Crecen los casos de hostigamiento policial en los barrios paranaenses

16/01/2018

Juan Cruz Varela Un nuevo caso de abuso policial se registró en Paraná. Al menos así lo entendió la Cámara Federal de Apelaciones al decretar la nulidad de un procedimiento en el que resultó detenido un joven, sin motivos aparentes, al que luego le encontraron un arma y un trozo de marihuana dentro de una


Juan Cruz Varela

Un nuevo caso de abuso policial se registró en Paraná.

Al menos así lo entendió la Cámara Federal de Apelaciones al decretar la nulidad de un procedimiento en el que resultó detenido un joven, sin motivos aparentes, al que luego le encontraron un arma y un trozo de marihuana dentro de una mochila.

Agustín caminaba por el barrio Anacleto Medina cargando sobre sus hombros una mochila de jeans de color azul cuando un patrullero se detuvo a su lado.

No parece constituir un delito, ni siquiera un motivo de sospecha, que una persona joven camine por la calle portando una mochila de jeans de color azul. Que un policía repare en ello parece, en todo caso, un síntoma de estigmatización de un barrio pobre y de los jóvenes, tildados ambos de “conflictivos”. Lo cierto es que esa es la explicación que brindaron los dos policías cuando se les preguntó por qué lo interceptaron y le pidieron que se identificara, la mochila. Dicen también que lo palparon, detectaron que llevaba un revólver en la cintura y en ese momento el joven quiso escapar.

La escena transcurre un mediodía de marzo, en la esquina de las calles Zárate y Los Chanás, y a la vista de un montón de vecinos que reaccionan indignados.

Dicen los policías que se sintieron intimidados cuando un grupo de personas comenzó a acercarse hacia donde estaban ellos en una actitud que, interpretaron, pretendía evitar la detención; entonces, introdujeron a Agustín en el patrullero y se alejaron unas cuadras, hasta la esquina de las calles 1º de Mayo y Los Jacarandaes.

Agustín estaba “detenido” y los policías presumían que dentro de la mochila podría haber algún elemento ilícito. Entonces, procedieron. No le comunicaron lo que estaba pasando al juez, tampoco le pidieron a Agustín que abriera su mochila ni llamaron a dos testigos. Procedieron. Dentro de la mochila, los policías encontraron un envoltorio de nylon negro que contenía un trozo de 207 gramos de marihuana. Bingo. Recién entonces formalizaron la detención y pusieron al joven a disposición del juez.

El muchacho terminó procesado por tenencia simple de estupefacientes, un delito por el cual, seguramente, no irá a prisión ni siquiera en caso de ser condenado.

Sin embargo, la Cámara Federal de Apelaciones consideró que los policías se extralimitaron en sus funciones al detener a Agustín porque no se daban las condiciones que la ley les concede a las fuerzas de seguridad para detener a una persona sin la autorización de un juez.

La Policía puede realizar un arresto sin orden judicial solo ante “la concurrencia de circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitan justificar dichas medidas respecto de persona o vehículo determinado” o “en la vía pública o en lugares de acceso público”.

¿Se dieron esas circunstancias que ameritaran la afectación del derecho que tiene cualquier persona a circular libremente por la calle? Los jueces Daniel Alonso y David Chaulet, de la Cámara Federal de Apelaciones, creen que no.

(Cintia Gómez, la tercera integrante del tribunal, consideró apresurado anular el procedimiento y desprocesar al joven, en coincidencia con el fiscal general, Ricardo Álvarez).

El caso es apenas un botón de muestra de una práctica creciente en los barrios pobres de la ciudad. Constituye un caso de acoso policial, de esos que definen las relaciones entre los integrantes de las fuerzas de seguridad y los habitantes de los barrios más alejados del centro. Es acaso una forma de abuso cotidiana que forma parte de la rutina de las fuerzas de seguridad y que tiene como foco principal de ese hostigamiento a los jóvenes varones pobres, como Agustín. No hace falta agregar que esa conducta no tiene un espejo en los barrios de clase media o alta donde claramente no sería tolerada.

En este caso, Alonso y Chaulet sostuvieron que los policías interceptaron e identificaron al joven “sin exponer motivo alguno” y que eso trasciende la “autorización excepcional” que le conceden las leyes para detener a una persona sin orden judicial.

Asimismo, consignaron que “el contexto en que este procedimiento se materializara no puede ser considerado como hechos concomitantes que habiliten a la excepción a la regla” sino que, por el contrario, “los funcionarios actuantes contaban con tiempo más que suficiente para solicitar la orden de requisa al juez, si es que algún elemento objetivo permitía presumir la comisión de un hecho delictivo por parte del imputado”.

Así las cosas, dicen los jueces, “se advierte un claro avasallamiento de garantías constitucionales originado en el abordaje y requisa del imputado, sin que se encontrara respaldada por elementos objetivos que ‘justifiquen la afectación a la libertad o al pudor de una persona en aras del descubrimiento de la verdad’”.

Entonces, el tribunal decretó la nulidad del acta del procedimiento y de todas las actuaciones posteriores, y dispuso el sobreseimiento de Agustín. Pero la historia tiene un final abierto, ya que la resolución fue apelada.

Fuente: Página Judicial y El Diario.