JUSTICIA Y POLÍTICA

La vendetta que jaquea al Iosper

15/02/2019

En 2018 el Iosper pagó 280 millones de pesos, entre prestaciones que le impuso la justicia por amparos y honorarios de abogados. Las sospechas que hay en la obra social.

La vendetta que jaquea al Iosper

Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial

 

El derecho a la vida y a la preservación de la salud, tal como ha sido entendida por la Organización Mundial de la Salud, comprende un concepto integral de salud, referido al bienestar psicofísico, mental y social de la persona.

Sin embargo, en los últimos años, ese concepto que podría entenderse como el reconocimiento de una adecuada calidad de vida de las personas, ha sido discutido y reinterpretado en los tribunales, donde se desarrolla una verdadera batalla sobre el rol que les asiste a las obras sociales.

Medicamentos que llegan tarde, reticencia a cubrir prestaciones complejas o costosas, intervenciones que no se encuentran incluidas en los programas médicos obligatorios, negativas a realizar determinadas derivaciones o bien a cumplir cambios de prestaciones son las cuestiones más frecuentes por las cuales los afiliados judicializan sus reclamos. En algunos casos, la disputa se resuelve a través de mediaciones, oficios o llamadas telefónicas; pero a veces, la disputa llega a los tribunales.

El Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) concentra la mayor cantidad de amparos en los tribunales provinciales y esa batalla le costó, solo en 2018, la friolera de 280 millones de pesos, entre las prestaciones que debió pagar a través de amparos y honorarios de abogados, que no estaban previstos en el presupuesto.

El desglose muestra que se pagaron 268 millones de pesos pago por prestaciones generadas a través de amparos presentados por afiliados y 12 millones de pesos en concepto de honorarios, según datos que reveló el presidente del directorio de la obra social, Fernando Cañete, en el programa 5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná.

Ese nivel de litigiosidad, dice Cañete, jaquea el sistema de cobertura de salud, considerando que el Iosper cerró el año 2018 con un déficit cercano a los 75 millones de pesos.

Así, por ejemplo, se obliga al Iosper “a cubrir situaciones que no tienen que ver con la salud”, como la internación de personas en geriátricos no habilitados, la asistencia de maestras orientadoras integradoras a niños con discapacidad o el traslado de pacientes en vehículos no habilitados para eso, se queja Cañete.

“La preocupación es que se nos obliga de manera constante, desoyendo informes científicos sobre la necesidad o no de la utilización de ciertos medicamentos, tomando en cuenta criterios muy superficiales y se ordena a la obra social cubrir todo tipo de cosas. Esto no solo pone en peligro al sistema sino que también el rigor científico de quienes han estudiado”, advirtió el presidente del Iosper.

Pero Cañete agrega otro elemento a la discusión: “Desde lo económico, además, representa un negocio para algunos laboratorios, y nosotros, como país subdesarrollado que somos, cubrimos los experimentos que hacen los países de primer mundo; nosotros debemos entregar los medicamentos porque hay una instancia judicial y el sistema de división de poderes nos dice que debemos hacerlo, pero ¿quién se hace cargo si hay algún efecto colateral?”, agregó el titular de la obra social.

En todos los casos se repite como argumento el derecho a la salud de las personas, en el sentido amplio, un derecho humano fundamental que en la Argentina está garantizado constitucionalmente y que obliga a las obras sociales a proveer el otorgamiento de prestaciones de salud integrales que van más allá de lo estrictamente sanitario.

Sin embargo, hay un rumor extendido según el cual habría otras razones que justifican el súbito reconocimiento del derecho a la salud de las personas por parte de los jueces entrerrianos.

–¿Cree que la interna en la Sala Penal del STJ y una especie de vendetta de los jueces porque el Iosper los haya instado a aportar a la obra social pueda incidir en esto?
–Bien lo dijo usted… bien lo dijo usted… no encuentro otra explicación. Cómo puede ser posible que en Concordia un juez de primera instancia condene a la obra social de la fruta, es decir, una obra social del sector sindical, y en reciprocidad al Estado provincial y al Iosper. ¿Qué tenemos que ver nosotros? Es como que está asumido que ante un reclamo a las obras sociales, el primero que debe ser condenado es el Iosper. Si esto no responde a un interés lejano a lo que es la aplicación estricta del derecho estaría muy equivocado.

¿Habrá tenido algo que ver en la salida de Carlos Chiara Díaz el hecho de que súbita y sistemáticamente haya empezado a reconocer el derecho a la salud cada vez que un amparista le reclamara al Iosper? Es apenas una pregunta.

Lo paradójico es que fue un éxito del propio Cañete, apenas asumido como presidente del Iosper, hacia fines de 2014, que los vocales que no aportaban a la obra social volvieran a hacerlo: Carlos Chiara Díaz, Daniel Carubia y Germán Carlomagno.

Ellos mismos habían firmado una acordada en el año 2002 autorizándose a dejar de aportar a la obra social –algo a lo que están obligados por ley–, bajo el argumento de que “las altas sumas que mensualmente son descontadas a magistrados, funcionarios y empleados, en favor de la obra social, no son correspondidas por prestaciones satisfactorias o mínimas”. Eran los años de la peor crisis de la historia argentina y los supremos decidieron que era “discriminatorio” que se les descontara el 3 por ciento de su salario, como a todo el universo de trabajadores estatales, para sostener la obra social.

Habrá sido entonces, un caro triunfo aquel.