado por distintos laboratorios que habían sido proveedores de su droguería. Por ejemplo, facturas y remitos librados por Pfizer SRL, Laboratorios Bagó SA, Bayer SA y Roemmers SA, entre otros, a nombre de Torner; y otros emitidos por el propio Torner a diversos laboratorios y droguerías.

La AFIP entonces le pidió a Torner que pusiera a disposición los libros; comprobantes de compras, ventas y gastos; detalles de activos y pasivos; y cuentas bancarias para analizar su comportamiento fiscal; pero como respuesta recibió la copia de una denuncia policial de extravío de la documentación contable con fecha posterior a la intimación y en la que no se consignaba ningún detalle de cómo se perdió.

En febrero de 2018, en un allanamiento realizado en un galpón ubicado en calle 9 de Julio 593, donde funcionaba la droguería, se encontraron miles de medicamentos, algunos de venta libre, otros que se venden bajo receta y algunos que solo se pueden comercializar bajo receta archivada –aquellos que por sus principios activos presentan cierto riesgo a la hora de suministrarlos, como antidepresivos o sedantes–.

Sorprendieron las pésimas condiciones ambientales que había en el depósito: el desorden, la suciedad y la humedad que reinaban en el lugar pudieron haber alterado los efectos terapéuticos de los medicamentos; además se hallaron remedios vencidos, cajas deterioradas y otras en el piso, cuando las normas indican que deben estar separadas al menos diez centímetros del suelo y los remedios encima de un palet o estante. Sumado a ello, el hecho de que se trataba de medicamentos ilegítimos, toda vez que no eran comercializados en farmacias sino en lugares no habilitados, como kioscos.

En abril de 2018 se realizó otro allanamiento, esta vez en una precaria vivienda de calle José Rodó 436, donde Torner había reinstalado el negocio, y otra vez se incautaron cientos de cajas con medicamentos de similares características y en las mismas condiciones.

Hubo después otro allanamiento en el galpón de calle 9 de Julio 593, en marzo de 2019, donde nuevamente se incautaron cajas con medicamentos que Torner seguía comprando a los laboratorios y revendía en kioscos y drugstores.

No estaban las pruebas

Una vez concluida la investigación, el juez Leandro Ríos se excusó y la causa fue remitida al juez Daniel Alonso para que lleve adelante un juicio correccional, ya que los delitos que se le imputaban a Torner tenían una pena inferior a los tres años de prisión.

El nuevo juez citó a las partes al juicio el 10 de noviembre de 2020 y fijó un plazo de cinco días para que hicieran el ofrecimiento de la prueba. Pero el Ministerio Público Fiscal no lo hizo o no lo hizo en el plazo previsto y, “en función de la omisión o inactividad desplegada por el Ministerio Público Fiscal durante el plazo de ofrecimiento de prueba, no existe caso justiciable o controversia a resolver”, por lo tanto, dispuso el sobreseimiento de Torner.

La explicación que dan en el Ministerio Público Fiscal es que, una vez recibida la citación a juicio, se hizo el ofrecimiento de prueba a través del sistema informático, pero por algún motivo no impactó en la plataforma que utiliza la Justicia Federal y cuando advirtieron lo que había pasado repitieron el procedimiento. El problema es que habían pasado cinco meses y los plazos estaban largamente vencidos, por lo que el defensor oficial Alejandro Castelli, que representaba a Torner, pidió que se dejara sin efecto el ofrecimiento de prueba por extemporáneo y se decretara la caducidad de la instancia, que implica la extinción de la acción debido a la inactividad del fiscal durante los plazos establecidos por la ley. Y el juez así lo hizo.

Alonso sostuvo que “el proceso solo puede subsistir en la medida en que las partes lo impulsen y que aquella actividad no puede ser reemplazada por el juzgador” y mucho menos, enfatizó, debe pagarla el ciudadano imputado de un delito.

El Ministerio Público Fiscal ensayó una apelación que también fue rechazada y así se le puso punto final a la causa que enfrentaba Torner… y se decretó la impunidad.

Sin embargo, Torner todavía debe respuestas a la justicia, por evasión de impuestos. Es que la droguería había sido habilitada el 9 de febrero de 2009, mediante la Resolución Número 87/09 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), y estuvo activa hasta el 1 de octubre de 2014 en que el Ministerio de Salud provincial decretó la suspensión de las actividades y el cierre definitivo el 11 de noviembre. Pero como habría continuado con la cadena de distribución de medicamentos más allá de esa fecha, la AFIP denunció una evasión de por 12.471.374,28 pesos por actividades no declaradas en 2015, 2016 y 2017.

De hecho, en el primero de los allanamientos al depósito de medicamentos se halló una cantidad exorbitante de dinero. Había 3.101.242 pesos, 198.444 dólares estadounidenses y 1.000 euros en cajas y escondrijos en los lugares más insólitos del local.