El planteo que lleva Entre Ríos a la Corte Suprema por coparticipación

28/09/2017

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial El planteo de María Eugenia Vidal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en reclamo de una actualización del conocido fondo del conurbano, puede terminar en una catástrofe financiera para las demás provincias. Esta posibilidad derivó en organizaciones coyunturales entre gobernadores y fiscales de Estado


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


El planteo de María Eugenia Vidal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en reclamo de una actualización del conocido fondo del conurbano, puede terminar en una catástrofe financiera para las demás provincias. Esta posibilidad derivó en organizaciones coyunturales entre gobernadores y fiscales de Estado para unificar estrategias y encontrarle al asunto una salida política. No obstante, la vía judicial se hizo inevitable.

Entre Ríos presentará por estas horas la contestación al Gobierno de la provincia de Buenos Aires ante la Corte Suprema (ver adjunto). La Provincia defenderá sus intereses con un anclaje histórico de sucesivos pactos fiscales en materia de financiamiento en los que esta comarca, como todas, fue cediendo fondos para financiar el sistema previsional administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

El régimen de coparticipación de los recursos tributarios, regido por la Ley Número 23.548, estableció que un 42,34 por ciento le correspondía a la Nación, un 54,66 por ciento a las provincias, un 1 por ciento al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias y un 2 por ciento para el recupero relativo de las provincias de Buenos Aires (1,5701 por ciento), Santa Cruz, Chubut y Neuquén (0,1433 por ciento cada una).

Luego se sancionaron los pactos fiscales, en rigor fue en 1992, y luego se prorrogó en 1999 y 2006.

Todas estas normas forman parte de lo que se denomina derecho intrafederal. Su característica principal es que no se trata de normas emanadas del Congreso Nacional exclusivamente, sino que son normas nacidas de acuerdos entre las provincias y la Nación, ratificadas por cada Legislatura provincial y finalmente por el Congreso. Entonces, este derecho intrafederal no puede modificarse por normas del Congreso.

A pesar de estas características de los acuerdos de coparticipación, el Congreso dictó leyes de asignaciones específicas, que para que sean constitucionales deben reunir tres requisitos: objeto específico, plazo determinado y sanción por un sistema de mayorías especiales. Sin el cumplimiento de estos tres requisitos, el Congreso podría modificar a su antojo las normas de coparticipación, que son derecho especial, intrafederal.

Menem, Duahlde, Vidal y el resto

Hace 25 años el Congreso modificó la Ley de Impuesto a las Ganancias y convalidó un acuerdo entre el presidente Carlos Menem y el entonces gobernador de Buenos Aires, Eduardo Duhalde, por el cual se le cedió a la provincia de Buenos Aires el 10 por ciento con destino al fondo del conurbano, el 20 por ciento para la Anses, el 2 por ciento para el Fondo de Aportes del tesoro Nacional que administra el Ministerio del Interior y el 4 por ciento para todas las provincias, excluida Buenos Aires, de acuerdo a un índice de necesidades básicas insatisfechas.

Más adelante, en 1996, se establece un techo de 650 millones de pesos para el fondo del conurbano, que con el paso del tiempo, la salida de la convertibilidad, la mayor recaudación y la inflación se fue desactualizando. Hoy, el 10 por ciento de la recaudación del Impuesto a las Ganancias es de 53 mil millones de pesos, de los cuales Buenos Aires continúa recibiendo los 650 millones, a los que hay que sumarle el 1,57 por ciento de la coparticipación pre-primaria para su recupero relativo, que se calcula que representan hoy unos 15 mil millones de pesos por año.

Buenos Aires pretende que se elimine el tope de 650 millones de pesos y que se le asignen 53 mil millones, que tendrían que salir de lo que recibe el resto de las provincias. Éstas, en cambio, sostienen que lo cierto, real y concreto es que al final de este período de 25 años, reciben el 34 por ciento de los recursos coparticipables, contra el 54,6 por ciento previsto en la Ley Número 23.548.

Frente a la pretensión de Buenos Aires, las provincias organizan su estrategia legal. En el caso entrerriano es el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, quien estuvo sobre la presentación.

Por un lado, un grupo sostiene que la única manera de modificar el techo de 650 millones de pesos es con un nuevo pacto fiscal, de derecho intrafederal. Por otro lado, hay distritos que sostienen que sólo se podría modificar con una ley del Congreso, porque se trata de una asignación específica, con las mayorías y los requisitos que el artículo 75 de la Constitución Nacional que establece que la Corte Suprema no sería el órgano competente para decidir esta materia. Salta propicia esta solución.

Otro grupo, entre los que se encuentran, hasta ahora, Entre Ríos, La Pampa, Catamarca, Tucumán y Chaco, sostiene que todas las asignaciones específicas son inconstitucionales, o porque no se reunieron las mayorías especiales, o porque su objeto no está suficientemente especificado o porque el plazo se agotó. Entonces, serían inconstitucionales las asignaciones dispuestas en el artículo 104 del Impuesto a las Ganancias y en la ley de IVA. La conclusión entonces es que no se deberían remitir más recursos tributarios de las provincias a la Anses y habría que volver a la Ley Número 23.548.

La medida cautelar

Sin embargo, lo que más preocupa a las provincias en este momento no es la solución de la cuestión de fondo, que se estima puede demandar años de proceso judicial ante la Corte Suprema, sino la medida cautelar planteada por Vidal, que propone que mientras se sustancia el juicio, se elimine el techo, que se incorpore a su provincia entre las que reciben el excedente de los 650 millones de pesos o que se la incorpore entre las que reciben el 4 por ciento por necesidades básicas insatisfechas.

En cualquiera de los tres casos, las otras 22 provincias se oponen. Primero, porque argumentan que no están dados los requisitos de procedencia de las medidas cautelares. “Esto es verosimilitud del derecho y peligro en la demora. La verosimilitud del derecho es muy discutible, dado que las provincias también tienen sólidos fundamentos de derecho para que la situación se mantenga como está. El peligro en la demora tampoco, porque han pasado 21 años desde que se estableció el techo de 650 millones de pesos. Evidentemente no hay urgencia”, sostuvo Rodríguez Signes a Página Judicial.

Las provincias aportan en sus contestaciones abundante documental sobre sus propios presupuestos, menguados por las transferencias a la Nación a raíz de los pactos fiscales; sostienen que en cualquier caso que se haga lugar a las pretensiones bonaerenses, ello impactaría sobre los gastos corrientes: remuneraciones, coparticipación a los municipios, jubilaciones y pensiones, gastos de funcionamiento y servicios de la deuda.