Urribarri y Báez pidieron suspender un juicio hasta resolver el desafuero

19/12/2018

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La estrategia del ex gobernador Sergio Urribarri y del ex ministro Pedro Báez parece ahora demorar lo más posible el juicio. Al menos eso se desprende de la presentación efectuada por sus abogados defensores para suspender el trámite de una causa hasta que la Cámara de

Urribarri y Báez pidieron suspender un juicio hasta resolver el desafuero


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


La estrategia del ex gobernador Sergio Urribarri y del ex ministro Pedro Báez parece ahora demorar lo más posible el juicio. Al menos eso se desprende de la presentación efectuada por sus abogados defensores para suspender el trámite de una causa hasta que la Cámara de Diputados resuelva si les quita los fueros que tienen por su condición de legisladores.

Los diputados Urribarri y Báez están acusados de haber direccionado hacia la empresa Global Means SA, que presidía Germán Esteban Buffa, la contratación directa de dos avisos publicitarios, que debían publicarse en los meses de agosto y septiembre de 2011 en el periódico Diario Agroempresario, y por los cuales se pagaron 118.000 pesos.

Los fiscales creen que para concretar la contratación se sortearon los mecanismos legales vigentes, pactando con una empresa que al emitirse la orden de publicidad no existía legalmente, no estaba inscripta en el registro provincial de medios ni cumplía con los requisitos para estarlo, entre otras irregularidades.

Urribarri, Báez y Buffa están acusados por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, que prevé penas de uno a seis años de cárcel. Sin embargo, la discusión que plantean los abogados de los diputados provinciales es que no podrían ser juzgados mientras tengan inmunidad y por eso pidieron la suspensión del proceso, al menos hasta que la cámara baja resuelva un pedido para el desafuero de ambos que descansa en la Comisión de Asuntos Constitucionales desde el 14 de mayo.

Los jueces Gervasio Labriola, Alejandro Grippo y Gustavo Pimentel tienen cinco días para resolver si puede desarrollarse el juicio o si habrá que esperar a que Urribarri y Báez dejen sus cargos.

No hay juicio sin desafuero

Una pregunta resume el objeto de debate: ¿pueden Urribarri y Báez ser juzgados mientras tengan fueros como diputados provinciales? Los defensores creen que no; los fiscales aseguran que sí, y que los fueros representan una inmunidad de arresto.

El abogado Raúl Barrandeguy, defensor de Urribarri, sostuvo que “los fueros no impiden el desarrollo del procedimiento penal” y explicó que “los fueros autorizaban a que se instruyera una causa contra un legislador; la causa podría tramitar durante toda la investigación penal preparatoria, las etapas intermedias y llegar a juicio sin haber solicitado el desafuero del legislador. ¿Qué es lo que no se puede hacer cuando el legislador es denunciado? No se puede usar la coerción para traer a indagatoria al imputado ni dictar el procesamiento que implicara alguna medida coercitiva (detención) y no se podía citar a juicio”, resaltó el letrado.

Barrandeguy aclaró que no se pretende dilatar ni entorpecer el curso de la investigación, sino “que se dé cumplimiento a lo que establece el artículo 115 de la Constitución Provincial” y leyó: “Cuando se promueva juicio ante la justicia ordinaria contra cualquier senador o diputado, examinado el mérito del sumario en juicio público, podrá cada cámara, con dos tercios de votos de los presentes, levantar los fueros o suspender en sus funciones al acusado y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento”.

“Hay un interés público predominante en que las instituciones funcionen bien, en que un legislador no use al Poder Legislativo de aguantadero y que un juez o un fiscal no usen los poderes que tienen para una persecución política berreta”, agregó.

El abogado Ignacio Báez, defensor de Báez, no hizo más acotaciones y extendió al ex ministro los argumentos esgrimidos por Barrandeguy, ya que su situación es análoga a la de Urribarri.

No juzgarlos sería un privilegio

A su turno, la fiscal Mónica Carmona aclaró que “no está en discusión que los legisladores de la provincia son incoercibles”, es decir, no pueden ser privados de la libertad mientras tengan fueros, pero aclaró que “esa coerción no impide que puedan ser sometidos a un proceso penal”.

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Incluso, la fiscal advirtió que “llama la atención que se efectuara este planteo en esta instancia y que no se discutió en instancias anteriores”.

En respuesta al análisis literal del artículo constitucional, la fiscal Carmona señaló que “levantar los fueros” y “poner a disposición del juez competente para su juzgamiento” a un legislador debe entenderse para aquellos casos en los que un senador o un diputado “no concurre voluntariamente a los actos procesales para los que fue citado”, que no ha sido el caso de Urribarri y Báez, quienes “se han presentado voluntariamente a la indagatoria y al momento de discutir el mérito del procesamiento”, enfatizó.

En tanto, el fiscal Gonzalo Badano insistió en que “los fueros lo que garantizan es el normal desenvolvimiento del Poder Legislativo” y, por lo tanto, “no suponen una inmunidad de proceso, sino una inmunidad de arresto” para los legisladores. En ese sentido, resaltó que “supeditar la iniciación o finalización de un proceso penal al permiso de la cámara de poder seguirlo implicaría un menoscabo de la administración de justicia e incluso sería violatorio del principio de igualdad”.

Por último, el fiscal Badano señaló que “hasta tanto sea necesario efectuar algún tipo de una medida de coerción personal respecto los legisladores, el trámite debe continuar, ya que solo se pretende continuar un proceso y efectuar un juzgamiento respetando los derechos que tienen todos los ciudadanos sometidos a proceso; una postura contraria implicaría un tipo de privilegio para con los legisladores”, concluyó.