Urribarri pidió el sobreseimiento

22/06/2018

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La que debía ser la audiencia de remisión de una causa a juicio terminó siendo de reedición de un planteo por el cual los defensores del ex gobernador Sergio Urribarri y el ex ministro Pedro Ángel Báez solicitaron una vez más su sobreseimiento. Urribarri y Báez

Urribarri pidió el sobreseimiento


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


La que debía ser la audiencia de remisión de una causa a juicio terminó siendo de reedición de un planteo por el cual los defensores del ex gobernador Sergio Urribarri y el ex ministro Pedro Ángel Báez solicitaron una vez más su sobreseimiento.

Urribarri y Báez están acusados por la sustracción de fondos públicos y su direccionamiento a favor de las empresas TEP SRL y Next SRL, que se le atribuyen a Juan Pablo Aguilera, cuñado del ex gobernador, a través de contrataciones de publicidad.

De acuerdo con la acusación, entre 2010 y 2015 se hicieron contrataciones por un monto total de 24.204.918,69 pesos mediante adjudicaciones directas y por vía de procedimientos de excepción desde el Ministerio de Cultura y Comunicación, con la venia del gobernador.

El nombre de Aguilera –que estuvo presente en la audiencia– no aparece en los registros de las empresas, sino que los propietarios serían testaferros: su esposa Luciana Almada, Alejandro Almada, Emiliano Giacopuzzi y Maximiliano Sena.

Los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa consideran que la investigación penal preparatoria está concluida; por eso en los primeros días de febrero pidieron la remisión de la causa a juicio, que se solicite el desafuero de Urribarri y Báez y adelantaron que pedirán para ambos una condena de ocho años de prisión. Están acusados por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración.

Críticas a la acusación

Sin embargo, en la audiencia celebrada este viernes, los abogados Raúl Barrandeguy y José Candelario Pérez, defensores de Urribarri, volvieron a plantear la excepción por falta de acción, que supone que el Ministerio Público Fiscal no tiene facultades para investigar al ex gobernador porque las rendiciones de las contrataciones fueron aprobadas por la Contaduría General de la Provincia y el Tribunal de Cuentas.

Del mismo modo lo hicieron Ignacio Díaz y José Velázquez, defensores de Báez.

La excepción por falta de acción ya había sido planteada en marzo pasado, rechazada, apelada y vuelta a rechazar; hasta que llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) como un recurso de queja aún pendiente de resolución. Por ese motivo, Barrandeguy pretendió incluso suspender la audiencia, lo que fue rechazado por el juez José Eduardo Ruhl.

Barrandeguy se opuso a que la causa sea elevada a juicio e insistió en el pedido de sobreseimiento de Urribarri. El argumento es que los gastos han sido aprobados por la Contaduría General, la Tesorería y el Tribunal de Cuentas, que son “organismos autónomos, que no dependen absolutamente de nadie y son eficaces”, según dijo, y eso inhabilitaría a la justicia a investigar el hecho. Y advirtió tampoco que el Fiscal de Estado puso objeciones ni reparos. “Me pregunto si ese poder de control puede ser reemplazado por un fiscal”, señaló más adelante.

Por lo demás, el abogado del ex mandatario aseguró que “no hubo sustracción de fondos” y advirtió que “no se puede enjuiciar a Urribarri porque en los decretos figura como destinataria de las contrataciones la esposa de un pariente; hay que demostrar que las empresas son de Aguilera”, ironizó luego.

En tanto, Marcos Rodríguez Allende, abogado de Aguilera y de su esposa, cuestionó el modo en que estaba construida la imputación, dijo que eso genera dificultades para el ejercicio del derecho de defensa y pidió que sea modificada.

El letrado explicó que la acusación deberá ser “clara, específica y precisa”, como lo establece el Código Procesal Penal, “para que el imputado sepa de qué tiene que defenderse” y, en su consideración, no se entiende “el rol que pudo haber tenido Aguilera” en la maniobra que le imputan los fiscales.

Rodríguez Allende negó que Aguilera fuera el dueño de TEP SRL y Next SRL, aseguró que no hay pruebas de ello y resaltó que “Aguilera no tenía responsabilidad respecto de esas empresas y no lo puede responsabilizar por la publicidad que recibían o no” y agregó: “Parece que el pecado de Aguilera es ser cuñado de Urribarri”.

Del mismo modo, sostuvo que en la imputación “no se le atribuye ningún rol a Lucial Almada, no se explica cómo hizo para hacer un fraude a la administración público ni cómo direccionó la publicidad; se la quiere condenar porque pertenecía a una empresa”.

También los abogados Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli, defensores de quienes están señalados como testaferros de Aguilera, objetaron la imputación, pero solicitaron directamente que se declare su nulidad.

Cullen también objetó la investigación judicial y dijo que “desconocer la excepción por falta de acción significaría desconocer la Constitución Provincial”, en cuanto al rol que le reserva a los organismos de control.

Asimismo, cuestionó la acusación fiscal y dijo que “tal como viene imputado el hecho no permite el ejercicio de defensa en juicio”. En ese sentido, resaltó que en la solicitud de remisión de la causa a juicio “no hay una descripción circunstanciada del hecho; no se especifica qué artículos de la Ley de Contrataciones del Estado, de los decretos reglamentarios o de la Constitución se incumplieron; esas no son cuestiones formales, sino que los defensores no tenemos la claridad necesaria para ejercer el derecho de defensa; traemos a nuestros defendidos sin que sepan cómo defenderse”, enfatizó.

En otro tramo de su exposición, también cuestionó las figuras escogidas por los fiscales para formular la acusación diciendo que “si hay fraude a la administración o no hay peculado” y agregó que “para que haya una negociación incompatible, debe haber un acto legítimo; si los actos son ilegítimos, autor podría incurrir en otro delito”, sostuvo.

“La acusación no pasa el filtro de constitucionalidad”, sentenció Cullen.

Vartorelli, por su parte, defiende a Corina Cargnel, contadora de Aguilera, y al ex funcionario Gustavo Tamay, que era como Responsable de Certificación de Publicidades en Vía Pública del Ministerio de Cultura y Comunicación, y estuvo presente en la audiencia. Respecto de ellos también solicitó que se declare la nulidad de la acusación.

También los abogados Félix Pérez y Sebastián Arrechea, defensores del empresario Hugo Montañana, cuestionaron la acusación. En su caso, está acusado de haberse beneficiado con las contrataciones de publicidad, pero a la vez se sospecha que su empresa vinculada comercialmente con TEP SRL y Next SRL y que había un sistema de retorno de dinero que terminaba en manos de Aguilera.

La misma maniobra se realizaba a través de la empresa J. M. Bustamante Publicidad, cuyo titular, Jesús José María Bustamante, fue condenado en un juicio abreviado.

La respuesta de los fiscales

Los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa, a su turno, rechazaron las pretensiones defensistas, tanto al planteo de excepción por falta de acción como los defectos a la acusación.

Cánepa resaltó que “los organismos de control tienen sus competencias y el Poder Judicial hace lo suyo en cuanto a la responsabilidad penal” que podría caberle a los funcionarios públicos, resaltó el fiscal.

“Era imposible para la Contaduría General o el Tribunal de Cuentas advertir porque Aguilera no figuraba en las empresas como propietario y no es ese el rol, y tampoco es función de esos organismos», planteó Cánepa.

En otro tramo de su exposición, planteó que “si el Ministerio Público Fiscal necesitó una pericia para determinar que había un fotomontaje, ¿cómo harían la Contaduría General o el Tribunal de Cuentas para prevenir eso? ¿Cómo iban a prevenir la simulación de competidores?”, se preguntó respecto de las irregularidades detectadas en las certificaciones de publicidad que presentaban las empresas o los mecanismos de simulación.

Del mismo modo, el fiscal rechazó el planteo de nulidad de la imputación bajo el argumento de que ninguno de los imputados lo había planteado durante la investigación penal preparatoria. “Muchos prestaron declaración indagatoria y otros se abstuvieron, pero ninguno dijo que se les estaba violando el derecho de defensa; en ningún momento dijeron que no se podían defender porque no entendían qué se le imputaba”, respondió.

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El juez Eduardo Ruhl adelantó que el próximo lunes dará a conocer si hace lugar al planteo de excepción por falta de acción, lo que supondría el sobreseimiento de los acusados. Del mismo modo deberá resolver el planteo de nulidad o modificación de la imputación, lo que significaría que el expediente vuelva a manos de los fiscales.

En caso de que los planteos sean rechazados, las partes discutirán sobre cuáles son las pruebas testimoniales y documentales que pretenden reproducir en el debate.