Appiani invocó la ley del dos por uno y pidió la libertad condicional
10/06/2016
Juan Cruz Varela El represor Jorge Humberto Appiani no deja de sorprender, aunque esta vez lo hizo con un planteo innovador: pidió la libertad condicional invocando la aplicación de la polémica ley del dos por uno, que establecía un doble cómputo para quienes estuvieran más de dos años en prisión sin sentencia; pero el juez
Juan Cruz Varela
El represor Jorge Humberto Appiani no deja de sorprender, aunque esta vez lo hizo con un planteo innovador: pidió la libertad condicional invocando la aplicación de la polémica ley del dos por uno, que establecía un doble cómputo para quienes estuvieran más de dos años en prisión sin sentencia; pero el juez federal Leandro Ríos rechazó el planteo.
El ex militar y abogado se encuentra alojado en la cárcel de Paraná cumpliendo una condena de 18 años de prisión por crímenes de lesa humanidad. La sentencia no está firme y ahora se sabe que los jueces Noemí Berros, Lilia Carnero y Roberto López fueron designados para resolver las apelaciones.
Hace unos días, Appiani presentó un escrito a través del cual pidió que se le conceda la libertad condicional por considerar que había cumplido los dos tercios de su condena, tomando en consideración el doble cómputo de los días que lleva privado de la libertad sin sentencia firme. Es que se encuentra detenido desde el 4 de junio de 2009 y, según sus cuentas, deberían computársele –al día de hoy– 14 años y 12 días, por lo que ya estaría en condiciones de acceder al beneficio.
El planteo fue objetado por los fiscales Mario Silva y José Ignacio Candioti y el martes el juez Ríos rechazó la concesión del beneficio para el condenado ex militar y abogado rosarino de 63 años.
Quince años después
La Ley Número 24.390, conocida como “ley del dos por uno”, había sido sancionada en noviembre de 1994, en medio de una ola de revueltas carcelarias, como un intento de reparación para la inmensa cantidad de detenidos en prisión preventiva y con causas demoradas. Se pretendía, entonces, acelerar los procesos judiciales. Pero la norma no cumplió ninguno de sus objetivos y terminó derogada en enero de 2001.
Sin embargo, Appiani pidió que se aplique el principio de la ley penal más benigna, es decir, aquella que genera más beneficios para el imputado. Los fiscales rechazaron ese planteo porque la ley del dos por uno es una modificación de la norma que se instrumentó en un momento determinado del país y para descomprimir la superpoblación carcelaria. Los tiempos que corren difieren completamente de aquel contexto.
Por lo demás, la ley del dos por uno no solo ya no está vigente sino que tampoco lo estaba durante la última dictadura cívico-militar, cuando ocurrieron los hechos por los cuales Appiani terminó condenado. Y el juez Ríos agregó que ni siquiera estaba vigente cuando el represor fue detenido.
Plazo razonable
La ley que derogó el dos por uno mantiene en vigencia las garantías establecidas en el Pacto de San José de Costa Rica, según el cual, la detención sin sentencia no debe exceder “plazos razonables” y establece que un procesado no puede estar más de dos años –extensible a tres– con prisión preventiva sin sentencia.
La megacausa Área Paraná tuvo sentencia después de doce años desde su desarchivo, tras la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final y de la nulidad de los decretos de indulto a los represores de la dictadura. Appiani pasó seis años y medio detenido sin sentencia. En el medio hubo una sucesión de chicanas dilatorias que impusieron las defensas –principalmente Appiani, en ejercicio de su autodefensa– y una maniobra que los fiscales calificaron como una “fiesta de recusaciones”, con la cual los represores impugnaron a nueve magistrados. Esos artilugios llevaron a que se excedieran los “plazos razonables”.
La histórica sentencia se conoció el 23 de diciembre del año pasado: el juez Leandro Ríos condenó a siete represores por delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de severidades, vejaciones y apremios ilegales y aplicación de tormentos contra 52 víctimas, de la cuales cinco permanecen desaparecidas.
Appiani fue condenado a 18 años de prisión como partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de severidades, vejaciones y apremios ilegales en perjuicio de 7 víctimas; privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos de 20 víctimas, entre ellas, Claudio Marcelo Fink, que permanece desaparecido; y como partícipe secundario de la privación ilegítima de la libertad e imposición de severidades, vejaciones y apremios ilegales de Victorio Erbetta, también desaparecido. La pena impuesta vencerá el 4 de junio de 2027.
Fuente: El Diario.