Rechazaron la prisión domiciliaria y Céparo seguirá detenido en la cárcel

10/11/2016

De la Redacción de Página Judicial El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó concederle el beneficio del arresto domiciliario que había solicitado el condenado ex policía provincial Atilio Ricardo Céparo y, por lo tanto, continuará alojado en la Unidad Penal Número 1. De la Redacción de Página Judicial El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó


De la Redacción de Página Judicial

El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó concederle el beneficio del arresto domiciliario que había solicitado el condenado ex policía provincial Atilio Ricardo Céparo y, por lo tanto, continuará alojado en la Unidad Penal Número 1.

El 18 de octubre, Céparo fue condenado a 11 años de prisión por el secuestro y aplicación de tormentos a una mujer durante la última dictadura cívico-militar. Sin embargo, los jueces dejaron pendiente la resolución del pedido de prisión domiciliaria efectuado por el defensor José Esteban Ostolaza.

El abogado defensor había presentado informes médicos que advertían que Céparo padecía una afección coronaria. Según dijo, los problemas se agudizaron a raíz del stress provocado por una requisa nocturna en su celda, que le provocó una angina de pecho y motivó que se le practicara una angioplastía para la colocación de un stent”. El defensor considera que las posibilidades de que Céparo pueda cumplir en prisión con el tratamiento indicado por sus médicos es “escasa, inadecuada o nula”.

Sin embargo, tras recorrer el pabellón y la celda que ocupa el ex policía provincial, los jueces Noemí Berros, Lilia Carnero y Roberto López Arango concluyeron que “el hábitat donde permanece Céparo no es inadecuado” para el tratamiento de sus afecciones, y por eso puede continuar alojado en la unidad penal, a pesar de que admiten que “sería mejor un alojamiento en una celda individual”.

Céparo se encuentra alojado en el Pabellón 5, destinado a los funcionarios públicos e integrantes de fuerzas armadas, policiales y de seguridad. Ocupa una celda con el piloto Ignacio Laporta y el ex funcionario Hugo Righelato, por lo que “no tiene ninguna vinculación con los sectores sociales marginales” (sic).

En su recorrida por el lugar de alojamiento de Céparo, los jueces constataron que “no presenta problemas edilicios ni de humedad”, que la celda tiene “tres camas, una mesa, un ventilador, televisor, heladera y equipo de música (…) y una abertura que da a un patio interno por donde ingresa luz y aire”.

De todas maneras, instaron al director de la cárcel “a adoptar las medidas necesarias para cumplir con lo dictaminado por los profesionales del Cuerpo Médico Forense” de la Corte Suprema, en cuanto a “evitar situaciones de stress, exposiciones al frío y humedad, para evitar complicaciones tras la colocación del stent, junto con una serie de recomendaciones relativas a dieta, controles y seguimientos que debían practicársele al interno Céparo a fin de proseguir el tratamiento de sus dolencias”.

Además, “presenta un riesgo de aproximadamente el 30 por ciento de re-oclusión temprana de su angioplastia, por lo tanto, durante los siguientes 90 días desde dicho procedimiento debe ser controlado de manera estricta”.

Los jueces están seguros de que puede recibir esos controles en la cárcel, dado que “la asistencia médica es constante (…) pues concurren todos los días tres médicos, un cardiólogo, una psiquiatra y un clínico, en distintos horarios”, según lo hicieron constar en la resolución a la que accedió Página Judicial.

No obstante, los jueces señalaron también que un informe psiquiátrico dice que el ex policía provincial “se encuentra depresivo, hiperbólico, angustiado. Tiene dificultades para sobreponerse a su situación de encierro, desesperanza, negatividad, aislamiento y retracción social, por lo que es un paciente de riesgo” y “el hecho de encontrarse detenido, complica su situación cardiológica y aumenta exponencialmente el riego a una patología psiquiátrica como trastorno depresivo mayor”, por lo que se recomendó que Céparo tenga un acompañamiento durante la 24 horas del día, “ya que por su edad es conveniente que su sostén advierta los síntomas, que suelen ser repentinos”.

En la decisión del tribunal resultó determinante que ni los profesionales de la unidad penal, ni el médico de la Cámara Federal de Apelaciones ni los peritos del Cuerpo Médico Forense sugirieron que Céparo no tuviera una adecuada atención en la cárcel.

De hecho, también el fiscal general José Ignacio Candioti y los querellantes se opusieron a que Céparo recibiera el beneficio del arresto domiciliario. Candioti advirtió incluso que si el ex policía no pudiera continuar con su tratamiento en la unidad penal, debería hacerlo en un hospital, ya que tampoco está claro que en su casa tuviera “mejores condiciones para el abordaje de su afección cardíaca”.