OPINIÓN

La perspectiva de género en el Poder Judicial

28/02/2021

El juez Pablo Barbirotto reflexiona sobre la necesidad de que los operadores del sistema judicial tengan formación en cuestiones de género y se plantea si las respuestas de la Justicia son las adecuadas a las necesidades y reclamos de las víctimas y de la ciudadanía en la actualidad.

La perspectiva de género en el Poder Judicial

Pablo Barbirotto (*)

 

No me considero un especialista en cuestiones de género, ni mucho menos, pero intento aprender y desaprender de personas que sí lo son, y que día a día luchan y militan para eliminar las violencias, barreras y obstáculos que discriminan a las personas por su género.

En la experiencia de la Diplomatura en Género desde la perspectiva de los Derechos Humanos, Luciana Basso nos ha comprometido profesionalmente con lo aprendido para poder aplicarlo en nuestra vida, en nuestro trabajo, en cada sentencia, en cada resolución o dictamen de los equipos técnicos.

Esto es muy importante porque en los últimos años el Poder Judicial ha sido objeto de interpelación como muy pocas veces ha ocurrido en la historia de nuestra Nación, abriendo un debate sobre su funcionamiento que aún no está cerrado. Sin dudas, es un momento propicio para reflexionar y debatir si las respuestas de la Justicia son las adecuadas a las necesidades y reclamos de las víctimas y de la ciudadanía.

Hago propias las afirmaciones de Letizia Lorenzo, cuando expresa que el Poder Judicial es la aristocracia dentro de la democracia. Es una mezcla entre conservadora, formalista, ritualista y machista. Si hay un lugar en el que está arraigado el patriarcado es en el Poder Judicial.

Recordemos que los poderes judiciales surgen como organismos que estaban destinados a decidir sobre el patrimonio de los hombres blancos, burgueses y adinerados.

Hoy en día tenemos un montón de instrumentos internacionales que nos obligan a pensar en los vulnerables, en las personas en condición de desigualdad, pero seguimos manteniendo esa tradición de hombres decidiendo sobre asuntos de hombres, con leyes que son machistas y heteronormativas, con una formación universitaria en la heteronorma.

Los Consejos de la Magistraturas encargados de la selección de jueces, juezas, fiscales, defensoras y defensores siguen seleccionando en razón de conocimientos teóricos y casos de laboratorio, muchas veces alejados de la realidad, cuando es imprescindible, además del conocimiento técnico, que magistradas y magistrados estén más comprometidos con el acceso a justicia y a la gestión de la conflictividad y con perspectiva de género.

Cuando más se nota esta estructura patriarcal, machista y heteronormativa de la justicia es al momento de tomar decisiones que involucran a las personas más vulnerables, a las mujeres o colectivos LGBT+.

En el fuero penal, donde más se nota es en los delitos contra la integridad sexual. Hace veinte años, a los delitos sexuales se los llamaba “delitos contra el honor” y no está claro si se hablaba del honor de la mujer o del hombre que estaba con esa mujer.

En el proceso penal, los operadores le exigen a la mujer víctima de violencias o de abuso sexual un comportamiento heroico –aun cuando ya ha puesto en riesgo su vida para defenderse– para demostrar que realmente se había resistido. Y aunque cueste creerlo todavía, en el año 2021, se sigue viendo en algunas sentencias afirmaciones vinculadas al carácter, el modo de vida, la “actitud” de las víctimas, se alude qué estaban haciendo en ese lugar a esa hora o cómo estaban vestida.

Esta situación, sin dudas, debe interpelarnos como operadores de la justicia para capacitarnos adecuadamente –y no de manera meramente formal– para obtener las herramientas necesarias e incorporar la perspectiva de género en la labor judicial.

Debemos entender que la incorporación de la perspectiva de género en la labor jurisdiccional implica cumplir con la obligación constitucional y convencional de hacer realidad el derecho a la igualdad, remediando las relaciones asimétricas de poder. Es que, si no se incorpora la perspectiva de género en la toma de decisiones judiciales seguiremos fracasando en la lucha por la igualdad real de las personas –cualquiera sean sus identidades–, ya que no basta con legislaciones supranacionales, nacionales y provinciales de última generación si, a la hora de aplicarla, los operadores, principalmente los jueces, ignoramos la perspectiva de género y se sustancia el proceso con idénticos mecanismos procesales que cualquier proceso –no es lo mismo un robo que una violación o el despido de un trabajador o trabajadora municipal por vencimiento contractual, que el despido en los mismos términos de una persona trans– o hacer comparecer por la fuerza pública a una mujer que recién dio a luz a una audiencia para imputarle un hecho, por más grave que sea. De lo contrario se la juzgará olvidando la cuestión del género y su problemática que es, en definitiva, lo que da origen al conflicto.

La ausencia de perspectiva de género afecta, sin lugar a dudas, mayoritariamente a las mujeres, a las personas trans y al colectivo LGTB+, pero los hombres tampoco estamos exentos y nos convertimos en víctimas de nuestra masculinadad. Un ejemplo de ello es el caso de los rugbiers acusados de dar muerte a Fernando Báez Sosa.

Según un informe reciente del Ministerio de salud, en nuestro país, durante el año 2018, más de seiscientos varones de entre 15 y 29 años murieron por agresiones. Muertes juveniles por riñas y ataques callejeros. Estos datos expresan las consecuencias del “mandato de masculinidad”: los varones no nacemos machos, ni mucho menos violentos, sino que es un aprendizaje que se internaliza a lo largo de un proceso de socialización desde que nacemos. Así, por ejemplo, crecemos con mandatos tales como “si una mujer te dice que no quiere estar con vos… insistile”, “si el pibe se zarpó, tirale una piña”, “si pinta, metele una patada en la cabeza”, “los hombres no lloran”.

En este sentido, la fuerza física, la virilidad, la represión emocional operan como medidas para separarse de aquello que está connotado como femenino. No ser un niño, una mujer ni un homosexual marca el camino para la construcción de la identidad masculina.

Al decir de Rita Segato, hoy por hoy, a los hombres no nos queda más que la violencia para probarnos a nosotros mismos y a nuestros pares que lo somos. Actuamos como si estuviéramos rindiendo examen y poniendo en juego nuestra hombría.

Pero todo esto puede cambiar. Para empezar a cambiar se necesita educación sexual integral con perspectiva de género, no solo en el Poder Judicial sino en todas las disciplinas y profesiones, y también trabajar en los microespacios, como los clubes deportivos; se insiste en la necesidad de trabajar esos ejes desde los primeros años.

Es indispensable la educación sexual integral con perspectiva de género porque permitirá prevenir un gran número de abusos sexuales en la niñez, porque una niña o un niño que conoce su cuerpo tiene menos posibilidades de ser víctima de abuso sexual y la manera en que los varones nos relacionamos entre nosotros y con otros géneros (violencias).

Es imperioso fortalecer la educación sexual integral a partir de la primera infancia y en todos los ámbitos. Esta es una de las herramientas clave que tiene el Estado para cambiar la realidad.

Porque si esto lo aprendimos los varones luego de siglos de patriarcado, también se puede “desaprender”. De ahí la importancia de la ESI, la educación sexual integral.

En el siglo XXI no nos podemos dar el lujo de no entender que nuestra función dejó de ser la protección del patrimonio de los hombres blancos y pasó a ser garantizar el acceso y la amplitud a las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad. Los debates actuales que se están dando exigen juezas y jueces comprometidos, que tengan una mirada de derechos humanos, de género y de respeto por los vulnerables.

Parafraseando a Susana Medina, la presidenta para América Latina y el Caribe de la Asociación Internacional de Mujeres Juezas, por más que nos llene de vergüenza admitirlo, hay muchas personas en todos los estratos sociales que no respetan el paradigma de igualdad de géneros y violan los derechos humanos de las personas en forma constante, continua e impune, con el agravante que a veces lo hacen desde el mismo Estado. De allí la necesaria intervención de la Justicia.

(*) Juez Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Paraná.