La Fiscalía de Estado apeló el fallo del amparo por las escuelas rurales

09/10/2018

De la Redacción de Página Judicial Un ambiente sano, entendido como parte de los derechos humanos, comprende, entre otras cosas, algo tan básico como respirar un aire libre de agrotóxicos. Dicho de otro modo: la aplicación de productos químicos sobre los sembradíos que rodean las escuelas rurales en todo el territorio entrerriano configura un peligro


De la Redacción de Página Judicial

Un ambiente sano, entendido como parte de los derechos humanos, comprende, entre otras cosas, algo tan básico como respirar un aire libre de agrotóxicos.

Dicho de otro modo: la aplicación de productos químicos sobre los sembradíos que rodean las escuelas rurales en todo el territorio entrerriano configura un peligro inminente sobre la salud de miles de niños.

Quien dice esto es el juez Oscar Daniel Benedetto, en un fallo inédito que hizo lugar a una acción de amparo ambiental promovida por el Foro Ecologista Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).

El magistrado prohibió en forma provisoria las fumigaciones terrestres con agroquímicos en un radio de 1.000 metros alrededor de las escuelas rurales y las aspersiones aéreas a menos de 3.000 metros; e impuso al Estado la obligación de “implantar barreras vegetales a una distancia de 150 metros de todas las escuelas rurales de la provincia” y exhortó a las autoridades a que efectúen “en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo, los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos”.

El fallo, celebrado por las organizaciones ambientalistas, quedó suspendido a raíz de la apelación promovida por la Fiscalía de Estado y la Secretaría de la Producción, por lo que ahora quien tendrá la última palabra será la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

En diálogo con el programa 5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, afirmó que “no se trata de la apelación de una medida de protección de la salud y el ambiente”, rechazó de plano “que el Gobierno de Entre Ríos esté en contra de adoptar medidas de protección de la salud y el ambiente en las escuelas rurales” y resaltó que “no se puede dictar una sentencia que directamente conculca derechos de los productores sin haberlos escuchado”.

El funcionario explicó que “la medida recae sobre 45 mil productores que debieron haber sido escuchados y no lo fueron” y sostuvo que la disposición judicial genera “afectación sobre una superficie de 2,8 millones de hectáreas, porque hay alrededor de mil escuelas rurales y el juez dispuso la prohibición de fumigar en forma aérea en un radio de 3.000 metros alrededor de cada escuela”, detalló que “toda la superficie sembrada en Entre Ríos no llega a 1,7 millones de hectáreas, es decir, esto supera incluso las áreas sembradas” y agregó que el fallo “afecta a más de 45 mil productores que encuentran una limitación en su actividad económica sin haber sido escuchados en el proceso”.

Por lo demás, consideró que, a su criterio, “la vía del amparo no es la más idónea para tratar un tema de una complejidad enorme porque el amparo es una vía muy rápida prevista solamente cuando hay una afectación evidente y manifiesta de un derecho constitucional y es necesario restaurar el orden constitucional inmediatamente”.

Rodríguez Signes señaló además que “hay un tema de legislación ambiental que no aplicó el juez al dictar sentencia”, en referencia a la ley de plaguicidas y el decreto reglamentario que rigen en el provincia, como así también “manuales de buenas prácticas”.

No obstante, se mostró partidario de una resolución política y no judicial. En ese sentido, propuso que se realicen “audiencias informativas y de conciliación (ante el STJ) para que se escuche a todas las partes interesadas” y reclamó que “si hay que dictar una sentencia, que las medidas sean razonables y que estén avaladas por las áreas de ciencia y técnica y por los productores, que también tendrán algo que decir”.

“El objetivo es encontrar una sentencia que se pueda cumplir y que preserve el derecho a la salud, el derecho al ambiente y el derecho de los productores, que tendrán que aceptar si se les van a aplicar restricciones sobre sus unidades productivas”, concluyó.