Investigan si policías provinciales cobraban coimas a un proxeneta
06/11/2015
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La industria del sexo comercial está extendida en cada ciudad del país, en algunos casos con más desparpajo, otras veces con disimulo o, en el caso de Entre Ríos, en la clandestinidad de bares o departamentos privados desde la sanción de una ley que prohíbe la
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
La industria del sexo comercial está extendida en cada ciudad del país, en algunos casos con más desparpajo, otras veces con disimulo o, en el caso de Entre Ríos, en la clandestinidad de bares o departamentos privados desde la sanción de una ley que prohíbe la radicación y funcionamiento de prostíbulos.
Parece un oxímoron: la ley argentina prohíbe los prostíbulos y la explotación de la prostitución ajena desde hace casi ochenta años, pero hubo que sacar una ley provincial.
Un denominador común es la condescendencia, complicidad o ilícita relación que surge cada vez con más frecuencia entre policías y propietarios de esos lugares, sea por el consumo de servicios sexuales o por vinculaciones con el regente. Así lo revelaba, en 2012, un estudio sobre la dinámica del delito, realizado por la entonces Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (Ufase) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip). “En algunas de las causas, los explotadores dan cuenta de un arreglo con la comisaría, del pago de una suma semanal, que esgrimían como argumento para aseverar que no explotaban a las mujeres que allí ‘trabajaban’”, dice el informe.
Esta circunstancia, sin embargo, no había aparecido en las causas tramitadas en Entre Ríos. Al menos hasta ahora. Porque un hombre procesado por regentear un prostíbulo y explotar a una mujer en Concepción del Uruguay denunció una persecución por parte de policías provinciales: dijo haber sufrido inspecciones como forma de intimidación y que estaba obligado a pagar a jefes policiales para que le permitan continuar con su actividad que, según dice, es la administración de un bar.
El bar que no era
El protagonista de esta historia se llama Rubén Ángel Cabra, administrador de un prostíbulo denominado Snack Bar, procesado por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual mediante el abuso de una situación de vulnerabilidad. La víctima es una mujer misionera, de escasa instrucción, que había llegado a la ciudad en busca de un trabajo que le permitiera mantener a su hijo y un sobrino que tenía a su cargo y, en lugar de eso, oficiaba de “copera” y era obligada a prostituirse en el local nocturno.
Cabra fue detenido el 19 de diciembre de 2013. Durante varios meses los investigadores habían realizado tareas de inteligencia sobre el local, que incluyeron fotografías, filmaciones e intervenciones telefónicas, hasta demostrar que detrás de la fachada de un bar funcionaba en realidad un prostíbulo al que los clientes accedían por accesos laterales y traseros, y que la mujer misionera era una víctima de explotación.
Al principio Cabra dijo que las pulseras de metal, las cajas de preservativos y los cuadernos con anotaciones de “pases” que se encontraron en el local eran “vestigios de la actividad anterior”, es decir, reconoció que regenteó un prostíbulo hasta que fue clausurado y debió reconvertir su actividad a raíz de la ley provincial que dispuso el cierre de este tipo de locales; aseguró que no regenteaba a nadie sino que la mujer trabajaba en el boliche por su propia decisión y que él, en realidad, le había dado la oportunidad de un empleo digno.
Pero luego fue más allá y dio detalles de las amenazas y extorsiones por parte de policías provinciales: dijo que a partir de 2008 comenzó una persecución, que se agudizó entre los meses de junio y diciembre de 2012, cuando decidió cambiar del rubro whiskería (sic) al de bar o confitería.
Cabra aseguró que durante ese período tuvo varias inspecciones de la Policía y que cada vez que llevaba a identificar a una mujer que trabajaba en el local, un alto jefe policial le exigía bajo amenazas el pago de 1.000 pesos, que se duplicaba si la mujer permanecía en el local por un período mayor a 30 días.
El 6 de febrero de 2013, la División Trata de Personas de la Policía clausuró seis prostíbulos en Concepción del Uruguay, en cumplimiento de la ley provincial que prohíbe el funcionamiento de este tipo de locales en todo el territorio entrerriano. Uno de ellos era Snack Bar, el que regenteaba Cabra.
Dijo también que a principios de febrero de 2013, cuando reabrió, bajo el mismo rubro, recibió otra inspección en la que policías le manifestaron que si quería continuar con la actividad debía pagar 5.000 pesos por mes a otro jefe para evitar allanamientos por el delito de trata, y unos días después lo amenazaron con clausurar el local si no hacía el pago. La situación, según dijo, se repitió en los meses siguientes e incluso señaló que el mismo 19 de diciembre otro jefe policial le sugirió que si quería que el procedimiento tuviera “resultado negativo” se olvidara de los 20.000 pesos que había en su habitación. En su denuncia les apuntó a altos jefes de Investigaciones, Trata de Personas y Toxicología de la Jefatura Departamental de Concepción del Uruguay.
Delito vinculado
Cabra se encuentra en libertad, con el procesamiento firme y la causa está a punto de ser elevada a juicio, luego de que la Cámara Federal de Apelaciones rechazara su sobreseimiento, como antes lo había hecho el juez de primera instancia.
Mientras tanto, corre más atrás la denuncia que involucra a los policías provinciales. En su denuncia están mencionados altos jefes de Investigaciones, Trata de Personas y Toxicología de Concepción del Uruguay.
En un primer momento, la fiscal federal Milagros Squivo consideró que los hechos denunciados por Cabra se enmarcarían en el delito de concusión, es decir, cuando un funcionario público en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución. Por tratarse de un delito de naturaleza común y, en este caso, presuntamente habría sido cometido por policías provinciales, el juez Pablo Seró declinó la competencia y envió la causa a la justicia provincial.
Pero el Juzgado de Garantías y Transición dio una respuesta que parece razonable: advirtió que las coimas que Cabra dice que le pedían los policías, en todo caso, podrían constituir una posible actividad ilícita conexa o derivada de la trata de personas y, en ese caso, deberían ser investigadas por el juez Seró. Y del mismo modo lo entendió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en base a un dictamen del procurador fiscal Eduardo Casal, “independientemente de la calificación legal que en definitiva quepa darle a los hechos objeto de este conflicto”, según dijo.
Casal en su dictamen no dejó de mencionar, de todas maneras, que los dichos de Cabra “podrían aparecer, de alguna manera, como una versión exculpatoria respecto de la imputación” que enfrenta por el delito de trata de personas.