Diputados, Kunath y más de 200 firmas, con otra denuncia

10/04/2017

De la Redacción de Página Judicial La decisión política de correr al juez de Ejecución de Pena y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi, no tiene fisuras. Desde el Presidente, pasando por el ministro de Justicia de la Nación hasta todo el arco político de Entre Ríos, coinciden en que el magistrado que quien


De la Redacción de Página Judicial

La decisión política de correr al juez de Ejecución de Pena y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi, no tiene fisuras. Desde el Presidente, pasando por el ministro de Justicia de la Nación hasta todo el arco político de Entre Ríos, coinciden en que el magistrado que quien resolvió la libertad de Sebastián José Luis Wagner tiene que ser destituido.

En las primeras horas de este lunes el senador por La Paz enrolado en el Frente para la Victoria, Aldo Ballestena, presentó un pedido de Jury para Rossi. El sábado había hecho lo propio su par de Cambiemos, Nicolás Mattiauda.

Ahora es el turno para el bloque oficialista de la Cámara de Diputados, la senadora nacional Sigrid Kunath, y más de 200 ciudadanos.

La salida del principal sospechoso de haber asesinado a Micaela García acumuló a la fecha tres peticiones para investigar al magistrado que quedó bajo la lupa por haber desoído los informes del Servicio Penitenciario y el dictamen de la Fiscalía que desaconsejaban la liberación.

En la que presentación de los diputados, la senadora nacional y un grupo de ciudadanos – a la que tuvo acceso Página Judicial – se hace hincapié en la resolución de Rossi que dejó en libertad a Wagner, condenado por violación. En ese punto han coincidido todos los pedidos de Jury que ingresaron a la Legislatura.

El nuevo pedido repasa lo que dice la Ley Nacional 24.660, a la que Entre Ríos ha adherido, y que establece un sistema gradual de libertad para quienes se encuentran privados de ella por cumplir una pena impuesta por un Tribunal de Juicio. Ese sistema gradual de libertades, se vincula siempre con un proceso de resocialización y recuperación que debe darse en la psiquis de las personas sometidas a penas privativas de libertad. Sin embargo, se hace hincapié en que en 2012 Wagner había recibido una pena de 9 años de prisión por dos abusos agravados y que el mismo se encontraba en libertad desde el año pasado por la decisión de Rossi, “evidentemente sin medidas suficientes de contralor de esa libertad condicional concedida a espaldas de los dictámenes que le aconsejaban no otorgarla”. “Si se leen los argumentos – advierten los denunciantes con la diputada Rosario Romero a la cabeza – de su resolución judicial, la misma abunda en citas de fallos y doctrina, y en el análisis concreto del caso se dedica el juez denunciado a contradecir a los organismos profesionales y al Ministerio Fiscal que le desaconsejan la libertad”.

A renglón seguido un párrafo de la resolución del Juez, que llega a sostener “…Entonces de las constancias probatorias arrimadas a esta secuencia, se resalta saludablemente el cambio actitudinal de Wagner, así como una positiva modalidad de resolución de conflictos, aptitudes desarrolladas intramuros, red social íntima y/o cercana cuya funcionalidad opera en la contención del interno, una proyección social y laboral fuera del establecimiento, eventual identificación con modelos cuyos ejes se centran en el respeto a las normas y adecuación a la convivencia social, son todos elementos positivos para valorar su incorporación a una modalidad flexible del cumplimiento de la pena, que lo proyecten definitivamente a su medio natural. De no ser así se estaría conculcando uno de los principios rectores de la ejecución penal como basamento constitucional, cual es el principio de legalidad”. Para los perticionantes del Jury esto escrito por Rossi no ve otra cosa que “una realidad inexistente”.

“Toda la argumentación – sostenemos – se dedica a contrariar los argumentos de los especialistas, que aconsejaban precaución, posponer la libertad, seguir analizando su real cambio respecto de los ataques sexuales por los que había sido condenado. El juez se encargó de hacer una pieza resolutiva no basada en la realidad del interno, sino en conceptos generales, en críticas al sistema carcelario, argumentos que pueden ser aplicables a otras situaciones, pero no a este tipo de crímenes que atentan contra la libertad sexual, que, se sabe, son cometidos por personas que en un porcentaje altísimo tienden a ser reincidentes. Esa realidad, fue directamente soslayada por el juez”, dice la denuncia ingresada hace minutos en la Cámara de Diputados. (Ver texto completo en Adjuntos)

Según se desprende de lo actuado por la Fiscalía y que se adjunta en la petición de Jury, “Wagner no había demostrado ningún progreso en cuanto a su problemática específica, la que lo llevó a tener una condena de 9 años de prisión”. Y se advirtió que el condenado consumía “sustancias (adicción verificada) y que tuvo agresión a golpes de puño a otro interno”.

Medidas de pruebas

Los diputados del oficialismo, menos Diego Lara que integra el Jurado de Enjuiciamiento, solicitaron las siguientes medidas de prueba:

a) Antecedentes y expediente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos de la H. Cámara de Senadores de Entre Ríos, correspondientes al pliego del Dr. Carlos Alberto Rossi.

b) Se oficie al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, solicitando la remisión de los autos caratulados “Wagner, Sebastián José Luis s/ Ejecución de Pena” (Expte. Nº 1456), incluidos los informes emitidos por el Equipo Técnico Criminológico, el Consejo Correccional de la Unidad Penal Nº 7 y el Equipo Interdisciplinario del Juzgado.

c) Se cite a declarar al Director de la Unidad Penal N°9 Granja Penal “Colonia El Potrero” de Gualeguaychú, como también al Agente penitenciario que diera noticia a las autoridades policiales y a la Fiscalía, de haber visto en la ciudad de Gualeguay a Sebastián José Wagner, en días previos a la desaparición de Micaela García, requiriéndose los datos de identidad de esa persona a la Fiscalía actuante.

d) Se cite a declarar al Inspector General penitenciario Héctor Orlando López, DNI 14.693.828, domiciliado en calle 25 de Mayo 557, 2do. Piso A de Paraná.

e) Se disponga la remisión de todos los pedidos de libertad condicional resueltos por el Juez denunciado en los últimos dos años, con el legajo correspondiente, oficiándose al Juzgado a su cargo.

f) Se cite a declarar a todos los firmantes de los informes técnicos profesionales del Legajo identificado en el punto b), a efectos de declarar con mayor amplitud sobre su opinión en el caso de Sebastián Wagner.