Querellantes y fiscales pidieron que sea condenado el médico Capellino

02/05/2018

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial Los querellantes y los fiscales presentaron sus alegatos con pedidos de condena para el médico Jorge Horacio Capellino, acusado por crímenes de lesa humanidad –y genocidio, en la acusación de los representantes de las víctimas– cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la provincia de Entre

Querellantes y fiscales pidieron que sea condenado el médico Capellino


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


Los querellantes y los fiscales presentaron sus alegatos con pedidos de condena para el médico Jorge Horacio Capellino, acusado por crímenes de lesa humanidad –y genocidio, en la acusación de los representantes de las víctimas– cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la provincia de Entre Ríos.

Los abogados querellantes Marcelo Boeykens, Lucía Tejera y Sofía Uranga pidieron que Capellino sea condenado a prisión perpetua por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por su condición de funcionario público y por mediar violencia y amenazas, y tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en el caso de Gustavo Hennekens; y por el homicidio calificado por alevosía y por la participación de dos o más personas y con el fin de ocultar y para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad, en los casos de Pedro Miguel Sobko, Carlos José María Fernández y Juan Alberto Osuna. También pidieron que el médico militar cumpla su pena en una cárcel común.

En tanto, los fiscales Mario Silva y Carlos García Escalada le imputaron los mismos delitos pero pidieron para Capellino una pena de 25 años de prisión.

Por su parte, el defensor oficial, Alejandro Castelli, solicitó la absolución del médico militar por considerar, en líneas generales, que no había pruebas para determinar que fue partícipe de los delitos que se le atribuyen.

A partir de ahora, el expediente quedó a despacho del juez Pablo Seró y se espera que antes de fin de año el magistrado dicte sentencia contra el teniente primer médico Capellino, que entre 1976 y 1977 se desempeñó como jefe del área de Clínica Médica del Hospital Militar. Mientras tanto, Capellino cumple arresto domiciliario.

Un engranaje del esquema represivo

En las acusaciones, querellantes y fiscales describieron las características de la represión clandestina e ilegal en la provincia, con detalles de cómo funcionaba el aparato represivo, la colaboración que prestaban los policías provinciales, federales y agentes penitenciarios y, específicamente, el rol de Capellino.

Dicen los querellantes que el médico “ha sido parte de un engranaje represivo indispensable desde donde se llevaron a cabo las privaciones ilegales de la libertad, los tormentos, las muertes y las desapariciones”.

Capellino está acusado de “legalizar” los homicidios de Juan Alberto Beto Osuna, Carlos José María Fernández –en la denominada Masacre de La Tapera– y Pedro Miguel Sobko; y por el secuestro y las torturas que sufrió Gustavo Hennekens, específicamente, de ser el encargado de controlar su estado de salud en las sesiones de tortura.

fernandez-osuna.jpg

Los querellantes señalaron que Capellino “formaba parte de la estructura de poder que organizó y ejecutó el plan de exterminio” y que “sin su participación ni la privación ilegal de la libertad de Hennekens, ni sus torturas, ni los homicidios (de Sobko, Fernández y Osuna) hubieran podido concretarse”, de modo que el médico militar “ocupo un rol no banal en cada uno de los hechos”.

También plantearon que los crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar, y puntualmente aquellos que se le atribuyen a Capellino, constituyen, además, el delito internacional de genocidio, porque “fueron perpetrados contra un grupo delimitado por el aparato represivo del Estado como el ‘delincuente subversivo’ u ‘oponente político’” y resaltaron que “la figura de genocidio es una especie o una modalidad dentro del género de los crímenes de lesa humanidad”.

Además, resaltaron que a cuarenta años Capellino, como el resto de los represores juzgados y condenados, “lejos de mostrar un arrepentimiento, persisten en el pacto de silencio no otorgando información sobre cuál fue el destino final de los que aún continúan desaparecidos (…) y teniendo la oportunidad de decirlo prefiere callar, negar y ocultar”.

De las catacumbas a los documentos

Hennekens fue secuestrado el 28 de febrero de 1977, alrededor de las cuatro y media de la madrugada, por policías provinciales que se lo llevaron de su casa, lo trasladaron hasta una playa de estacionamiento para torturarlo y le asestaron cinco balazos en el cuerpo. De ahí fue conducido en ambulancia al Hospital San Martín, donde fue operado de urgencia, y luego al Hospital Militar, donde quedó alojado en la Guardia Médica, atado a una cama, con cadenas en los pies y las manos.

El ex detenido político dijo haber sido sometido a interrogatorios, torturas (golpes de puño, picana y submarino seco) por parte de tres de las cuatro personas que lo habían detenido y en presencia de un médico militar con grado de teniente llamado Jorge Horacio Capellino e incluso lo reconoció en una declaración judicial que dio en 1987 en la que refirió que “mientras estuvo en el Hospital Militar el médico encargado de su atención era un teniente de apellido Capelleti o Capellini, que es la misma persona que controlaba su estado físico mientras era sometido a torturas”.

Los querellantes consideraron probado que Capellino “estuvo presente mientras Hennekens era sometido a vejaciones, apremios y tormentos, asumiendo la tarea de controlar su estado de salud de manera de hacer posible la continuidad y ‘efectividad’ de tales prácticas aberrantes” y, particularmente, “ejercía un rol esencial evitando la muerte del interrogado con el objetivo de obtener algún tipo de información”.

En el caso de Sobko, se le atribuye a Capellino haber firmado el certificado de defunción de un “NN masculino” por “anemia aguda debido a herida de bala en hipocondrio derecho por accidente”. En el documento, que está fechado el 3 de mayo de 1977, dejó asentado que el fallecimiento se produjo por una “muerte violenta”, pero a causa de un “accidente” que no especifica. Sobko había sido secuestrado el día anterior.

El ex policía federal Cosme Ignacio Marino Demonte fue condenado como el autor material del homicidio: lo ejecutó a balazos cuando Sobko intentó escapar, durante un traslado.

El nombre de Sobko no aparece en ningún papel, pero no caben dudas de que se trata de él, a partir de la reconstrucción documental que pudo hacer su familia. El certificado de defunción no tiene, por ejemplo, datos arriba de dónde ocurrió el hecho, ni hay detalles de por qué el médico asegura que se trata de una muerte violenta por herida de bala. La única explicación que encuentran los querellantes es que Capellino hubiera estado delante del cadáver o que haya practicado la autopsia y por eso aseguran que el médico militar falsificó los datos que consignó en el certificado de defunción, “cometiendo así un aporte fundamental para la desaparición de la víctima, fraguando en el certificado la causa de la muerte y permitiendo que la víctima permaneciera desaparecida”.

También se le atribuye haber efectuado el traslado de los restos de Fernández y Osuna desde la casa ubicada en Rondeau 1396, donde fueron asesinados, hasta el Hospital Militar, tras un simulacro de enfrentamiento que montaron militares y policías. Ese hecho ocurrió el 25 de septiembre de 1976. En su indagatoria, Capellino admitió que un superior, cuyo nombre dijo no recordar, le ordenó que fuera al lugar para constatar la muerte de ambos, que estuvo en la vivienda y que cumplió la función médica de corroborar las defunciones, pero que no realizó el traslado de los cuerpos.

Los querellantes creen que el traslado de los restos de Fernández y Osuna “se realizó a bordo de una ambulancia del Hospital Militar en compañía del chofer, luego de lo cual los cadáveres fueron depositados en la morgue castrense y posteriormente enterrados en el cementerio municipal de Paraná” como NN en fosas comunes; y van más allá al advertir que el médico también “conformó el operativo llevado a cabo en La Tapera, desde antes que se iniciara hasta luego de que terminara”.