JUSTICIA Y POLÍTICA

Críticas a la acusación y un pedido de absolución para Varisco, Rolandelli y Picazzo

18/02/2020

Los abogados defensores solicitaron que se declare la absolución del ex intendente Sergio Varisco en la causa por haber supuestamente beneficiado a la Mutual Modelo. Dijeron que no hubo delito y agregaron que el pago no se concretó porque el propio intendente así lo dispuso. También pidieron la absolución de Walter Rolandelli y Miguel Picazzo.

Críticas a la acusación y un pedido de absolución para Varisco, Rolandelli y Picazzo

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

Hubo una pregunta que las fiscales no respondieron en su alegato: ¿por qué, después de haberse cumplido con todos los pasos administrativos, no se concretó el adelanto financiero que había solicitado la Mutual Modelo?

Los abogados Rubén Pagliotto y Damián Petenatti pidieron la absolución del ex intendente Sergio Varisco y el ex secretario Legal y Técnico de la Municipalidad Walter Rolandelli; e idéntico pedido hicieron Emilio Fouces y Miguel Cullen, en representación de Miguel Picazzo, presidente de la Mutual Modelo.

Rolandelli, en sus últimas palabras al tribunal, dijo estar “devastado” por el impacto del proceso penal. “Me han hecho mucho mal y por el simple hecho de haber ejercido un acto para el cual estaba habilitado: emití una opinión jurídica, una, una sola opinión. Solo hice un dictamen”, dijo el actual concejal paranaense. “He pasado dos años terribles de mi vida y he soportado el escarnio público por todo esto”, agregó.

A su turno, Picazzo también mencionó la difícil situación personal que debió atravesar durante el tiempo que duró la investigación. “Mi familia y yo no la hemos pasado nada bien. Hemos soportado artículos nefastos hablando mal de mi persona”, sostuvo.

Varisco no estuvo presente. Sus defensores presentaron un certificado médico y el tribunal dispuso recibir sus últimas palabras este miércoles, sea en su casa o por videoconferencia.

Los defensores, en tanto, dijeron que Varisco, Rolandelli y Picazzo no cometieron ningún delito, que la operación de adelanto financiero a la mutual era lícita, que se destinaría una partida prevista en el presupuesto como “adelanto a mutuales”, que se trataba de una maniobra habitual, que se había ejecutado otras veces en gestiones anteriores de gobierno y, en este caso, no se concretó.

Plantearon además que se generó una vulneración al derecho de defensa en juicio por haber cambiado los fiscales la calificación legal, establecida inicialmente por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y fraude a la administración pública, pero que luego mutó a tentativa de peculado. “Están forzando todos los tipos penales para ver dónde lo pueden meter”, señaló Cullen.

También señalaron que hubo en este caso una vulneración al principio de igualdad ante la ley. ¿Por qué? La maniobra que se le imputa a Varisco es idéntica a otros quince adelantos que se produjeron durante la gestión de José Carlos Halle y una que no llegó a concretarse durante la intendencia de Blanca Osuna. Pero en esos casos no hubo persecución penal. Antes, la designada fiscal anticorrupción, Cecilia Goyeneche, había dicho que si el tribunal condenara a Varisco, se iniciarían acciones contra los otros ex intendentes. Ello a pesar de que las fiscales siempre sostuvieron que no eran comparables.

Un no hecho o un hecho lícito

Los abogados defensores ironizaron acerca de la acusación al afirmar que el juicio se desarrolló alrededor de un “no hecho, algo que no ocurrió y que no tuvo consecuencias”.

Hubo también momentos de tensión, cuando cuestionaron duramente a Goyeneche por haber forzado las declaraciones de los testigos, atribuyéndoles manifestaciones que no dijeron, por haber mencionando hechos que no ocurrieron y porque rechazó que hubiera una partida presupuestaria denominada “adelanto a mutuales”, como lo reconocieron los contadores de la Municipalidad durante el juicio.

Por lo demás, coincidieron en que el hecho que se está juzgando no constituye un delito. “Estamos ante un hecho que tiene las características de un contrato de mutuo, pero quien se constituye como deudor es a su vez acreedor de la Municipalidad”, dijo Fouces. En su razonamiento, “el sistema convierte al municipio en deudora de las mutuales” y explicó que “se acusa a Picazzo de pretender sustraer dinero de las arcas públicas, pero el convenio que se firmó establecía que la Municipalidad le adelantaba fondos a la mutual por deudas a futuro; y la mutual se comprometía a devolver mes a mes mediante lo que tenía para cobrarle a la Municipalidad”. Eso porque había 1.200 empleados municipales asociados a la mutual que habían contraído créditos y las cuotas se descontaban de su salario.

En ese sentido, Pagliotto sostuvo que “una actividad ilícita no queda validada porque hubiera una partida presupuestaria, sino que la actividad tiene que ser lícita para que se le asigne una partida en el presupuesto”.

Fouces insistió en que la maniobra era lícita y dijo, respecto de Picazzo, que como presidente de la mutual no hizo más que solicitar un adelanto financiero (“la motivación es la misma” que se planteó en las gestiones de Halle y Osuna, aseveró).

“No había ninguna duda sobre la legalidad del acto y tampoco hubo una negativa a emitir la orden de pago, porque el contador general (Eduardo Campdesuñé) consideraba que se trataba de un acto perfectamente lícito”, reiteró Fouces. En ese sentido, Petenatti agregó que “en ningún tramo del expediente administrativo se objetó el pago”; y Pagliotto fue más allá al afirmar que “la orden de pago es un tácito reconocimiento de la legalidad del gasto”.

Cullen, en tanto, descartó la tesis de que se hubiera iniciado un segundo expediente para tramitar el adelanto financiero para sortear las observaciones del contador general porque eso era inevitable: “No podría salir una orden de pago sin su firma”, aseguró. “Eso es imposible”, acotó Petenatti. “Si Varisco hubiese querido concretar el pago, el expediente iba a pasar por las manos del contador Campdesuñé y él podría llegar a sostener sus observaciones”, reiteró.

El defensor de Varisco reconoció que las dudas estaban planteadas respecto de la capacidad que tendría el municipio para recuperar los fondos que adelantaría a la mutual; “pero la cobrabilidad no hace a la licitud o ilicitud de la operación”, aclaró.

En ese sentido, Fouces consideró que “no podría haber mejor garantía para el recupero de los fondos que el hecho de que la Municipalidad fuera acreedora de la mutual por cuatro veces el monto que le pedía”. Es que la mutual solicitaba 1.500.000 pesos y aseguraba tener para cobrar 5.573.604 pesos en los siguientes dos años. El defensor hizo hincapié en que la Municipalidad era agente de retención, es decir, descontaba a los empleados lo que adeudaban a la mutual y giraba ese dinero. De ahí descontaría, durante diez meses, el dinero pactado para la devolución del anticipo.

En cuanto a Rolandelli, Petenatti dijo que se lo acusa por haber firmado dos dictámenes referidos a la capacidad del municipio para recuperar el dinero. Al respecto, sostuvo que “un dictamen es una opinión, técnica o jurídica, sobre la cobrabilidad del adelanto” y Pagliotto consideró que es “un escándalo jurídico criminalizar a un abogado por emitir una opinión”.