JUSTICIA Y EDUCACIÓN

La justicia confirma el despido de un docente con un respaldo a la autonomía universitaria

01/07/2020

La Universidad Nacional de Entre Ríos dispuso la cesantía de un docente por considerar que ha perdido su capacidad psicofísica para estar al frente del aula. La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la decisión con un fuerte respaldo a la autonomía consagrada en la Reforma Universitaria de 1918.

La justicia confirma el despido de un docente con un respaldo a la autonomía universitaria

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

Uno de los legados que dejó la Reforma Universitaria de 1918 es la autonomía, porque eso beneficia el desarrollo del conocimiento, el avance científico, la innovación social y cultural en condiciones de libertad. Cuánto más en su forma de gobierno, en el manejo del presupuesto y en la contratación del personal.

La autonomía universitaria entonces le incumbe y le hace bien a toda la sociedad.

Sobre ese principio se sostiene la decisión de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) de separar de su cargo a un docente de la Facultad de Ingeniería por considerar que ha perdido su capacidad psicofísica para estar al frente del aula u ocupar cualquier otro cargo.

Claro que las resoluciones definitivas de las universidades nacionales no están exentas del control judicial y entonces el docente presentó un recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, invocando la arbitrariedad del despido y reclamando el pago de los salarios que dejó de percibir desde que fue suspendido en la tarea docente, más una indemnización y un resarcimiento por daño moral.

Pero para comprender mejor el final de esta historia es necesario capitular hacia atrás.

El hombre se desempeñaba como docente en la Facultad de Ingeniería desde 1999, pero hubo un hecho que marcó su destino: el 2 de septiembre de 2006, cuando iba a dar clases, sufrió un terrible accidente automovilístico en Santa Fe. El vehículo que conducía se salió violentamente de la ruta y terminó estrellado contra un árbol. El docente pasó un buen tiempo internado y los informes médicos posteriores determinaron que tenía una pérdida del 20 por ciento de su capacidad por un desorden mental orgánico postraumático. A pesar de ello, en el año 2007, se reintegró a la actividad docente en la facultad.

La vuelta del docente a las aulas no estuvo exenta de problemas dentro de la Facultad de Ingeniería, según las autoridades, producto de un desorden mental orgánico postraumático que le provocó el accidente.

Entre 2011 y 2012, el docente comenzó a tener inconductas con estudiantes, docentes y empleadas administrativas, tocándolas de manera inadecuada, apretándolas con abrazos, dándoles besos y con manifestaciones incorrectas en clase y en las redes sociales. Todas mujeres que refieren haber sufrido situaciones de violencia de género y abuso de autoridad.

Ante la sucesión de denuncias que surgieron, primero se concedió al docente una licencia psiquiátrica, luego se pidió a la ART una revisión del caso y finalmente se decidió suspenderlo en sus funciones, a los fines de salvaguardar la seguridad de las alumnas, del resto de la comunidad universitaria y del propio docente, mientras tramitaba un juicio académico por “inconducta”.

Los médicos que evaluaron al docente coincidieron en que el accidente le provocó un trastorno craneoencefálico que si bien lo hace consciente de sus actos, carece de frenos inhibitorios y capacidad de autocontrol, y que por ese motivo sigue adelante con sus conductas pese a que lesiona emocionalmente a otras personas. Por lo tanto, no tiene las capacidades cognitivas y sociales necesarias que exige un trabajo como el de docente. El problema es que la universidad no encontró un trabajo alternativo y acorde a su situación.

La decisión entonces fue reconducir el juicio académico y, en lugar de sancionar al docente por “inconducta”, se dispuso su cesantía por considerar que no tenía capacidad psicofísica para continuar al frente del aula.

Ahora bien, ¿la autonomía universitaria es absoluta? No. Las resoluciones definitivas de las instituciones universitarias pueden ser impugnadas mediante un recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones de la jurisdicción. Y así lo hizo el docente cesanteado, con un reclamo por los salarios que dejó de percibir desde que fue suspendido, más una indemnización por despido y un resarcimiento por daño moral, como ya se dijo.

En primer lugar, el tribunal derivó el reclamo económico a la vía ordinaria; y, en segundo lugar, terminó validando el despido: “El juicio académico ha servido para poner de manifiesto las circunstancias que imposibilitan la permanencia en funciones en la Facultad de Ingeniería”, señalaron los magistrados.

Pero lo más importante del fallo de la Cámara Federal de Apelaciones es que reconoce la autonomía universitaria para resolver la situación planteada y valida el juicio académico y la resolución adoptada por la UNER, por considerar que no hubo irregularidades o incumplimientos de las normas que regulan el trabajo en la universidad.