DERECHOS HUMANOS
Se estancó el jurado (justo) en un caso de gatillo fácil
01/04/2021
Un policía de Gualeguaychú está acusado el homicidio de Iván Pérez. El joven de 24 años fue asesinado de un disparo en la nuca mientras corría desarmado, de espaldas al efectivo policial y a casi cien metros de distancia. El jurado popular no logró un veredicto y ahora deberá realizarse un nuevo juicio.
De la Redacción de Página Judicial
El jurado popular que debía analizar la responsabilidad de un policía acusado por un caso de gatillo fácil no logró ponerse de acuerdo para arribar a un veredicto y el sargento Mauricio Javier Gómez quedó en libertad, aunque a la espera de un nuevo juicio.
El policía está acusado por el crimen de Iván Pérez, de 24 años, ocurrido 9 de octubre de 2019. Tras una denuncia por un robo ocurrido en un taller mecánico en el barrio Molinari, en la zona sur de Gualeguaychú, el Móvil 647, de la Comisaría Octava, ocupado por el sargento ayudante Juan Alberto Zapata y el sargento Mauricio Javier Gómez, se presentó en el lugar y, después de las indicaciones de los vecinos, detuvieron a una persona y comenzaron con la persecución de Iván Pérez, a quien consideraban sospechoso.
En un determinado momento los policías detuvieron la marcha del vehículo y el sargento Gómez se bajó, extrajo su pistola calibre nueve milímetros –el arma reglamentaria asignada al funcionario por la Policía de Entre Ríos–, apuntó y disparó por la espalda a Iván Pérez. El joven estaba desarmado; las pericias determinaron que el disparo se produjo a una distancia de entre noventa y cien metros, por lo que no representaba ningún peligro para los uniformados, y corría de espaldas a los policías que lo perseguían.
La defensa del policía argumentó que se trató de un hecho “involuntario” (sic), que Gómez no tuvo intención ni voluntad de quitarle la vida a Iván Pérez y cuestionó la investigación judicial que terminó con el efectivo sentado en el banquillo de los acusados.
Tras el juicio, el sargento Mauricio Gómez quedó en libertad y este jueves habría sido reincorporado al servicio activo, según trascendió, aunque continúa imputado por el delito de homicidio calificado por el abuso de la función y por el quebrantamiento flagrante del reglamento de la Policía.
El juicio tuvo una resolución inédita en la corta vida que lleva en vigencia el juicio por jurados: los doce ciudadanos deliberaron durante varias horas, no pudieron arribar a un veredicto que debía ser unánime. Esta situación está prevista en la ley cuando el jurado no alcanzare la unanimidad en un plazo razonable de deliberación. En una primera instancia, la jueza Alicia Vivian le dio al jurado la posibilidad de escuchar nuevamente a algunos o la valoración de algunas de las pruebas exhibidas durante el debate, pero el jurado continuó en la misma posición y, por lo tanto, se declaró estancado.
Como el fiscal Lisandro Beherán y el querellante Pablo Di Lollo, representante de la familia de Iván Pérez, manifestaron su decisión de continuar con la acusación, la jueza Alicia Vivian dispuso la disolución del jurado y ahora deberá realizarse un nuevo y definitivo juicio con otro juez y otro jurado, tal como lo prevé la ley provincial.
Como se dijo, es la primera vez que un jurado popular no logra un veredicto. En los cinco casos anteriores en que se realizaron juicios con jurados populares se condenó a las personas acusadas. En este caso, la fiscalía y la querella sostuvieron que “los hechos fueron sobradamente probados” durante el debate y denunciaron la estrategia de la defensa técnica que apuntó a la “demonización de la víctima” por su consumo problemático de estupefacientes y sus antecedentes penales.
Por disposición de la jueza Alicia Vivian, el sargento Gómez llegará en libertad al próximo juicio, aunque le impuso algunas restricciones: no podrá acercarse al barrio donde reside la familia de la víctima; no podrá tomar contacto con allegados a Iván Pérez, ni personalmente ni a través de las redes sociales u otros medios; tampoco podrá hacerlo con los testigos que declararon en la causa, algunos bajo reserva de su identidad; tendrá que fijar un domicilio que no podrá cambiar sin dar aviso a la justicia; y deberá presentarse cada diez días la unidad fiscal de Gualeguaychú.