Céparo, el primer policía provincial condenado por su rol en el genocidio

19/10/2016

Juan Cruz Varela El cielo gris, un gris angustioso, casi deprimente, fue el preludio de un claro día de justicia en Paraná, por la condena a 11 años de prisión que el Tribunal Oral Federal le impuso al ex policía provincial Atilio Ricardo Céparo por el secuestro y la aplicación de tormentos a una enfermera

Céparo, el primer policía provincial condenado por su rol en el genocidio


Juan Cruz Varela

El cielo gris, un gris angustioso, casi deprimente, fue el preludio de un claro día de justicia en Paraná, por la condena a 11 años de prisión que el Tribunal Oral Federal le impuso al ex policía provincial Atilio Ricardo Céparo por el secuestro y la aplicación de tormentos a una enfermera en septiembre de 1976.

La mujer no vio a Céparo cruzado de brazos, con el rostro inexpresivo, escuchando el veredicto. Quién sabe qué habrá pensado cuando supo que su verdugo había sido condenado o qué complejo ejercicio de memoria habrá hecho esa mujer que cuatro décadas atrás, el 23 de septiembre de 1976, a sus 24 años, fue secuestrada de su lugar de trabajo, que permaneció desaparecida durante varios días y que fue torturada salvajemente con pasajes de picana eléctrica por todo su cuerpo, principalmente en los genitales, durante más de una hora sin parar, solo porque conocía a otras enfermeras que tenían una militancia política y un compromiso social. No estuvo ayer, no pudo estar, pero tal vez encuentre en esa condena la reparación que fue a buscar a los tribunales; tal vez la condena le ayude a mitigar un dolor indeleble, no físico, con el que pervive desde hace tanto tiempo.

Céparo fue condenado como “autor penalmente responsable” de la privación ilegítima de la libertad, cometida con abuso de sus funciones, sin las formalidades previstas por la ley y agravado por la utilización de violencia; y por la aplicación de tormentos contra una mujer, agravado por la condición de perseguido político de la víctima. El tribunal calificó esos hechos como “delitos de lesa humanidad cometidos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asolara a nuestro país en el marco del segundo genocidio nacional ocurrido entre los años 1975 y 1983”.

Por el momento, el ex policía continuará detenido en la cárcel de Paraná, ya que el tribunal difirió el tratamiento del pedido de prisión domiciliaria por razones de salud que efectuara su defensor, José Esteban Ostolaza. Para resolver ese punto, el tribunal cuenta con informes de médicos del Servicio Penitenciario y de la Cámara Federal de Apelaciones que sugieren que Céparo está en condiciones de continuar su vida en la cárcel; y también las conclusiones a las que arribaron los peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, que no dijeron que Céparo debería irse a su casa, aunque aclararon que no puede enfrentar situaciones de stress ni habitar en lugares fríos y sugirieron que debía estar cerca de un centro de atención médica. En otras palabras: puede continuar en prisión.

Como a los nazis…

A las 15.19, cuando la jueza Lilia Carnero terminó de leer el veredicto, alguien dentro de la sala gritó “¡30 mil compañeros detenidos desaparecidos!” y enseguida llegó el “presente” y un aplauso.

La pequeña sala de audiencias estuvo repleta. Mezclados entre el público, junto con los organismos de derechos humanos, familiares y víctimas de la represión ilegal, estuvieron el secretario de Justicia de la provincia, Martín Uranga, y el subsecretario de Derechos Humanos, Matías Germano.

La convivencia, tensa en casi todo momento, se tornó ríspida cuando la referente de un grupo de apoyo a los represores imputados por delitos de la dictadura que ha hecho su presentación pública en la provincia en este juicio lanzara improperios al aire, al grito de “justicia para los dos lados”. Nadie respondió a los agravios.

A un costado, en silencio, quedaron las hijas de Céparo.

En la calle, a una cuadra del palacio municipal, bajo una finísima y molesta garúa, la emoción se transformó en gritos, abrazos y el canto de que “como a los nazis / les va a pasar / adonde vayan los iremos a buscar”, que no cesó hasta la salida de Céparo, bajo un fuerte operativo de seguridad, esposado, con chaleco antibalas y casco.

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Asuntos pendientes

El que acaba de concluir es un juicio histórico.

Céparo, de 67 años, es actualmente suegro del vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Emilio Castrillón; en 1976 era oficial ayudante de la Policía de Entre Ríos, desempeñándose en la División Despacho de la Jefatura Departamental de Paraná; y se convirtió en el primer policía provincial condenado por su actuación durante la última dictadura cívico-militar.

Entonces, su condena también es importante por lo que significa para las investigaciones pendientes y porque permite empezar a reconstruir el rompecabezas de la represión ilegal y, particularmente, el rol que le cupo a la Policía de Entre Ríos.

En su fallo, los jueces Lilia Carnero, Noemí Berros y Roberto López Arango instaron a los querellantes a que formulen las denuncias para investigar a Céparo como integrante de una asociación ilícita y dispusieron que se extraigan copias del testimonio de la enfermera para que se investigue la participación de otras personas en su secuestro y las torturas a que fue sometida en la Jefatura Central de Policía, tal es el caso del ex jefe de la Policía de Entre Ríos, teniente coronel Juan Messina.

Del mismo modo podría haberse iniciado una causa respecto del entonces subjefe de la Dirección de Investigaciones, José Domingo Gianotti, a quien la víctima mencionó como una de las personas presentes mientras era torturada. Pero está fallecido.

También se remitirán al fiscal federal los testimonios de Oscar Tissera y Arturo Fernández, secuestrados por una patota policial el 26 de septiembre de 1976, es decir, tres días después que la enfermera, y torturados, como ella, en la jefatura. Los querellantes creen que Céparo integró aquel grupo de tareas, aunque las víctimas no lo individualizaron.

Además, el tribunal instó a que se analicen los testimonios de María Cristina Lucca y Marta Brasseur, que dijeron haber sido “visitadas” en la cárcel de mujeres, en enero de 1977, por los policías Céparo y Carlos Horacio Zapata –fallecido mientras era juzgado en la megacausa Área Paraná–, para obligarlas a firmar declaraciones autoincriminatorias que luego se utilizaron en su contra en el consejo de guerra en el que fueron condenadas, unas semanas después. Del mismo modo le ocurrió a Graciela López, según consta en archivos del Servicio Penitenciario.

Un fallo celebrado, dentro y fuera del tribunal

El veredicto fue celebrado en la calle.

“A mí me genera un montón de sensaciones cruzadas. Pero principalmente la emoción de que hay justicia, de que muchos años después pudimos vencer el miedo, contar lo que nos pasó y recibir esta condena como una reparación por todo aquello”, contó emocionado Arturo Fernández, una de las personas que fue secuestrada y torturada por un grupo de tareas de la Policía que, se presume, tenía a Céparo entre sus integrantes.

También el abogado Marcelo Boeykens, querellante en la causa y coordinador del Registro Único de la Verdad, valoró el fallo del tribunal: “Estamos contentos por esta nueva sentencia de condena, entre otras cosas, porque reconoce todos los padecimientos que la víctima había denunciado; y también porque se haya reconocido que estos no fueron delitos aislados, sino cometidos en el contexto de un genocidio. Esa definición que ha hecho el tribunal es otro aporte a la verdad histórica porque reconoce que el terrorismo de Estado no comenzó el 24 de marzo de 1976, y eso deja abierta la puerta para investigar delitos cometidos antes de la dictadura”, señaló.

Por su parte, el subsecretario de Derechos Humanos, Matías Germano, también se hizo eco de la condena que recibió el ex policía y no dudó en calificar el fallo como “histórico” porque “le da continuidad al proceso de investigación sobre los juicios por delitos de lesa humanidad en la provincia, sabiendo que esto es una realidad que ha sido construida por más de cuarenta años de lucha de los organismos de derechos humanos”.

También dentro de los tribunales destacaron el fallo.

El fiscal general José Ignacio Candioti valoró “que el tribunal haya acreditado no sólo la responsabilidad del imputado en la comisión de los dos delitos”, tanto el secuestro como la aplicación de tormentos. En ese sentido, remarcó que “el testimonio de la víctima fue muy claro y contundente, de manera que este fallo nos deja satisfechos y esperamos que con esta sentencia condenatoria, donde se demuestra que la versión de la víctima no era una mentira ni una fábula sino la verdad de los gravísimos padecimientos que sufrió, ella pueda tener una reparación después de tantos años”.

Fuente: El Diario y Página Judicial.