Abogados de derechos humanos pedirán juicio político a la Corte
07/05/2017
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial Abogados de todo el país que intervienen en las causas por delitos de lesa humanidad presentarán un pedido de juicio político por mal desempeño de sus funciones a Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkratz, los ministros de la Corte Suprema que firmaron el
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
Abogados de todo el país que intervienen en las causas por delitos de lesa humanidad presentarán un pedido de juicio político por mal desempeño de sus funciones a Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkratz, los ministros de la Corte Suprema que firmaron el fallo que permite la aplicación del beneficio del dos por uno a un condenado por crímenes de la dictadura.
La decisión fue adoptada por el Colectivo Nacional Mario Bosch, que integran abogados que intervienen en las causas por crímenes de lesa humanidad, en un encuentro realizó este fin de semana en Santa Fe, con la participación de más de noventa abogados.
En el encuentro resolvieron también “realizar todas aquellas denuncias y presentaciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en virtud de la grave situación en la que se encuentra el proceso de juzgamiento de los delitos de lesa humanidad” cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
En un documento emitido al final de las jornadas, los abogados señalaron que “este fallo no se trata sólo de una resolución injusta, que no nos gusta o que nos enoja, sino se trata de una sentencia ilegal, y de allí su gravedad, lo que implica un inadmisible paso hacia la impunidad”.
Desde el colectivo nacional de abogados apuntaron también que el fallo de la Corte Suprema “tiene un grave impacto para los procesos judiciales en marcha y las condenas dictadas a lo largo de diez años, (y) pretende un debilitamiento en la obligación estatal de prevenir, investigar, castigar y reparar los delitos de lesa humanidad”.
En el encuentro se planteó además que el fallo debe ser considerado en conjunto con otros que en los últimos meses marcaron el perfil de la nueva integración de la Corte Suprema: el que declara que los reclamos civiles por daños y perjuicios no son imprescriptibles como sí lo es la persecución penal; otro que determina que las decisiones de la Corte Suprema tienen preeminencia sobre las de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y el que establece que para negar una prisión domiciliaria a represores de más de 70 años hay que fundamentar muy bien los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento.
Por eso, desde el colectivo de abogados resolvieron instar a legisladores nacionales y provinciales a repudiar el fallo de la Corte Suprema; y solicitarán a los legisladores nacionales, puntalmente, “que frente a cualquier debate sobre proyectos de ley que guarde alguna vinculación con el fallo, convoquen a los abogados del Colectivo Nacional Mario Bosch a fin de expresar la posición y las graves implicancias que pueden tener estas leyes en el proceso de juzgamiento de los delitos de lesa humanidad”.
Del encuentro participaron los entrerrianos Marcelo Boeykens, María Sol Boyekens, José Iparraguirre, José Luis Legarreta, Lucía Tejera y Sofía Uranga, que tienen a su cargo querellas en las causas que tramitan en la provincia.
El coordinador del Registro Único de la Verdad, Marcelo Boeykens, consideró que el fallo de la Corte Suprema “significa un golpe a todo lo que se ha venido construyendo en materia de juicio y castigo y debilita la obligación estatal de prevenir, investigar y sancionar los delitos de lesa humanidad” y explicó que “por eso el fallo es ilegal”.
En diálogo con Página Judicial, Boeykens insistió en que “el fallo que permite la aplicación del dos por uno para los represores es ilegal” y resaltó que “si hay algo que ha caracterizado a estos juicios por crímenes de la dictadura es el respecto de todos los principios de legalidad, debido proceso, jueces naturales y derecho de defensa, es decir, los represores tuvieron todas las garantías constitucionales; no se dictaron leyes especiales para su juzgamiento sino que se los ha juzgado con las leyes existentes; e incluso en Entre Ríos hasta se les ha permitido elegir qué tipo de proceso querían para ser juzgados y por eso se aplicó el antiguo Código de Procedimiento en Materia Penal”, concluyó.