El sumario a Céparo continuará cuando su sentencia quede firme

17/08/2017

Oscar Londero Para Página Judicial En caso de que la Cámara Federal de Casación Penal ratifique su condena a 11 años de prisión por la comisión de delitos de lesa humanidad, Atilio Ricardo Céparo será exonerado como empleado de la Justicia de Entre Ríos. Pero mientras eso no ocurra, el Superior Tribunal de Justicia (STJ)


Oscar Londero
Para Página Judicial


En caso de que la Cámara Federal de Casación Penal ratifique su condena a 11 años de prisión por la comisión de delitos de lesa humanidad, Atilio Ricardo Céparo será exonerado como empleado de la Justicia de Entre Ríos. Pero mientras eso no ocurra, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) mantendrá en suspenso el sumario administrativo que le iniciara en febrero de 2015.

Se trata de un procedimiento habitual cuando el agente involucrado afronta un proceso penal. Como no puede cumplir las funciones que le fueran asignadas pero tampoco está bajo análisis su desempeño laboral, el alto cuerpo debe supeditar el curso de las actuaciones internas a la confirmación de la sentencia.

Recién entonces el STJ podrá disponer su cesantía. Por ese motivo sigue abonándole mensualmente el 50 por ciento de sus haberes, dinero que transfiere a su cuenta sueldo en el banco que oficia como agente financiero de la provincia.

Céparo, a quien el Tribunal Oral Federal de Paraná halló culpable por el secuestro y la aplicación de torturas de una persona durante la última dictadura militar, todavía revista como auxiliar principal técnico del Poder Judicial. Es uno de sus choferes oficiales, puesto al que accedió tras haber manejado vehículos para una funeraria de la ciudad de La Paz.

De concretarse, será la segunda exoneración que recaerá sobre sus espaldas, ya que la Policía entrerriana lo separó de sus filas en 1981. En aquella oportunidad fue por haber cobrado indebidamente multas en nombre del Estado, y si bien años después presentó un recurso de gracia ante el Poder Ejecutivo, su intento por ser reincorporado terminó en fracaso.

Medio sueldo

Céparo quedó detenido por orden del juez federal de Paraná, Leandro Ríos, el 18 de diciembre de 2014. Horas antes, su yerno y vocal del STJ, Emilio Castrillón, había participado junto a otros integrantes del alto cuerpo del tradicional brindis de fin de año que se ofrece a los periodistas de la capital provincial.

Mientras chocaban algunas copas y circulaban las bandejas con bocaditos, el rumor había comenzado a circular: efectivos de Gendarmería fueron hasta su casa y no lo encontraron. Finalmente Céparo se presentó en forma espontánea y quedó detenido.

El STJ trató su situación de revista en dos oportunidades. El 5 de febrero de 2015 dispuso la “suspensión de la relación laboral con el auxiliar principal técnico señor Atilio Ricardo Céparo, con retroactividad al 19 de diciembre de 2014 y hasta nueva disposición, a las resultas de la causa penal iniciada en su contra”.

La decisión quedó plasmada en el segundo punto del Acuerdo General 01/15, celebrado por el máximo tribunal el 5 de febrero de 2015. En aquella oportunidad, según consta en los registros disponibles en la página web del Poder Judicial, también se dispuso la “suspensión sin goce de haberes, salvo el período de las vacaciones ya devengadas”.

Pero la medida fue reconsiderada en ocasión del Acuerdo General 04/15, efectuado el 9 de marzo de 2015. En su cuarto punto el STJ dispuso “la instrucción de un sumario administrativo (…) por haber sido imputado de un hecho doloso que prevé pena punitiva de libertad y de cumplimiento efectivo, que podría dar luego a la sanción de exoneración (artículo 25, inciso b) de la Ley 5.143)”.

Céparo había sido denunciado por una ex detenida política que lo acusó de haberla secuestrado de su casa y de formar parte de la patota que la sometió a torturas en la Jefatura Central de Policía, en septiembre de 1976.

La responsabilidad de llevar adelante las actuaciones recayó en la Secretaría de Superintendencia Número 2; y el alto cuerpo también resolvió que “el agente perciba el 50 por ciento de sus haberes a partir de la fecha del presente acuerdo –artículo 22 de la Ley 5.143–, sujeto a resultado del sumario”.

Desde entonces nada se modificó.

Céparo, quien en 1976 se desempeñaba en la División Despacho de la Jefatura Departamental de Paraná, fue el primer efectivo de la Policía de Entre Ríos en ser condenado por la comisión de delitos de lesa humanidad. Actualmente cumple su condena en la Unidad Penal Número 1 de Paraná luego de que se le denegara el beneficio de la prisión domiciliaria por problemas de salud.