Anulan el fallo que condenó a los policías por sedición en Concordia

04/05/2018

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Los policías acuartelados en la Jefatura Departamental de Concordia durante horas en las tensas jornadas de diciembre de 2013 y que luego fueran investigados por el supuesto delito de sedición tuvieron una buena noticia. Según supo Página Judicial, el fallo que los condenaba deberá ser revisado según


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


Los policías acuartelados en la Jefatura Departamental de Concordia durante horas en las tensas jornadas de diciembre de 2013 y que luego fueran investigados por el supuesto delito de sedición tuvieron una buena noticia. Según supo Página Judicial, el fallo que los condenaba deberá ser revisado según lo determinó el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Se trató de una de las situaciones políticas más delicadas para Sergio Urribarri en sus 8 años de gestión. El acuartelamiento de agentes de la fuerza fruto de un reclamo salarial llegó a la prensa nacional y tuvo a la provincia en vilo durante dos días.

Si bien el Gobierno en su momento asumió el compromiso de no iniciar “actuaciones administrativas que deriven en sanciones contra ningún agente policial que haya intervenido en las manifestaciones de protesta”, según consta en el acta que firmaron el propio Urribarri, funcionarios, los policías “rebeldes” y el obispo Luis Collazuol; el procurador general Jorge García abrió una investigación por el delito de sedición.

Este expediente se inició tras los levantamientos policiales que se dieron entre el 8 y 9 de diciembre de 2013 en Concordia. La consecuencia más visible de los acuartelamientos fueron los saqueos, graves hechos de violencia en las calles de la ciudad y en las comisarías tomadas por los agentes.

También hubo acuartelamientos en otros puntos de la provincia, pero el epicentro del reclamo policial fue Concordia, entonces gobernada por Gustavo Bordet.

Cuando los policías cesaron con las tomas de las comisarías y departamentales, hubo un castigo interno para todos los que participaron: algunos fueron trasladados, mientras que a los cabecillas se los llevó hasta el banquillo de acusados.

El 8 julio de 2015, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, integrado por Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud, les aplicó penas de entre 3 y 4 años de prisión a 17 policías, al hallarlos culpables del delito de sedición agravada (por la función pública que desempeñaban).

Los condenados fueron: Carlos Daniel Zaragoza, Manuel Leando Coutinho, José María Biderbos, José Orlando Troncoso, Ricardo Hernán Paredes, Juan Pedro Lacuadra, Luis Alberto Paredes, Diego Federico Differding, Luis Alberto Gómez, Andrés Maximiliano Paredes, Alfredo Horacio Imaz, Hugo Fabricio Troncoso, Daniel Eduardo Chávez, Carlos Alcides Rosas, Luis Jesús Carlino, Romeo Fabián Valdés y Juan Manuel Rosas.

El Tribunal, en tanto, los absolvió de los delitos de privación ilegítima de la libertad e instigación a cometer delitos, por los saqueos que se produjeron como consecuencia del alzamiento.

La sentencia fue apelada tanto por el Ministerio Público Fiscal–que pidió condenas por los delitos que no se tuvieron en cuenta-; como así también por la defensa integrada por Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto, que solicitó la absolución de los uniformados.

El 19 de mayo de 2016, la Cámara de Casación Penal hizo lugar a lo peticionado por la Fiscalía y agravó las figuras penales que se les imputaron a los policías. También los condenó por ser coautores de los delitos de sedición agravada y privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal. En tanto que descartaron que hayan instigados a cometer delitos.

Ante ese nuevo fallo, los abogados defensores recurrieron la nueva calificación penal mediante un recurso extraordinario ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del STJ, que integran los vocales Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, anularon el fallo de Casación dictado entonces por Marcela Davite, Hugo Perotti y Alejandro Grippo. Carubia y Giorgio lo hicieron por la afirmativa y la doctora se abstuvo. (Ver fallo completo en Adjuntos)

El próximo paso a seguir. Se deberá conformar una nueva integración del tribunal de Casación para dictar un nuevo fallo. Como dato al pie, fue la primera vez que se realizó un audiencia en un recurso de impugnación extraordinaria.