Propusieron a D’Agostino para el Comité Nacional contra la Tortura

20/11/2017

Oscar Londero Para Página Judicial La novedad se formalizó el viernes pasado, con la publicación de un aviso en el Boletín Oficial de la Nación. De esa forma el Senado nacional dio cuenta de los legisladores propuestos para integrar el Comité Nacional contra la Tortura, entre los que figura un entrerriano: Jorge D’Agostino, quien finaliza


Oscar Londero
Para Página Judicial


La novedad se formalizó el viernes pasado, con la publicación de un aviso en el Boletín Oficial de la Nación. De esa forma el Senado nacional dio cuenta de los legisladores propuestos para integrar el Comité Nacional contra la Tortura, entre los que figura un entrerriano: Jorge D’Agostino, quien finaliza su mandato como diputado nacional el próximo 10 de diciembre.

A partir del anuncio oficial comenzó a regir el plazo de nueve días para la presentación de adhesiones o impugnaciones a los nominados. Luego habrá audiencias públicas y en caso de ser aprobados por el Senado los expedientes pasarán a la Cámara de Diputados, donde bastará una mayoría simple para brindar el respaldo definitivo.

D’Agostino fue propuesto en representación del interbloque de Cambiemos en Diputados y su nominación la impulsó el radical Mario Negri, quien además postuló a Alex Ziegler. La restante candidatura por la Cámara baja recayó en la diputada nacional Diana Conti, del bloque PJ-FPV, quien fue sugerida por su compañero de bancada Héctor Recalde.

Además otros tres postulantes fueron promovidos desde la Cámara Alta: a Juan Manuel Irrazábal lo propuso el senador nacional Miguel Ángel Pichetto, quien en representación del bloque del PJ-FPV también propició la designación de María Laura Leguizamón. Por su parte el senador Ángel Rozas (UCR-Chaco), promovió la candidatura de Rocío Alconada Alfonsín.

El Comité Nacional Contra la Tortura se conformó por última vez en 2012, siendo que Argentina participó de las discusiones impulsadas por Naciones Unidas y que permitieron adoptar el Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles.

Los seis representantes que designe el Congreso serán parte de los 13 integrantes del Comité Contra la Tortura, que hasta ahora cuenta con apenas cinco miembros. Sucede que tampoco fueron nombrados los dos integrantes por los Mecanismos Locales (representantes de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), que deben ser elegidos por el Consejo Federal de Mecanismos Locales para la Prevención de la Tortura.

El 29 de junio pasado, en forma unánime y tras sortear la instancia de una audiencia pública, la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo nombró a los tres representantes de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG).

Las designaciones recayeron en María Josefina Ignacio, propuesta por la Asociación Pensamiento Penal; Gustavo Palmieri, sugerido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); y Diego Lavado, cuya postulación fue sostenida por Fundación Sur Argentina y Xumek Asociación para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos.

Los restantes miembros del Comité son el titular de la Procuración Penitenciaria de la Nación, Francisco Mugnolo, y Alejandro Lucchetti, quien fue propuesto por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

El Comité Nacional Contra la Tortura debe actuar como “órgano rector del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otro Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes”. Y puede efectuar visitas a cualquier lugar de detención, figurando además entre sus atribuciones la de “reunir y sistematizar información para velar por el cumplimiento del Protocolo Facultativo para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles , Inhumanas o Degradantes”, conforme lo establecido por la Ley 26.827.

También debe propiciar la creación de un registro Nacional de Casos de Tortura y otro de Acciones Judiciales de Hábeas Corpus motivado por el agravamiento de las condiciones de detención. Entre sus atribuciones figura además la de “fijar estándares y criterios de actuación sobre inspecciones; condiciones de detención, capacidad de alojamiento, empleo de la fuerza, requisa y medidas de sujeción; investigación de casos de tortura, regímenes de traslados y fortalecimiento de los controles judiciales”.

Los miembros del Comité Contra la Tortura gozan de la inmunidad establecida por la Constitución Nacional a los miembros del Congreso. Por lo tanto no pueden ser arrestados desde el día de su designación hasta el de su cese o suspensión, y sus mandatos se extienden por cuatro años.