Fue condenado el jardinero Barreiro

25/05/2017

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial El juez Pablo Vírgala condenó a un año y seis meses de prisión al empresario multi-rubro Ricardo Fabián Barreiro, el jardinero presidencial, por haber introducido datos falsos en una declaración jurada que presentó al momento de inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado entrerriano, en


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


El juez Pablo Vírgala condenó a un año y seis meses de prisión al empresario multi-rubro Ricardo Fabián Barreiro, el jardinero presidencial, por haber introducido datos falsos en una declaración jurada que presentó al momento de inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado entrerriano, en el año 2012.

Barreiro, que no estuvo presente en la lectura del veredicto, tampoco podrá ejercer como funcionario público durante un lapso de tres años y deberá realizar tareas comunitarias en una entidad de bien público a determinar, con una carga de ocho horas mensuales durante dos años.

Antes de adelantar que lo consideraba culpable, el juez lamentó la ausencia de Barreiro –en la sala estaban sus defensores, el ex diputado nacional Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez–, porque quería “explicarle la sentencia” e informarle “por qué se llega a tal o cual conclusión”. Luego aseguró que no lo juzgó en función del mote de “jardinero k” con el cual se hizo conocido públicamente, sino que “se juzgó un hecho, no una persona; y el hecho que se le imputó es el de falsificación de un instrumento público”.

Sin rodeos, el magistrado resaltó que cuando Barreiro se inscribió en el Registro de Proveedores, el 15 de octubre de 2012, era funcionario público, ya que había sido designado como coordinador de Relaciones Institucionales del Centro Experimental de Industrias Culturales de Entre Ríos (Ceicer), a partir del 15 de agosto anterior.

En ese registro, Barreiro declaró bajo juramento que ninguno de los integrantes de la firma RP Transportes –de la cual es titular– se desempeñaba como funcionario o empleado de la administración pública de la provincia de Entre Ríos, pero él mismo había sido designado como coordinador ad-honorem de Relaciones Institucionales del Ceicer.

“¿Era funcionario público?”, se preguntó el juez y él mismo respondió: “Si, cumplía funciones y, en el orden jerárquico, estaba por debajo de (el coordinador del organismo, Sebastián) Lorenzo (…) Ad-honorem o cobrando, Barreiro era funcionario público, es decir, cumplía funciones para el Estado”, remarcó en otro tramo de su alocución.

En el final de la audiencia, Vírgala hizo también una reflexión respecto de que “siempre que se dicta un fallo condenatorio deja un sabor amargo porque significa la confirmación de un fracaso como sociedad; y eso tiene un plus cuando se trata de un funcionario o de un militante político, porque de ellos uno espera otra cosa”. Eso, según dijo, era lo que quería decirle a Barreiro. Pero el empresario no estuvo para escucharlo.

Los argumentos del juez

Como se dijo, Barreiro fue designado a través del Decreto Número 2.693. El juez explicó que “ese decreto formalizaba una situación” y citó las palabras del ex ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, quien describió la tarea de Barreiro como la de “un abre-puertas” en la Ciudad de Buenos Aires. De hecho, mediante el Decreto Número 3.793/12, del 13 de diciembre, se le asignaron viáticos por esa función.

“En ese contexto, era difícil que Barreiro no conociera su nombramiento; que en los meses que pasaron desde su nombramiento hasta su inscripción como proveedor nadie le dijeron nada, sobre todo porque tenía un contacto fluido con Lorenzo y con Báez”, explicó el juez. “No podía desconocer su nombramiento”, acotó. De hecho, Vírgala destacó “una perlita” que tenía el decreto de designación de Barreiro: que entre las funciones se cuenta la de “articular como nexo para fortalecer las relaciones entre el citado organismo provincial (el Ceicer) y los diferentes gobiernos del Mercosur y la Unasur” (sic). Con asombro, calificó esas gestiones como “exorbitantes” y “casi equiparables a un canciller regional si es que tal cargo existiera”, según expuso en el fallo.

En el fallo, el juez consideró “inverosímil” que Barreiro no se enterara de su designación. “Es prácticamente imposible”, aseguró. En otro tramo de su argumentación detalló que Barreiro, Báez y Lorenzo “reconocieron pertenecer a un mismo espacio político; los tres reconocieron trabajar de manera coordinada; los tres reconocieron tener asiduos encuentros personales (Barreiro con Lorenzo y éste con Báez); sin embargo, nunca Lorenzo le dijo a Barreiro que había sido designado coordinador ad-honorem de Relaciones Institucionales del Ceicer, ni tampoco Báez le comentó a Lorenzo que había firmado el decreto respectivo, pese a que fue el propio Lorenzo, según dijo, quien lo había solicitado; algo que resulta extrañamente sugestivo, diría inverosímil”.

El magistrado fue más allá en su argumentación al señalar que “resulta inverosímil que, en ese contexto de militancia y función pública, Barreiro nunca se hubiera enterado de su designación y, sin embargo, si haya podido conocer, por ejemplo, el llamado a la licitación pública de la que finalmente resultó adjudicatario, ello por gestiones de algunos colaboradores que no pudieron ser identificados”.

El juez Vírgala también descartó la argumentación defensista de que Barreiro no había sido notificado de su nombramiento y dijo que “se cae frente a la propia defensa material” que hizo el empresario, quien dijo no haber leído lo que firmaba cuando estampó su nombre en la declaración jurada para inscribirse como proveedor. Del mismo modo, consideró el magistrado, “si esta excusa fuese admisible ¿qué valor tendría entonces la recepción de una carta documento o de una cédula? ¿No podría el notificado decir –por ejemplo– ‘recibí la carta documento pero no la leí’ y así probar que nunca supo lo que había recibido?”.

El único oferente

Es curioso el derrotero que siguió Barreiro hasta convertirse en proveedor del Estado: el 26 de septiembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial una licitación de la Dirección de Turismo Social, dependiente del Ministerio de Turismo, para el alquiler de dos colectivos por el período de treinta días para realizar traslados de estudiantes secundarios de escuelas públicas de Paraná hasta el predio de Tecnópolis, en Villa Martelli.

Ese mismo día, casualmente, se publicó también, unas páginas más adelante, la designación de Barreiro en el Ceicer.

Barreiro inició el trámite de inscripción como proveedor para su empresa RP Transportes SA el 3 de octubre (allí presentó una declaración jurada fechada el 1 de octubre donde niega ser funcionario) y el 15 de octubre formalizó la inscripción. El trámite lo hizo un tal Aníbal Beorda, que era entonces empleado del Ceicer.

RP Transportes SA, la empresa de Barreiro, fue la única oferente y ganó la licitación. En total se realizaron 33 viajes –31 a Tecnópolis, 1 a Temaiken y 1 a Rosario–, transportando a 2.324 alumnos de 60 escuelas de Paraná. El fiscal Alejandro Cánepa hizo notar en su alegato que la contratación era por 40 viajes; pero el juez consideró que “el delito cometido, más allá del perjuicio potencial que en si mismo encierra, no causó (o al menos hasta aquí ello no pudo probarse) un perjuicio económico a las arcas del Estado”.

Por estos servicios, el ex jardinero presidencial presentó, el 11 de diciembre de 2012, una factura por 220.000 pesos, la cual fue ingresada al Servicio Administrativo Contable provincial por la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Turismo, luego pasó a la Tesorería General de la provincia y se abonó. Del monto total, se descontaron 7.000 pesos de multa que Barreiro debió pagar por haberse demorado en la entrega de una garantía.

En el juicio, el empresario se quejó porque los colectivos le fueron devueltos con los asientos rotos y los baños inutilizables, aunque no hizo ningún reclamo por ello.