El juicio a Alanis lo pasaron para después de las elecciones
03/08/2017
Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Luego de 17 años de espera, para Héctor Alanis es lo mismo. No así para la política y, mucho menos, para el oficialismo. El juicio que debe enfrentar el vicegobernador estaba fijado entre el 17 y 31 de octubre, es decir en el medio de las elecciones
Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial
Luego de 17 años de espera, para Héctor Alanis es lo mismo. No así para la política y, mucho menos, para el oficialismo. El juicio que debe enfrentar el vicegobernador estaba fijado entre el 17 y 31 de octubre, es decir en el medio de las elecciones legislativas generales.
La fecha fue modificada sin petición de las partes, sino de oficio. Será entre el 12 y el 26 de febrero. El cambio de cronograma –según supo Página Judicial – fue por “cuestiones de agenda”. Así lo dispuso el tribunal integrado por Ricardo Bonazzola, Humberto Franchi y Mariela Garbarino.
Esta modificación debe ser celebrada por el peronismo que iba a enfrentar el final de la campaña ante las elecciones de octubre con un caso paradigmático de corrupción que las fuerzas de la oposición ya tenían anotados en sus libretos proselitistas para sacar ventaja. Voluntaria o no, una ayudita para Gustavo Bordet.
El ex presidente del Senado; su sobrino Maximiliano Alanís; el ex director administrativo, José Crettón Pereyra; y el ex vicepresidente primero del Senado y ex legislador provincial por el radicalismo, Humberto Ré serán juzgados por un supuesto desvío millonario de fondos en el seno de la Cámara Alta entre 1995 y 1999.
El emblemático caso tuvo idas y vueltas en estos últimos 17 años. Se procesó, se sobreseyó y se volvió a procesar.
El primer paso fue la puesta en reserva y posterior archivo de la denuncia, en 2007, por el entonces juez de Instrucción Número 6, Gustavo Maldonado.
La jueza Marina Barbagelata avanzó y procesó bajo la figura de la comisión del delito de peculado. Sin embargo, la Cámara Primera en lo Penal de Paraná –integrada por Elvio Garzón, Hugo Perotti y Miguel Giorgio– dispuso el sobreseimiento. El caso llegó a la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por Carlos Chiara Díaz, Daniel Carubia y Claudia Mizawak, que revocó el sobreseimiento.
El desvío de fondos millonarios en plena gestión de Jorge Busti se había convertido en la estafa más grave de los últimos 20 años cometida en el Estado.
El robo fue denunciado por la desaparecida Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) en diciembre de 2000. En su presentación, el organismo que luego en la tercera gestión Busti decretó su muerte para crear la deslucida Oficina Anticorrupción, sostuvo que a partir de la existencia de dos programas presupuestarios separados –el denominado Programa 17, a cargo de Crettón Pereyra; y el Programa 18, responsabilidad de Maximiliano Alanis– se “realizaron maniobras consistentes, principalmente, en la sustracción de fondos públicos de todos los canales administrativos, contables y renditivos de la partida correspondiente”, por una suma que durante 1999 habría alcanzado a los 5,9 millones de pesos/dólares.
También hubo un manejo irregular de otros 5,2 millones de pesos/dólares que les fueron transferidos por la Tesorería General de la Provincia para el pago de Servicios No Personales, pero que habrían sido utilizados para el pago de contratos de personal, “a pesar de que falta la documentación respaldatoria de la utilización de dichos fondos en el supuesto pago de contratos no quedando, por lo tanto, justificada”. Tampoco existía la individualización de los contratos y los de los titulares, hecho que impedía “establecer los importes correspondientes a cada uno”.
La denuncia, que primeramente apuntó a una cifra de 11 millones de pesos/dólares, se acrecentó llegándose a hablar de una cifra próxima a los 20 millones de pesos/dólares, destacó que el modus operandi suponía un uso discrecional de “los fondos destinados a la partida identificada como Servicios No Personales del Programa 18 (aquí generalmente se incluyen contratos de personal temporario), sin dictar las normas reglamentarias que así lo autorizaran”.
Los defensores de Alanís son Julio Federik y Leopoldo Lambruschini.