JUSTICIA Y POLÍTICA

La reforma judicial que falta para perseguir la corrupción

02/07/2019

El Gobierno avanzó en cambios en el funcionamiento del Poder Judicial, pero hay un organismo, el más importante y delicado, que se rige bajo una ley que muestra grietas jurídicas y no conviene tocar demasiado.

La reforma judicial que falta para perseguir la corrupción

Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial

 

El gobierno provincial decidió reformar el sistema judicial. Esa confirmación se desprendería de dos medidas que impulsó Gustavo Bordet y se explicitaron la semana pasada. La reformulación de la Ley de Procedimientos Constitucionales, que atiende cuestiones establecidas en la Constitución de 2008; y el Juicio por Jurados.

La otra reforma que no está en agenda es la que interpela a las cuestiones más sensibles vinculadas al poder político: el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal. Se trata del organismo que tiene el monopolio de la acción penal y la potestad de fijar las políticas criminales en todo el territorio provincial. El MPF se rige bajo un sistema de verticalidad en donde el procurador general decide unipersonalmente. Esa forma monárquica de administrar el órgano comenzó a acumular un creciente número de críticos, sobre todo en lo que acontece en legajos donde se investiga o se pretendió investigar hechos de corrupción.

Al otro lado de la Plaza Mansilla difícilmente se pretenda democratizar la Procuración General como sí se hizo con el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al darle al pleno (los vocales) las decisiones tales como los amparos.

En el caso de la Procuración, tal democratización, abriría la posibilidad de que cada fiscal decida plantearse su propia investigación independientemente de lo que piense sus jefes, Jorge García y Cecilia Goyeneche. Este martes, en una entrevista radial, el procurador fue consultado por la escandalosa causa de los contratos truchos en la Legislatura. Dijo que está todo listo para remitirla a juicio y se mostró sorprendido que los defensores soliciten que se investigue a las “altas esferas” de las cámaras parlamentarias, lo que sólo sumaría coautores al legajo. ¿Sumaría sólo coautores o lo que se pide es buscar a los principales responsables de haberse robado el 40 por ciento del presupuesto de un poder del Estado a lo largo de una década? A García le sorprende la actitud de los defensores, al público que sigue esta saga la forma en que lo toman por tonto. Mientras tanto se lima la integridad de los fiscales subalternos que son los que llevan la causa. Una lástima para una camada de operadores de la justicia que han llegado hasta allí  por concurso.

El diputado provincial por la UCR, Ricardo Troncoso, está imputado por quedarse con parte del dinero de contratos que hizo a supuestos colaboradores. Sin embargo, la denuncia que hizo el concejal Luis Díaz sobre el manejo de contratos en el Concejo Deliberante no mereció la más mínima inquietud del Ministerio Público Fiscal. Fue archivada en el acto. Allí se desempeña el contador Sebastián Orlando, esposo de la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche. ¿Por qué se es implacable con uno y se ignora el otro?

Sobre José Escobar, mano derecha de Sergio Varisco y enemigo número uno de la doctora Josefina Etienot, recayó una prisión domiciliaria por una amenaza que no se probó. Si se probaba jamás hubiera cargado con una condena de cumplimiento efectivo. Es de esperar que esa decisión no aparezca en el nuevo sitio de jurisprudencia que se acaba de inaugurar. Sería una vergüenza.

La Procuración General ha investigado al empleado judicial Antonio Daniel Vitali. No hubo concesiones con el empleado de la casa.  Sin embargo se desconoce un avance en la causa de José Ángel Allende, que lleva años, bajo una supuesta lupa judicial. El diputado es también el mandamás de UPCN y dueño de varios secretos, según se sospecha. Es, en rigor, un actor del establishment que gobernó y gobierna Entre Ríos hace dos décadas. Y más. Las diferencias con Vitali y Allende habría que buscarlas en el marxismo, cuando caracteriza la lucha de clases.

Inconstitucionalidades

La actual ley por la que se rige el Ministerio Público Fiscal tiene grietas jurídicas. Una ya la marcó el propio STJ cuando declaró inconstitucional el artículo 50 de la norma que lo reglamenta y que autoriza al procurador general a realizar concursos internos para los cargos de fiscales auxiliares.

Hay otro punto que va camino a tener un resultado similar. La Cámara de Casación Penal de Concordia ratificó que las recusaciones de fiscales en un proceso penal deben ser resueltas, en última instancia, por los jueces de garantías y no por el fiscal coordinador. No existe ningún órgano que no tenga un control de otro, sea intra órgano o extra órgano.

Lo cierto es que existen dos leyes en pugna. La Ley Orgánica del Ministerio Público establece en su artículo 35 que “cuando los asuntos en los que intervenga el Ministerio Público Fiscal revistan especial gravedad, trascendencia pública o presenten dificultades particulares o mediaran criterios divergentes (…) el fiscal podrá consultar al procurador general de la provincia quien, directamente o por medio de otros órganos intermedios, impartirá las instrucciones pertinentes”. Este artículo, dicen los fiscales, deroga el artículo 60 del Código Procesal Penal de Entre Ríos que manda a que “la recusación, en caso de no ser aceptada, será resuelta en audiencia única por el tribunal de juicio ante el cual actúe el funcionario recusado; y durante la investigación penal preparatoria, por el juez de garantías”. Entre esos dos tópicos anida el problema que posiblemente resolverá al alto cuerpo.

Con ironía, un colega resumió el cuadro de situación: “Lo mejor para todos los muchachos es que la cosa quede como está, más vale ‘convencer’ a uno”.