Barreiro figura como “funcionario” en la Dirección General de Personal
18/05/2017
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial De la respuesta a una sola pregunta dependerá que el empresario multi-rubro Ricardo Fabián Barreiro, el jardinero presidencial, sea condenado o absuelto el próximo martes. ¿Era Barreiro funcionario público? Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial De la respuesta a una sola pregunta dependerá
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
De la respuesta a una sola pregunta dependerá que el empresario multi-rubro Ricardo Fabián Barreiro, el jardinero presidencial, sea condenado o absuelto el próximo martes.
¿Era Barreiro funcionario público?
Antes habrá que decir que Barreiro está acusado por haber introducido datos falsos en una declaración jurada que presentó al momento de inscribirse en el Registro de Proveedores de la provincia. El empresario omitió mencionar que había sido designado como coordinador de Relaciones Institucionales del Centro Experimental de Industrias Culturales de Entre Ríos (Ceicer) desde el 15 de agosto de 2012, a través del Decreto Número 2.693.
Ahora bien, habrá que decir que existen dos teorías que pugnan por convertirse en la respuesta a la pregunta clave. La acusación dice que Barreiro conocía esa designación y omitió a propósito mencionarlo. La defensa contesta que Barreiro no supo de la designación y que de todas maneras no puede ser considerado como funcionario público.
El fiscal Alejandro Cánepa pidió que el empresario sea condenado a dos años y tres meses de prisión condicional y aseguró que Barreiro conocía su condición de funcionario público, “omitió dolosamente” mencionarlo en la declaración jurada y ocasionó un “evidente perjuicio contra la fe pública y la administración”.
Cánepa dijo que la Convención Interamericana contra la Corrupción de la OEA define que “el concepto de funcionario público es funcional, no debiendo diferenciarse entre funcionario y empleado público (…) e incluso aquellos que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado en todos sus niveles jerárquicos”.
Los defensores Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez sostuvieron que Barreiro “no quiso aceptar una función pública”, no fue notificado de su designación y “no consta que haya aceptado ese cargo, por lo tanto, si no hay acto de aceptación del cargo, esa designación es ineficaz”. Llegaron a decir, incluso, que Barreiro “nunca ejerció funciones”, algo que quedó contradicho.
También mencionaron los defensores que Barreiro no figuraba en la nómina de funcionarios que solicitó el Registro de Proveedores en julio y diciembre de 2012 y tampoco en mayo de 2013 a la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones.
Esto tiene una explicación: Barreiro tenía una designación ad-honorem.
En cambio, sí aparece en la nómina de la Dirección General de Personal. Un documento al que accedió Página Judicial revela que el Estado provincial consideraba a Barreiro como “funcionario” del Ministerio de Cultura y Comunicación.
Según los registros provinciales, el “agente” Ricardo Fabián Barreiro tiene el Legajo Número 205398, fue designado ad-honorem, cuanta con una categoría de “coordinador – personal superior fuera de escalafón” y aparece en la planta como “funcionario”. Su designación, como ya se dijo, se materializó a través del Decreto Número 2.693, fechado el 15 de agosto de 2012 y firmado por el gobernador Sergio Urribarri y el ministro Pedro Báez; según dijo éste último, a instancias de Sebastián Lorenzo.