Negociaciones incompatibles
El juez rechazó el pedido de sobreseimiento de Urribarri
23/02/2021
Sostuvo que más allá por haber estado de licencia, el entonces funcionario seguía ostentando el cargo. Rechazó el argumento en que los organismos de control convalidaran los actos de gobierno.
De la Redacción de Página Judicial
El juez de Garantías Nº4, Mauricio Mayer, rechazó el pedido de sobreseimiento de Sergio Urribarri en la causa en la que se lo imputa por negociaciones incompatibles en la contratación de una empresa dedicada a los registros catastrales cuyo director es el paraguayo Diego Cardona Herreros. Además de los hechos de peculado y cohecho.
El ex gobernador y actual embajador argentino en Israel había rechazado cualquier vinculación con el empresario y adujo que cuando se llevaron adelante las acciones para contratar la firma, él estaba en uso de licencia como ministro de Gobierno, porque Jorge Buti, su antecesor, se la había otorgado en el marco de la campaña electoral de 2007. Hacer click aquí para ver la crónica de la audiencia de este martes. O ver aparte.
“Para dictar un sobreseimiento se requiere un grado de conocimiento de certeza”, expresó Mayer para empezar su argumentación en la que no hizo lugar al ex gobernador.
Para el magistrado, “la trascendencia social de estos hechos, tiene que ver con la credibilidad del Estado de Derecho, de sus funcionarios y del funcionamiento de la administración pública. Hace al pacto social, la íntima relación de los ciudadanos las personas que gobiernan”, apuntó y señaló que “esa certeza se adquiere en un debate contradictorio y los jueces serán los que deben analizar el material y disponer en relación a eso”.
Mayer rechazó el argumento de Urribarri que apuntaba a desligarse al haber estado de licencia cuando se empezó la investigación de los hechos. “El pedido -y otorgamiento- de licencia para nada desnaturaliza el carácter de funcionario. Era ministro de Gobierno, no dejó de ser ministro por estar de licencia. Urribarri tomó licencia pero no dejó de ser ministro”, afirmó.
El juez también rechazó el argumento sobre la intervención de los organismos de control. “Los controles administrativos tienen el carácter de autocontrol, el control externo es el control jurisdiccional”, sostuvo. No es la primera vez que la defensa de Urribarri apela a los organismos de control. La pregunta que cabe e, quizás, para qué sirven esos organismos que no han podido detectar una sola irregularidad.
Sobre la dilatación del proceso, que lleva cuatro años y que la defensa a cargo de Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, cuestionaron, Mayer dijo: “Me pronuncio por que se resuelva lo más pronto posible y que estemos en condición de celebrar la audiencia de remisión a juicio. Entiendo que en tres meses debemos estar en condiciones de celebrar esa audiencia”.