CORONAVIRUS

Los presos no podrán cobrar la IFE y advierten que no les corresponde

22/05/2020

Varios internos detenidos en las cárceles entrerrianas pidieron permiso para salir de las unidades penales y trasladarse a la sede del Correo Argentino para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia. La jueza dice que no les corresponde e instó a la Anses a que investigue si hubo un intento por cometer una estafa.

Los presos no podrán cobrar la IFE y advierten que no les corresponde

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

No hay razón suficiente para autorizar el traslado de internos de las cárceles entrerrianas hasta el correo para percibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), dice una jueza, pero incluso surgió que se investigue si no hay una estafa a la Anses.

La jueza de ejecución de penas, Cecilia Bértora, prohibió el traslado de internos de las cárceles entrerrianas hasta la sede del Correo Argentino u otra entidad, como también el ingreso de trabajadores postales a las unidades penales para efectivizar el pago de la IFE, en virtud del riesgo que podría significar por el coronavirus (COVID-19).

El Ingreso Familiar de Emergencia consiste en un pago único de 10.000 pesos para monotributistas, trabajadores informales y empleados de casas particulares impactados por el parate económico que provocó la restricción a la circulación por la pandemia. Lo percibirá un integrante del grupo familiar y, en principio, se había establecido por única vez, aunque por estas horas se analiza extenderlo. El trámite debe ser realizado ante la Anses que, previo al otorgamiento del beneficio extraordinario, hará las evaluaciones para determinar la real situación del solicitante y de su grupo familiar.

¿Qué pasa con las personas detenidas? Un informe remitido por la oficina de Anses Gualeguay a las autoridades penitenciarias de la ciudad sostiene que las personas privadas de la libertad no estarían en condiciones de acceder al ingreso extraordinario.

La jueza Bértora considera que en algunos casos podría considerarse o acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos para la percepción del IFE por parte de algún interno, pero advierte que “resulta cuanto menos dudoso, toda vez que los internos no pueden justificar la pérdida o disminución de un ingreso que nunca tuvieron”. E incluso señala que “si al IFE lo debe percibir un integrante del grupo familiar, no sentido tiene sentido que sea precisamente el interno el titular de dicho beneficio”.

La magistrada advirtió sobre alguna especie de ardid de algunas personas que han solicitado autorización para concurrir a las oficinas del Correo Argentino, a pesar de que “no realizan ni han realizado activada productiva alguna dentro o fuera del establecimiento penitenciario. Entonces, mal puede haberse interrumpido dicha actividad productiva por el aislamiento social”.

Por ello es que la jueza Bértora estableció que no hay razón suficiente para autorizar los traslados de los internos de las unidades penales entrerrianas hasta dependencias del Correo Argentino a percibir el IFE, “con el riego de introducir el COVID-19 dentro de los establecimientos carcelarios de la provincia”, ni para autorizar a los trabajadores postales a ingresar a las unidades penales.

En otro apartado de su resolución, además, la jueza consideró que “la situación planteada respecto del otorgamiento del IFE a los privados de libertad es irregular, en tanto estos sujetos se alojan en las unidades penales, es decir, residen y se domicilian allí”, por lo que sugirió a la Anses y a los fiscales federales de la provincia que realicen una investigación “a efectos de analizar si estos ingresos extraordinarios fueron solicitados falseando información respecto del beneficiario o han sido otorgados en violación de las normas legales que lo reglamentan”.

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