Qué pasa en Entre Ríos tras el fallo de la Corte Suprema sobre el 2 x 1

04/05/2017

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial El ex militar y abogado Jorge Humberto Appiani hizo punta entre los represores entrerrianos en el pedido para que se aplique eso que ahora escandalosamente reconoce el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es la aplicación del beneficio del dos por


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


El ex militar y abogado Jorge Humberto Appiani hizo punta entre los represores entrerrianos en el pedido para que se aplique eso que ahora escandalosamente reconoce el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es la aplicación del beneficio del dos por uno a un condenado por crímenes de lesa humanidad.

La Corte Suprema, con el voto de Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, aceptó aplicar el beneficio dos por uno a Luis Muiña, un condenado por crímenes de la dictadura. Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda votaron en disidencia.

La explicación del fallo mayoritario puede reducirse en el argumento de que se debe tener en cuenta la ley penal más benigna, un principio que establece que cuando existan dos normas que fijen sanciones por los mismos hechos los jueces deben aplicar aquella que sea menos dañina para el acusado.

El voto de la mayoría plantea que “las leyes penales intermedias, promulgadas después de la comisión del delito pero derogadas y reemplazadas por otra ley antes de dictarse una condena, se aplican retroactivamente cuando son más benignas y tendrán ultraactividad cuando son intermedias, siempre que fueran más benignas que las posteriores” y agrega que “la solución más benigna debe aplicarse a todos los delitos, inclusive los de carácter permanente”, como los crímenes de lesa humanidad.

Esto a pesar de que las investigaciones judiciales por crímenes de la dictadura y la detención de los represores se produjeron con posterioridad a la derogación de la ley que permitía computar doble los días de detención a quienes no tenían sentencia firme.

La Ley Número 24.390, conocida como “ley del dos por uno”, estuvo vigente entre 1994 y 2001. Se sancionó en medio de una ola de revueltas carcelarias, como un intento de reparación para la inmensa cantidad de detenidos en prisión preventiva y con causas demoradas. Se pretendía acelerar los procesos judiciales y por eso se estableció que la prisión preventiva no podía extenderse por más de dos años –con la posibilidad de solicitar una prórroga de un año en investigaciones complejas–; luego de los primeros dos años “se computará por un día de prisión preventiva dos de prisión o uno de reclusión”.

El fallo de la Corte Suprema señala que los represores tienen derecho a que se le aplique la ley penal más benigna, aunque no sea la que estuviera vigente en el momento del delito ni de su detención; y destaca que la ley que estableció el dos por uno no fijó excepciones para su aplicación, por lo que no está vedado para el caso de los crímenes de lesa humanidad.

En cambio, los jueces Lorenzetti y Maqueda, en la disidencia, señalaron que “el carácter permanente de un delito implica que si durante su lapso de consumación rigieron dos leyes, no se trata de un caso de sucesión de leyes penales, sino de coexistencia de leyes. Por lo tanto, siguiendo este enfoque, se debe aplicar una sola ley que es la vigente en el último tramo de la conducta punible”.

Las implicancias del fallo

Si bien este fallo de la Corte Suprema sólo tiene efecto sobre la detención de Muiña, podría ser aplicado en el futuro a otros militares condenados por delitos de la dictadura que se encuentran en una situación similar, algunos de ellos condenados en Entre Ríos.

Desde 2003, a partir del desarchivo de las causas por crímenes de la dictadura, han sido condenadas 17 personas en la provincia y otras 4 resultaron absueltas; mientras que una veintena de represores fallecieron antes de ser juzgados.

De las personas que recibieron condena en Entre Ríos, algunos podrían quedar en libertad si la Corte Suprema hiciera extensivo el nuevo criterio que declaró aplicable el cómputo denominado como dos por uno para la prisión de un condenado por delitos de lesa humanidad. Represores e involucrados en el robo de hijos de desaparecidos podrían verse beneficiados, aunque el único que lo ha planteado es Appiani.

El ex militar y abogado Appiani, que cumple una condena de 20 años de prisión, lo planteó por primera vez en junio del año pasado. Por un lado, argumentó que la ley en su versión original debía considerarse “ley penal intermedia más benigna” propiciando la aplicación ultraactiva del cómputo privilegiado de la prisión preventiva; y, por otro lado, que llevaba cumplidas las dos terceras partes de su condena no firme.

Appiani fue detenido el 5 de junio de 2009, cuando la jueza Myriam Galizzi dispuso su prisión preventiva por crímenes de lesa humanidad cometidos entre 1976 y 1977. El 4 de junio de 2011 se cumplieron los dos años de prisión preventiva, por lo que, según su criterio, comenzó a tener vigencia el llamado régimen del dos por uno. La condena vence el 4 de junio de 2029, pero todavía no está firme, de modo que sigue computado doble los días que lleva detenido desde el 5 de junio de 2011.

El planteo fue rechazado por el juez Leandro Ríos, quien consideró que la ley del dos por uno era inaplicable, en líneas generales, porque la norma ya no está vigente, tampoco lo estaba durante la última dictadura cívico-militar y ni siquiera cuando fue detenido

También la Cámara Federal de Apelaciones rechazó la pretensión de Appiani. “Para que la ley más benigna pueda ser convocada para su aplicación al caso de que se trate, debe ser posterior al hecho que la reclama (retroactividad de la ley penal más benigna) o intermedia entre el hecho que reclama su aplicación y el momento de dictado de la sentencia (ultraactividad de la ley penal más benigna). Y ese ‘hecho’ no es otro que aquél que dispuso la medida cautelar restrictiva de la libertad de Appiani, no los hechos o el facto que se le atribuye y por el que se lo responsabiliza penalmente en este proceso”, expuso en la sentencia que confirmó la condena a los represores en la megacausa Área Paraná.

Appiani es el único condenado que llevó este revés ante la Corte Suprema, para que los años de prisión preventiva que lleva cumplidos en exceso de los dos primeros, sean computados de modo duplicado. Lo hizo en su apelación al fallo de la Cámara Federal y esa podría ser la llave para abrir el recurso extraordinario.

Los jueces inferiores no están obligados a seguir el criterio del máximo tribunal, pero en los tribunales ya avizoran una oleada de reclamos de otros represores que intentarán recuperar la libertad con el mismo argumento, a pesar de que el fallo de la Corte Suprema sólo tiene efecto sobre la detención de Muiña.

El otro represor que hizo un planteo de este tipo es el ex policía federal Cosme Ignacio Marino Demonte, condenado a prisión perpetua en la megacausa Área Paraná. Tampoco en su caso la justicia le hizo lugar.

Otros represores condenados podrían quedar en libertad si se hiciera extensivo el beneficio del dos por uno, aunque cada caso tiene sus particularidades:
–Pascual Oscar Guerrieri, ex militar, condenado a 14 años de prisión por robo de bebés.
–Jorge Alberto Fariña, ex militar, condenado a 13 años de prisión por robo de bebés.
–Juan Daniel Amelong, ex militar, condenado a 13 años de prisión por robo de bebés.
–Walter Pagano, ex militar, condenado a 11 años de prisión por robo de bebés.
–Julio César Rodríguez, condenado a 15 años de prisión por delitos en la Delegación de la Policía Federal de Concepción del Uruguay.
–Alberto Rivas, ex militar, condenado a 16 años de prisión en la megacausa Área Paraná.
–José Anselmo Appelhans, ex militar, condenado a 16 años de prisión en la megacausa Área Paraná.
–Hugo Mario Moyano, médico, condenado a 10 años de prisión en la megacausa Área Paraná.
–Rosa Susana Bidinost, ex directora de la cárcel de mujeres, condenada a 8 años de prisión en la megacausa Área Paraná.

Cada caso tiene sus particularidades. Los condenados por robo de bebés, por ejemplo, tienen otras condenas en Rosario y es allí donde se analizará su situación. En cuanto a Julio César Rodríguez, alias El Moscardón Verde, podría pedir la libertad por aplicación del dos por uno, aunque está imputado en otra causa por crímenes de la dictadura en Concepción del Uruguay. En tanto, Rivas, Appelhans y Moyano también podrían invocar el fallo de la Corte Suprema y pedir la libertad, aunque están con prisión preventiva en la denominada causa Área Paraná II. El caso de Bidinost es parecido: en un mes se cumpliría la condena que le impuso la Cámara Federal, pero también tiene prisión preventiva en la otra causa.