MEDIO AMBIENTE

Nuevo amparo contra el Gobierno por las fumigaciones

20/08/2019

La medida colectiva fue presentada por la coordinadora provincial Basta es Basta y pide la “nulidad y/o inconstitucionalidad y revocación” el decreto del Poder Ejecutivo que fija las distancias para las fumigaciones en cercanías de escuelas rurales. Qué dice el amparo.

Nuevo amparo contra el Gobierno por las fumigaciones

De la Redacción de Página Judicial

 

Se abrió una nueva batalla judicial en torno a las fumigaciones en cercanías de las escuelas rurales en la provincia, porque el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) presentaron un nuevo amparo colectivo solicitando que se declare la “nulidad y/o inconstitucionalidad y revocación” el decreto del Poder Ejecutivo que establece distancias para realizar fumigaciones.

Esta vez será el juez Virgilio Galanti, de la Cámara Civil y Comercial, quien deberá resolver sobre el pedido para que se declare la nulidad del Decreto Número 2.239, fechado el 1 de agosto, donde se establecieron zonas de exclusión de hasta quinientos metros, áreas de restricción que llegan a los 3.000 metros y unidades centinelas y de control en escuelas rurales y agrotécnicas para la aplicación de plaguicidas, entre otros aspectos.

Asimismo, solicitan que se dicte “una medida cautelar urgente de suspensión de efectos del decreto impugnado”, es decir, que se notifique a cada propietario de un establecimiento agrícola de la prohibición de realizar fumigaciones aéreas a una distancia menor a 3.000 metros de las escuelas rurales y no aplicar químicos por vía terrestre a 1.000 metros; y la conformación de un comité interdisciplinario “con el fin de que se expida sobre la benevolencia de las distancias modificadas y la ausencia de perjuicio en la salud de la población trabajadora y estudiantil afectada”.

El “comité interdisciplinario” deberá elaborar “un amplio informe sobre los efectos de la exposición crónica de la población (principalmente infantil) a los agrotóxicos de mayor uso en la agricultura industrial”.

Agmer y el Foro Ecologista plantean que el decreto del Gobierno incumple con lo establecido en un fallo judicial en cuanto se establecen distancias superiores para realizar fumigaciones como “un criterio de precaución, al menos hasta tanto se acredite que la protección de los afectados puede lograrse con distancias menores”.

En lo central, advierten que en la nueva normativa “no se menciona ninguna investigación científica probatoria del resguardo de la salud de los niños y niñas expuestos en escuelas rurales de Entre Ríos por perjuicio de derivas de agrotóxicos en los metros que estipula el decreto”, que era una condición establecida en el fallo del juez Oscar Benedetto y luego confirmado por la Sala Penal y del Procedimientos Constitucionales del STJ.

El principal cuestionamiento es que se habilitan “fumigaciones con agrotóxicos a distancias notoriamente menores a las distancias previamente establecidas por sentencia judicial del STJ (Superior Tribunal de Justicia)”, dado que achica las distancias sin ningún estudio científico-técnico que lo sustente, lo que supone una violación de la cosa juzgada.

Se menciona, por ejemplo, que el decreto omite “un reciente estudio realizado por el INTA Paraná, donde se evaluó en la ciudad de Oro Verde la presencia de glifosato en aire, arrojando como resultado la detección en el 60 por ciento de las muestras analizadas”.

En ese sentido, la coordinadora provincial Basta es Basta sostuvo que a nivel internacional existen “varias investigaciones y trabajos científicos que muestran cómo la deriva es incontrolable”.

También hace referencia a un informe realizado por la Agencia Internacional de Cáncer, dependiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS), elaborado a partir de “una exhaustiva revisión bibliográfica con trabajos publicados en revistas científicas con referato, es decir, que fueron sujetas a revisión de pares”. Luego se decidió clasificar y calificar al glifosato como “probable cancerígeno en humanos” y se concluyó que “el glifosato causa daño cromosómico y en ADN en células humanas”.

Amparo ambiental contra el Decreto 2.239 by Anonymous Ip3lDxOV on Scribd