Diez años de prisión para Alfonzo

02/03/2017

Juan Cruz Varela El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó al publicista Gustavo Darío Alfonzo a diez años de prisión por trata de personas en el caso de una adolescente de 16 años a quien obligaba a que se prostituyera en fiestas privadas y boliches bailables de Concordia. Juan Cruz Varela El Tribunal Oral Federal


Juan Cruz Varela

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó al publicista Gustavo Darío Alfonzo a diez años de prisión por trata de personas en el caso de una adolescente de 16 años a quien obligaba a que se prostituyera en fiestas privadas y boliches bailables de Concordia.

Alfonzo, de 52 años, autopostulado “periodista” y locutor, fue condenado por delito de trata de personas, en la modalidad de captación, recepción y traslado de una menor de edad, con fines de explotación sexual, agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima y por haberse consumado la explotación.

Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, además, rechazaron la nulidad planteada por el defensor oficial respecto de la pericia sobre los teléfonos celulares de Alfonzo donde constan los mensajes de texto que el condenado proxeneta cruzaba con sus “clientes” para concertar las citas.

Sin embargo, por el momento, Alfonzo continuará bajo arresto domiciliario ya que padece problemas de salud (diabetes). En ese aspecto, el tribunal resolvió que se le realicen estudios médicos para determinar si está en condiciones de cumplir su condena en una unidad penal o si, en cambio, debe hacerlo en un hospital o en su casa.

La historia se conoció el 30 de octubre de 2014, luego de que la joven de 16 años fuera rescatada del departamento que alquilaba Alfonzo. Ese día su madre se presentó en la Comisaría del Menor y la Mujer de Concordia para denunciar que la adolescente llevaba veinte días cautiva en un dúplex en calle Monseñor Rösch 3523, departamento “B”. Alfonzo la tenía retenida contra su voluntad, amenazada, bajo los efectos de sustancias, obligándola a tener relaciones sexuales con hombres por dinero en el departamento y en otros lugares y a ver cómo él mismo tenía relaciones con su novia.

Asimismo, el tribunal admitió la posibilidad de que la cadena de responsabilidades vaya más allá de Alfonzo y por eso dispuso que se remitiera copia de la sentencia al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, para que se amplíe la investigación respecto de otros posibles integrantes de la red de prostitución vip; y para determinar si hay otras víctimas de explotación sexual, como lo había solicitado el fiscal José Ignacio Candioti.

En realidad, el pedido del fiscal era para que se remitieran copias de todo lo actuado en el debate, “desde la Cámara Gesell en adelante”, explicó el propio Candioti, pero el veredicto sólo habla de la remisión de la sentencia.

Concretamente, se sospecha que la red de prostitución vip contaba con un esquema de protección integrado por funcionarios públicos, agentes estatales, integrantes de fuerzas policiales y de seguridad, narcotraficantes y empresarios; y que había más mujeres que eran explotadas. En el juicio surgieron los nombres de Fernando Rouger, ex delegado del Copnaf y actual funcionario municipal en Concordia; el cabo de policía Matías Miguel Pereyra, alias el Gordo; Julio Desgracia, alias Papucho; los hermanos Luiggi y Gustavo Miller; Daniel Badaracco; el bolichero Rubén Trinidad; el transformista Pablo Carayani; y el empresario Roberto Pietroboni. Y la lista podría ampliarse.

No obstante, Candioti celebró el veredicto del tribunal: “Estoy conforme desde el rol que tengo como fiscal, pero también como ciudadano porque se ha hecho justicia”.

En rueda de prensa, el fiscal señaló que “hay cosas muy importantes para destacar, no sólo la condena sino que se le atribuyen tres acciones distintas: la captación de la menor de edad mediante una falsa promesa de trabajo, que es una modalidad bastante recurrente en este delito; el traslado a las fiestas privadas; y el acogimiento en el departamento”.

En el mismo sentido, resaltó que el tribunal admitiera que hubo un aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de la víctima, como lo había expuesto en su alegato, y refirió que “Alfonzo casi la triplicaba en edad y ella tenía una situación familiar y socioeconómica compleja, situaciones que la hacían más vulnerable”, explicó.

Los fundamentos de la sentencia se conocerán el jueves 9 de marzo. Alfonzo adelantó que pretende recurrir la sentencia ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Fuente: El Diario y Página Judicial.